Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 8/3/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Marzo, 08 de 2023.-

Boletín Oficial Nº 28

Que, en este sentido su Artículo 2 preceptúa: "Exclúyase del presente ordenamiento a los agentes: a estuvieren encuadrados en otros regímenes laborales particulares, o regímenes especiales o diferenciales de jubilación; b se encuentre sometido a proceso penal, o sumario administrativo; c no cumplan los requisitos para obtener el beneficio ordinario previsto por la Ley Nacional N 24.241 por faltarles, a la fecha de efectuar la petición, más de dos años de servicios o edad para acceder al beneficio".
Que, de las constancias de autos surge que certifica servicios pertenecientes al régimen docente, excluidos de la Ley 5502, no pudiendo ser computados para el acceso a la máxima categoría.
Que, obra dictamen emitido por la Dirección Provincial de Personal del cual surge que no se encuentran cumplimentados los extremos legales requeridos para promover a la Sra. Concepción Elvira Aguirre - C.U.I.L. N 27-16446003-2 a la categoría 24 del Escalafón General, Agrupamiento Administrativo, según Ley N 3161/74.Que, Asesoría Legal de Fiscalía de Estado emite dictamen de competencia compartido por el Coordinador del Departamento de Asu ntos Legales de dicho organismo, del cual surge que corresponde rechazar la solicitud de adhesión a la Ley N 5502, efectuada por la agente.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Recházase la solicitud de otorgamiento del beneficio previsto por la Ley N 5502, efectuada por la Sra. Concepción Elvira Aguirre, CUIL N 2716446003-2, por los motivos expuestos en el exordio.
ARTÍCULO 2.- Por Jefatura de Despacho del Ministerio de Educación, procédase a notificar de los términos del presente Acto Administrativo.
ARTÍCULO 3.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado. Publíquese íntegramente en el Boletín Oficial. Pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Personal. Cumplido, vuelva al Ministerio de Educación para demás efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO N 7417-S/2022.EXPTE. N 200-368/2021.N 700-291/2021, N 716-232/2021, N 716-19/2021.SAN SALVADOR DE JUJUY, 19 DIC. 2022.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Recházase el Recurso Jerárquico interpuesto por la Sra. Bustillo, Nilda Norma D.N.I. N 13.284.717, en contra de la Resolución N 2535S-2021, emitida por el Ministro de Salud, en fecha 13 de octubre de 2021, de conformidad a lo expresado en el exordio. ARTÍCULO 2.- Regístrese. Notifíquese. Tome razón por Fiscalía de Estado, y publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial. Pase a Secretaria de la Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido, vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO N 7480-S/2022.EXPTE. N 741-161/2022.SAN SALVADOR DE JUJUY, 22 DIC. 2022.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Recházase el pedido por el reintegro del pago plus por Jefatura del 40% efectuado por el Dr. Teddy Walter Barrozo Pérez, CUIL N 2018723381-0, personal planta permanente, cargo categoría E, Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N 4418, de la U. de O: R 6-01-24 del Hospital Gobernador Ingeniero Carlos Snopek, de conformidad a lo expresado en el exordio.ARTÍCULO 2.- Por Jefatura de Despacho del Ministerio de Salud notifíquese al Dr. Teddy Walter Barrozo Pérez, de los términos del presente acto administrativo.ARTÍCULO 3.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial. Pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión, Cumplido, vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO N 7520-S/2022.EXPTE. N 200-43/2022.N 700-334/2021, N 715-743/2021, N 715-2100/2020.SAN SALVADOR DE JUJUY, 27 DIC. 2022.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Recházase por improcedente el Recurso Jerárquico interpuesto por la Dra. Agustina Infante, en carácter de apoderada legal de la Sra.
MaríaLuisa Alarcón, D.N.I. N 16.971.207, en contra de la Resolución N 2826-S-2021, emitida por el Sr. Ministro de Salud, en fecha 04 de noviembre de 2021, de conformidad a lo expresado en el exordio.
ARTÍCULO 2.- Lo dispuesto en el artículo primero es al sólo efecto de dar cumplimiento al artículo 33 de la Constitución Provincial sin que implique la reapertura de instancias fenecidas o caducas ni la reanudación de plazos procesales vencidos.
ARTÍCULO 3.- Regístrese. Notifíquese. Tome razón por Fiscalía de Estado, y publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial. Pase a Secretaria de la Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido, vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos. C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO N 7532-S/2022.EXPTE. N 715-181/2020.-

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 8/3/2023

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaysArgentine

Date08/03/2023

Page count29

Edition count1241

Première édition10/01/2018

Dernière édition26/07/2024

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