Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 2/12/2019

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Diciembre, 02 de 2019.-

Boletín Oficial Nº 137

demandada a constituir domicilio legal dentro de los tres kilómetros de este Juzgado. A tal fin publíquense edictos por tres veces en cinco días, en un diario local y en el Boletín Oficial.- Notifíquese y líbrese Edictos Art. 154 CPC. Fdo. Dr. Sebastian Cabana, Juez ante mi Dra. Maria Cecilia Hansen, Prosecretaria.- Publíquese edictos por tres veces en cinco días, en un diario local y en el Boletín Oficial.- San salvador de Jujuy, 20 de noviembre de 2018, secretaria Nº 8, a cargo de la Dra. María Cecilia Hansen.27/29 NOV. 02 DIC. LIQ. 19649 $615,00.El Dr. R. Sebastian Cabana, Juez en lo Civil y Comercial Nº 4 Secretaría Nº 8 en el Expte. Nº C048178/15, caratulado: Apremio: Estado Provincial-Tribunal de Cuentas de La Provincia de Jujuy c/
Montanari, Claudio Danilo" procede a notificar el siguiente proveído: San Salvador de Jujuy, 20 de noviembre de 2018.- Atento las constancias de autos y lo manifestado precedentemente por la actora, notifíquese por Edictos al demandado: Sr. Montanari, Claudio Danilo, D.N.I. Nº 16.481.261 que en este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nro. 4, Secretaria Nro. 8 de esta ciudad de San Salvador de Jujuy se tramita la presente causa, en consecuencia de conformidad a lo previsto por la Ley 2501/59 y por los Arts. 472, 478 y 480 del CPC, intimase al accionado a depositar la suma de pesos un mil novecientos noventa $ 1.990.- que se reclaman por capital, con más la suma de pesos quinientos noventa y siete $597.- para acrecidas legales.- Asimismo cíteselo de remate para que oponga excepciones legítimas si las tuviere dentro de los tres días posteriores a la última publicación de edictos, en este Juzgado y Secretaria, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución y nombrarle un Defensor Oficial de Pobres y Ausentes Art. 109 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- Córrase traslado del pedido de intereses por igual plazo que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.- Hágase saber a la parte demandada que las copias para traslado se encuentran a su disposición en Secretaria de este Juzgado, siendo los días de notificación los martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado. Por el mismo término intimase a la demandada a constituir domicilio legal dentro de los tres kilómetros de este Juzgado. A tal fin publíquense edictos por tres veces en cinco días, en un diario local y en el Boletín Oficial.- Notifíquese y líbrese Edictos Art. 154 CPC. Dr. Sebastian Cabana, Juez ante mi Dra. María Fabiana Otaola, Secretaria.- Publíquese edictos por tres veces en cinco días, en un diario local y en el Boletín Oficial.San Salvador de Jujuy, 20 de noviembre de 2018, Secretaria Nº 8, a cargo de la Dra. María Fabiana Otaola.27/29 NOV. 02 DIC. LIQ. 19649 $615,00.Dra. Elba Rita Cabezas, Juez de la Sala Primera de la Cámara Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy, Presidente de trámite en el Expte. Nº C-101407/2017 Caratulado: Acción Emergente de la Ley del consumidor: Flores María Elena c/ Quiroga Burgos Rodrigo Rafael ordena se notifique la siguiente providencia: San Salvador de Jujuy, 06 de noviembre de 2018.- 1.- Atento constancias de autos e informe actuarial que antecede, hágase efectivo el apercibimiento dispuesto a fs. 29, 2 párrafo y téngase por ciertos los hechos afirmados por la actora y no habiendo constituido domicilio legal demandado Rodrigo Rafael Quiroga Burgos, notifíquese la presente por Edictos y las posteriores providencias por Ministerio de ley.- II.- Atento el informe actuarial que antecede, dese participación al Sr. Defensor Oficial a los fines del Art. 196 del C.P.Civil.- III.- Al efecto notifíquese al demandado Rodrigo Rafael Quiroga Burgos mediante la publicación de edictos en el Boletín Oficial y en un diario local por tres veces en cinco días, haciéndose saber que se lo tendrá por notificado a partir del quinto día posterior a la ultima publicación de los mismos Art. 162 del C.P.C..- IV.- Actuando el principio contenido en el primer párrafo del Art. 72del C.P.C.; impóngase a la peticionante la carga de confeccionar los mismos y presentarlos para su posterior control y firma del Tribunal.- Notifíquese por cedula.- Fdo. Dra. Elba Rita Cabezas Juez.- Ante mí: Dra. Ayme Lucia Apaza Secretaria.- San Salvador de Jujuy, 19 de noviembre de 2019.27/29 NOV. 02 DIC. LIQ. 18054 $615,00.Dra. Elba Rita Cabezas, Juez de la Cámara en lo Civil y ComercialSala IVocalía 1, de la provincia de Jujuy en el Expte. Nº C-094475/2017, caratulado: Daños y Perjuicios: Navarro, Florencia C/
Rodríguez, José Cristian y Rodríguez, Cristian Ezequiel.- Notifica al co-demandado Cristian Ezequiel Rodríguez, la providencia de fs. 33 mediante la publicación de Edictos en el Boletín Oficial y en un diario local por Tres Veces en cinco días, haciéndose saber que se lo tendrá por notificado a partir del quinto día posterior a la última publicación de los mismos Art. 162 del C.P.C..Notifíquese por cédula.
Fdo: Dra. Elba Rita Cabezas - JuezAnte Mí: Dra. Martina Cardarelli-Secretaria.- Providencia de Fs.
33: San Salvador de Jujuy, 22 de junio de 2018.- I.- Al escrito de fs. 46: Atento lo solicitado e informe actuarial que antecede, hágase efectivo el apercibimiento dispuesto a fs.33, 1º párrafo de autos. En consecuencia, dese al accionado Cristian Ezequiel Rodríguez, por decaído el derecho a contestar la demanda incoada en su contra. No habiendo constituido domicilio legal, notifíquese la presente providencia por cédula y las posteriores por Ministerio de ley. II.- Oportunamente y si correspondiere, se designará al Sr. Defensor Oficial de Pobres y Ausentes. Notifíquese por cédula.- Fdo.: Dra. Elba Rita CabezasJuezAnte Mi: Dra. Martina Cardarelli-Secretaria.-

1562

13.077.477 por medio de Edictos, conforme lo dispuesto por el Art. 474 del C.P.C., la providencia de fs.
9 de fecha 11 de febrero de 2011 y el presente. III.- Para el caso que el demandado no se presente a hacer valer sus derechos, se le designará oportunamente un Defensor Oficial de Pobre y Ausentes que por turno corresponda Art. 474 in fine del C.P.C..- IV.- A tal fin publíquense edictos en el Boletín Oficial y un Diario Local por tres veces en el término de cinco días. V.- Actuando el principio contenido en el primer párrafo del Art.72 del C.P.C., imponese al solicitante la carga de confeccionar el mismo para su posterior control y firma. VI.- Notifíquese Art.154 del C.P.C.- Fdo. Dr. Juan Pablo Calderon - Juez. Ante Mi Dra Amelia Del V. Farfán - Prosecretaria.- Publíquese edictos en el Boletín Oficial y en un diario local de amplia circulación, por tres 3 veces en Cinco 5 Días.- San Salvador de Jujuy, 28 de Noviembre del 2018.29 NOV. 02/04 DIC. LIQ. Nº 19539 $615,00.Dr. Juan Pablo Calderón - Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1, Secretaria Nº 2, de la Provincia de Jujuy, en el Ref. EXPTE. Nº C-038624/15, caratulado: Ejecutivo: Carsa S.A C/ Chávez Walter Omar, hace saber que en éste Juzgado de tramita la presente causa. En consecuencia y de conformidad lo previsto por los arts. 472,478 y 480 del C.P.C., intimase al accionado Sr. Chávez Walter Omar, D.N.I. 21.324.602 a depositar la suma de pesos: siete mil setecientos veintiuno con 69/100 ctvos. $ 7.721,69.- con más la suma de pesos: dos mil trescientos dieciséis con 51/100 ctvs.$
2.316,51.- presupuestada para acrecidas y costas del presente juicio. Asimismo, cítaselo de remate para que oponga excepciones legitimas si las tuviere dentro del término de cinco días posteriores a la última publicación de edictos, en este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1, Secretaria Nº 2, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución. Asimismo, córrase traslado del pedido de intereses, con las copias respectivas, por igual plazo que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar, Por el mismo término intimase a constituir domicilio legal dentro del radio de tres kilómetros del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 52 del Item. Notifíquese Art. 154 del C.P.C.- Publíquese edictos en el Boletín Oficial y en un diario local de amplia circulación, por tres 3 veces en cinco 5 días.- San Salvador de Jujuy, 09 de Noviembre del 2018.29 NOV. 02/04 DIC. LIQ. Nº 19540 $615,00.Dra. Marisa Rondon - Juez Habilitado Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 2Secretaria Nº 3, en el EXPTE. N C-050994/15 caratulado: Ejecutivo: Carsa S.A. C/ Juárez Claudio Matías hace saber al Sr. Juárez Claudio Matías, que se ha dictado el siguiente Proveído Fs. 21: San Salvador de Jujuy, 30 de Septiembre del 2015.- Téngase por presentada la Dra. Analía E Almazán.Atento a la demanda ejecutiva y lo dispuesto por los Arts. 472 inc. 4º, 478 y correlativos del C.P.C., líbrese en contra del demandado Sr. Juárez Claudio Matías, mandamiento de pago, ejecución y embargo en el domicilio denunciado por la suma de pesos tres mil novecientos noventa y cuatro con ventitrés $3.994,23 en concepto de capital reclamado, con más la de pesos un mil novecientos noventa y siete con once centavos $1.997,11 calculada para responder a intereses legales y costas del presente juicio.
En defecto de pago trábese embargo sobre los bienes de su propiedad, hasta cubrir ambas cantidades, designándose depositario judicial al propio afectado y/o persona de responsabilidad y arraigo, con las prevenciones y formalidades ley, requiriéndosele la manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen, y en caso afirmativo exprese monto, nombre y domicilio del o los acreedores.
Asimismo, cíteselo de remate para que oponga excepciones legitimas, si las tuviere, en el termino de cinco 5 días, en el Juzgado Civil y Comercial 2, Secretaría 3, sito en calle Independencia esquina Lamadrid, bajo apercibimiento de llevar adelante la presente ejecución.- Asimismo intímese al demandado para que en el termino que el antes fijado, constituya domicilio legal dentro del radio de tres kilómetros del asiento del Juzgado, bajo apercibimiento de considerar notificadas por Ministerio de la Ley todas las posteriores resoluciones que se dicten arts. 52 y 154 del C.P.C..- Al efecto comisiónese al oficial de justicia, con facultad de allanar domicilio y hacer uso de la fuerza publica si fuere necesario.- Notifíquese Art. 154 del C.P.C..- Dra. Silvia Yecora Dr. Marcelo Ibarra Secretario Habilitado.- Publíquese edictos en el Boletín Oficial y en un Diario Local de amplia Circulación por tres 3 veces en cinco 5 días.- San Salvador de Jujuy, 22 de Noviembre del 2018.29 NOV. 02/04 DIC. LIQ. Nº 19538 $615,00.De acuerdo a la Resolución N 196/2019 SDS.- Ref. Expte. N 1102-232-R/2019.- El Sr. RUIZ
CARLOS ANTONIO.- Por la presente informa a todos los interesados y a la sociedad en general, esta iniciativa productiva en base a un plan de manejo forestal sustentable, que se gestiona ante la secretaria de desarrollo sustentable, ministerio de ambiente, sita en República de Siria N 149 de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, y cuyos antecedentes obran en dicha repartición.- El mismo plantea esquemas de producción ganadera bajo monte y aprovechamiento forestal, según está estipulada en las normativas vigentes.- Dicho proyecto corresponde a Fca. Vachichas, ubicada en el Dpto. Santa Bárbara, distrito Las Vertientes, Provincia de Jujuy, cuya identificación catastral es Padrón F 29 Lote 13. Su Titular es el Sr.
Carlos Ruiz, domiciliado en dicho predio.- Publíquese en el Boletín Oficial por tres veces en cinco días.-

29 NOV. 02/04 DIC. LIQ. Nº 19631-19676 $615,00.-

29 NOV. 02/04 DIC. LIQ. Nº 19617 $615,00.-

Dr. Juan Pablo Calderón - Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1
Secretaria Nº 1, en los autos caratulados REF. EXPTE. Nº C-045167/15, caratulado: Ejecutivo: Carsa S.A. c/ Domínguez Luis María, se hace saber al Sr. Domínguez Luis María D.N.I. 13.077.477 que se ha dictado el siguiente proveído: San Salvador de Jujuy, 29 de Junio de 2015.- Por presentado el/la Dr.
Analía Almazán en nombre y representación de la firma CARSA S.A. a merito de la copia juramentada de Poder para Juicios presentado en autos fs. 02/08 por parte y por constituido domicilio a los efectos procesales.- De conformidad a lo previsto por los Arts.472, 478 y 480 del C.P.C., líbrese mandamiento de pago, ejecución y embargo en contra del demandado Sr. Domínguez Luis María D.N.I. Nº 13077477
en el domicilio denunciado por la suma de pesos catorce mil trescientos setenta y siete con 68/100
$14.377,68 en concepto de capital y con más la suma de pesos cuatro mil trescientos trece con 30/100
$4.313,30 presupuestada para acrecidas y costas del presente juicio. En defecto de pago trábese embargo sobre bienes de su propiedad hasta cubrir ambas cantidades debiéndose designar depositario judicial de los mismos a la parte afectada y en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de Ley requiriéndosele la manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso exprese monto, nombre y domicilio del o los acreedores. En el mismo acto cíteselo de remate para que oponga excepciones legitimas si las tuviere dentro del término de cinco días en este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1
Secretaria Nº 1, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución.- Asimismo, córrase traslado del pedido de intereses con las copias respectivas por igual plazo que el antes expresado bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.- Por el mismo término intimase a constituir domicilio legal dentro del radio de tres kilómetros del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 52 del Item.- Para el cumplimiento de lo ordenado líbrese mandamiento al Sr. Juez de Paz con jurisdicción en la ciudad de Palpalá, con las facultades de allanar domicilio y hacer uso de la fuerza pública en caso de ser necesario.- Notificaciones en Secretaria martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado.- Notifíquese Art. 154 del C.P.C.- Fdo. Dr. Juan Pablo Calderon
Juez. Ante Mi Dra Amelia Del V. FarfánFirma HabilitadaS. S. de Jujuy, 10 de setiembre de 2018.
I.- El informe actuarial que antecede, téngase presente.- II.- Proveyendo a la presentación de fs.75, atento a lo informado precedentemente, notifíquese al demandado Domínguez, Luis María, DNI. Nº
De Acuerdo a la Resolución Nº 461-SCA/2019- Expte. Nº 1101-397-A-2019.- A través de LA
AGENCIA DE DESARROLLO SOSTENIBLE DE LOS DIQUES, como ejecutor de políticas e intervenciones que ayuden a mejorar las condiciones de vida de toda la población y territorio de las zonas comprendidas en los Diques de la Provincia, pone en marcha un ordenamiento urbano y territorial de los recursos naturales y construidos, en ese marco de medidas de Gestión conduce la articulación de diferentes proyectos a fin de Promover un Desarrollo Económico, Social y Ambiental Sostenible cuyo objetivo es estructurar y modelar una nueva ocupación estratégica del territorio, proponiendo nuevas líneas de acción en materia de Eco-urbanización por Etapas en los sectores del Dique La Ciénaga expandiéndose posteriormente para el Dique Las Maderas por todo ello la Agencia ha comenzado como Primera Etapa la realización de una nueva ocupación de suelo de la zona conocida como ECOPARQUE LA CIÉNAGA, sobre la franja costera del Sur del Dique La Ciénaga, rectificando y aprovechando las obras ya realizadas en ladera y cima de la formación montañosa límite entre dicho dique y las Maderas.- Quienes deseen, podrán realizar sus presentaciones y observaciones por escrito conjuntamente con las pruebas que estimen pertinentes en el plazo de 10 días contados a partir de la última publicación del proyecto, asimismo se informa que la Evaluación de Impacto Ambiental se encuentra a disposición del público en general, para su consulta en las oficinas centrales de esta repartición en calle Republica de Siria 147 3 piso.- Publíquese en el Boletín Oficial por tres veces en cinco días.- Fdo. Lic. Víctor Hugo González - Presidente.29 NOV. 02/04 DIC. S/C.Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 7 Secretaria Nº 14, en el Expte. Nº B209479/09, caratulado: Prepara Vía Ejecutiva: CREDIMAS S.A. c/ GALLARDO NELSON JAVIER, se hace saber al demandada Sr. Gallardo Nelson Javier, la siguiente Providencia: San Salvador de Jujuy, 02 de Julio de 2018:- Proveyendo la presentación de fs.78: líbrese nuevo Edicto como se pide, según lo dispuesto a fs. 70.- San Salvador de Jujuy, 02 de Junio de 2009.- Proveyendo la presentación de fs. 11/12: Por presentado el Dr. A. Juan Pablo Roman Carniellis, en nombre y representación de
Gobierno de JUJUY
Unión, Paz y Trabajo

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 2/12/2019

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaysArgentine

Date02/12/2019

Page count16

Edition count1231

Première édition10/01/2018

Dernière édition05/07/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones