Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 9/11/2017

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

2
que no se encuentran objeciones jurídicas para dar continuidad al trámite;
Que la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación ha tomado intervención correspondiente;
Que la presente gestión se ha tramitado conforme lo dispuesto por Decreto Nº 3.722/08
GOB y sus modificatorios;
Que la contratación encuadra en las disposiciones del artículo 27º, inciso c, apartado b, punto 3 de la Ley 5.140 y sus modificatorias incluida la Ley 8.964 t.o. del Decreto Nº 404/95 MEOSP y artículo 142º, inciso 4, apartados a y b del Decreto Nº 795/96 MEOSP;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Apruébanse los contratos de locación de obra celebrados entre la señora Secretaria de la Niñez, Familia y Discapacidad a cargo de la Dirección General del Instituto Provincial de Discapacidad, doña Cristina Patricia Ponce De Paoli, y las personas detalladas en el Anexo I del presente, en los que se establecen las cláusulas y condiciones para la ejecución de las tareas que en los mismos se especifican, por el período comprendido entre el 2
de enero y el 31 de diciembre del corriente año, los que agregados forman parte de este texto legal.
Art. 2º Impútase el gasto al siguiente crédito del presupuesto vigente: D.A. 987, Carácter 1, Jurisdicción 10, Subjurisdicción 01, Entidad 000, Programa 27, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad 01/02, Obra 00, Finalidad 3, Función 20, Fuente de Financiamiento 11, Subfuente de Financiamiento 001, Inciso 3, Partida Principal 4, Partida Parcial 1, Partida Subparcial 0000, Departamento 84, Ubicación Geográfica 07.
Art. 3º Autorízase a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación a liquidar y abonar al señor Martín Andrés Gerlo y a las señoras Rosalía Raquel Batistutti, Daiana Ayelén Protti y María Celia Ramírez, los montos establecidos en la cláusula cuarta de los referidos contratos en concepto de honorarios por la obra encomendada, previa regularización, según corresponda, en las categorías tributarias correspondientes ante la AFIP y/o ATER, presentación de facturas y constancias de trabajo pertinentes.
Art. 4º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y Justicia.
Art. 5º Comuníquese, publíquese y archívese; con copia del presente pasen las actuaciones a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación.
GUSTAVO E. BORDET
Mauro G. Urribarri
DECRETO Nº 837 GOB
RECONOCIENDO EJECUCIÓN DE OBRA
Paraná, 21 de abril de 2017
VISTO:
La gestión iniciada por la Representación del Gobierno de Entre Ríos en Capital Federal; y CONSIDERANDO:
Que mediante la misma interesa la aprobación de la adenda al contrato de locación de obra celebrado oportunamente con la señora María Susana Álvarez, aprobado mediante Decreto Nº 2.711/16 GOB;
Que dado el tiempo transcurrido y habiendo finalizado el ejercicio presupuestario 2016 sin que haya culminado la tramitación de la aprobación de la adenda en cuestión mediante la emisión del acto administrativo correspondiente, resulta pertinente proceder a su reconocimiento;
Que, asimismo, los trabajos complementarios encomendados a la agente Álvarez, surgen en virtud del Decreto Nº 2.115/16 GOB, mediante el cual se aprobó el procedimiento para celebrar adendas a los contratos de locación de obras;

BOLETIN OFICIAL
Que consta en autos certificación de los trabajos mencionados adicionales a los oportunamente autorizados;
Que la Asesoría Legal de la Representación del Gobierno de Entre Ríos en Capital Federal ha intervenido en lo que es de su competencia;
Que la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación manifiesta que las partidas cuentan con disponibilidad presupuestaria a fin de atender el trámite interesado, adjuntando volante de registro de reserva debidamente intervenido por la Contaduría General de la Provincia;
Que, en virtud de lo expuesto, el titular de este Poder Ejecutivo estima procedente acceder a lo solicitado;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Reconócese a la señora María Susana Álvarez, MI Nº 4.678.677, la completa ejecución de la obra realizada en virtud de los nuevos trabajos efectuados, para la ejecución de trabajos complementarios a los originalmente encargados en el contrato de locación de obra aprobado oportunamente, de conformidad a lo expresado en los considerandos del presente.
Art. 2º Impútase el gasto al siguiente crédito del presupuesto vigente: D.A. 954, Carácter 1, Jurisdicción 10, Subjurisdicción 01, Entidad 000, Programa 16, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad 03, Obra 00, Finalidad 1, Función 32, Fuente de Financiamiento 11, Subfuente de Financiamiento 001, Inciso 3, Partida Principal 4, Partida Parcial 1, Partida Subparcial 0000, Departamento 99, Ubicación Geográfica 99.
Art. 3º Autorízase a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación a liquidar y abonar a la señora María Susana Álvarez, previa presentación de facturas y constancias de trabajo, la suma de pesos treinta y ochenta mil seiscientos treinta y siete $ 38.637, en concepto de honorarios por la obra ejecutada.
Art. 4º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y Justicia.
Art. 5º Comuníquese, publíquese y archívese; con copia del presente pasen las actuaciones a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable Gobernación, a sus efectos.
GUSTAVO E. BORDET
Mauro G. Urribarri
DECRETO Nº 838 GOB
RATIFICANDO RESOLUCIÓN
Paraná, 21 de abril de 2017
VISTO:
Estas actuaciones iniciadas por la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación; y CONSIDERANDO:
Que por la misma se tramita el pago de las pólizas de seguro automotor contratadas por la Secretaría Privada de la Gobernación con el Instituto Autárquico Provincial del Seguro para la flota de vehículos pertenecientes a la mencionada secretaría;
Que el monto contratado excede el previsto en la normativa vigente para el organismo contratante;
Que, sin perjuicio de ello, se verifica el cumplimiento de lo establecido en el artículo 27º, inciso c, apartado b, punto 1 de la Ley de Contabilidad 5.140;
Que, asimismo, la Ley Nº 5.058/71 y el Decreto Nº 2.376/00 SGG, expresamente ordenan la obligatoriedad de contratación de los seguros de cualquier especie con el Instituto Autárquico Provincial del Seguro para la Administración Pública Provincial Central y Descentralizada;
Que la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación y la Con-

Paraná, jueves 9 de noviembre de 2017
taduría General de la Provincia han intervenido en lo que es de su competencia;
Que la Asesoría Legal de la Secretaría General de la Gobernación ha intervenido en lo que es de su competencia, habiéndose expedido en Dictamen Nº 36/17;
Que en virtud de lo expuesto resulta pertinente la ratificación del mismo;
Que la contratación interesada encuadra en las disposiciones previstas en el artículo 27º, inciso c, apartado b, punto 1 de la Ley de Contabilidad 5.140 t.o. Decreto Nº 404/95
MEOSP y modificaciones, concordante con los artículo 133º y 134º y 142º, inciso 1º del Decreto Nº 795/96 MEOSP de las Contrataciones del Estado y sus modificaciones;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Ratifícase la contratación directa realizada por la Secretaría Privada de la Gobernación con el Instituto Autárquico Provincial del Seguro, correspondiente al Seguro Automotor, conforme se detalla en el Anexo I del presente decreto, por la suma total de pesos ciento setenta y cinco mil setecientos ocho con 38/100 $ 175.708,38, de conformidad a lo expresado en los considerandos precedentes.
Art. 2º Impútase el gasto a D.A. 954: Carácter 1, Jurisdicción 10, Subjurisdicción 01, Entidad 000, Programa 16. Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad 01, Obra 00, Finalidad 1, Función 31, Fuente de Financiamiento 11, Subfuente 001, Inciso 3, Partida Principal 5, Partida Parcial 4, Subparcial 0000, Departamento 84, Ubicación Geográfica 07, del presupuesto vigente.
Art. 3º Autorízase a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación a emitir la orden de pago correspondiente a efectos de cancelar el débito existente con el Instituto Autárquico Provincial del Seguro, hasta el importe mencionado en el artículo 1º del presente decreto, previa presentación de la factura correspondiente.
Art. 4º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y Justicia.
Art. 5º Comuníquese, publíquese y archívese; con copia las actuaciones a la Dirección General del Servicio Administrativo de la Gobernación, a sus efectos.
GUSTAVO E. BORDET
Mauro G. Urribarri
DECRETO Nº 839 GOB
RECONOCIENDO COMPLETA
EJECUCIÓN DE OBRA
Paraná, 21 de abril de 2017
VISTO:
La gestión iniciada por la Representación del Gobierno de Entre Ríos en Capital Federal; y CONSIDERANDO:
Que mediante la misma interesa la aprobación de la adenda al contrato de locación de obra celebrado oportunamente con la señora Elisa Ángeles Mansueto, aprobado mediante Decreto Nº 2.708/16 GOB;
Que dado el tiempo transcurrido y habiendo finalizado el ejercicio presupuestario 2016 sin que haya culminado la tramitación de la aprobación de la adenda en cuestión mediante la emisión del acto administrativo correspondiente, resulta pertinente proceder a su reconocimiento;
Que, asimismo, los trabajos complementarios encomendados a la agente Mansueto, surgen en virtud del Decreto Nº 2.115/16 GOB, mediante el cual se aprobó el procedimiento para celebrar adendas a los contratos de locación de obras;
Que consta en autos certificación de los trabajos mencionados, adicionales a los oportunamente autorizados;
Que la Asesoría Legal de la Representación del Gobierno de Entre Ríos en Capital Federal ha intervenido en lo que es de su competencia;

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 9/11/2017

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaysArgentine

Date09/11/2017

Page count25

Edition count4786

Première édition01/12/2003

Dernière édition12/07/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Noviembre 2017>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
2627282930