Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 26/2/2024

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, lunes 26 de febrero de 2024

BOLETIN OFICIAL / Sección Administrativa
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Que a fs. 186 se ordenó la apertura a prueba, ofreciendo el Sr. Defensor Oficial ampliación de indagatoria y testimonial a fs. 187/vta., haciéndose lugar, cursándose las notificaciones a fs. 188/205; glosándose actas dejando constancia de la ausencia de la sumariada y las testigos citados a fs. 206/207;
Que del plexo probatorio glosado al presente procedimiento sumarial, emerge sin hesitación que la agente Rubio no cumplió con su débito laboral en las fechas endilgadas en autos, según los cargos dispuestos en el Decreto N
1082/2022 MS., Efectivamente, las inasistencias injustificadas que se le endilgan a la sumariada han quedado debidamente acreditadas con la documental respaldatoria que en copias certificadas luce en autos, las que corresponden a reportes de asistencia obtenido del Reloj Biométrico, por huella dactilar correspondiente a la mencionada, fotocopias del cuaderno de novedades, partes médicos sin justificar conforme Decreto N 5350/2009
MGJEOSP, todos debidamente notificados, anexo disposición interna N 103 fs. N 45/46, anexo disposición interna N 434 fs. 48; ratificada por las testimoniales e informes;
Que en consecuencia, queda claro que la encartado ha excedido con creces el límite de diez inasistencias, continuas o discontinuas, en los doce meses inmediatos anteriores, que establece la reglamentación administrativa sobre la materia, soslayando así el deber esencial de todo agente administrativo, cual es el de concurrir a prestar el servicio personalmente, Artículos 71º, Inciso a y 61 Inciso a, ambos de la Ley 9755;
Que la reprochable conducta de la agente Rubio resulta reincidente, habiéndosele aplicado la sanción de cesantía en el Expediente N 0986945, ordenado por Decreto N 383/2010 MSAS por haber incurrido en treinta y seis 36 inasistencias injustificadas durante el año 2010, Decreto N 1653 MS., del 23/06/2016; no obstante, éste último fue revocado haciéndose lugar al recurso que interpusiera la agente, mediante Decreto N 372/2017 MS., por haber operado la prescripción de la potestad disciplinaria del Estado;
Que asimismo han surgido en los presentes que la sumariada incurrió en numerosas faltas con posterioridad a las aquí investigadas, según lo declarado por la Jefa de RRHH del Hospital Materno Infantil San Roque de Paraná, circunstancia que agrava su situación procesal. Por fado lo expuesto, teniendo en consideración la enorme cantidad de inasistencias injustificadas enrostradas y comprobadas, resulta justo y equitativo, se aplique la máxima sanción prevista en la norma;
Que la Comisión Asesora de Disciplina ha tomado la intervención que le compete;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia DECRETA:
Art. 1º :Apruébase y dése por finalizado el Sumario Administrativo dispuesto mediante Decreto N 1082/22 M.S., atento a lo expresado en los considerandos precedentes.Art. 2º :Dispónese la sanción de Cesantía a la agente Sandra Raquel Rubio, DNI. N 25.307.586, Legajo N
152.557, quien revista en un cargo Categoría 10- Personal Obrero y Maestranza. Escalafón General del Hospital Materno Infantil San Roque de Paraná, por haber quedado su conducta incursa en lo dispuesto por el Artículo 71º Inciso a de la Ley 9755-Marco de Regulación del Empleo Público en la Provincia de Entre Ríos, atento a lo expuesto en los considerandos del presente Decreto.Art. 3º : El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria de Estado de Salud.
Art. 4º : Comuníquese, publíquese y archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Sonia M. Velázquez -----DECRETO Nº 4717/23 MS
FINALIZACIÓN DE SUMARIO A VILLALBA, ALEJANDRA F.
Paraná, 27 de noviembre de 2023
VISTO:
El Decreto Nº 935/20 MS; y

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 26/2/2024

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaysArgentine

Date26/02/2024

Page count81

Edition count4780

Première édition01/12/2003

Dernière édition03/07/2024

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