Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 17/3/2017

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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DECIMO SEXTA: La liquidación de la sociedad puede ser efectuada por el Directorio o por el liquidador o liquidadores designados por la Asamblea, bajo la vigilancia del Síndico, si correspondiere. Cancelado el pasivo y reembolsado el capital, el remanente se repartirá entre los accionistas con las preferencias indicadas en el artículo anterior.
Bajo las dieciséis cláusulas que anteceden los comparecientes dejan constituida la sociedad especificando, en Asamblea respectiva: a Se designa para integrar el Directorio como Presidente al Sr. Secchi Matías; Director Suplente: Lifschitz Joel; quienes por éste acto aceptan los cargos que les fueron conferidos;
b Los socios constituyen la Sede Social en la ciudad de Paraná, en calle Gualeguaychú N850
Planta Alta de esta Ciudad; c Se otorga poder especial a favor del Dr. Livio Pablo Hojman, Matrícula Provincial N 5268, con DNI N
23.539.550, para que en nombre y representación de los comparecientes, acepte o proponga modificaciones al presente, incluso a la denominación, con facultad para realizar todas las gestiones necesarias para obtener la personería jurídica de la sociedad y la conformidad de la autoridad de control, e inscripción en el Registro Público de Comercio de la Provincia de Entre Ríos, suscribiendo las escrituras públicas en caso de ser necesarias, como así también a efectuar el depósito de ley y retirar los fondos respectivos.
Previa lectura que les hago así la otorgan, y firman los comparecientes por ante mi, doy fe.
Registro Público de Comercio DIPJ Paraná, 16 de febrero de 2017 Mariano Romeo Catena, abogado inspector DIPJ.
F.C.S. 502-00012755 1 v./17.3.17

LA PAZ
RAMOS AGROPECUARIA SRL
Minuta para su publicación Art. 10 Ley 19.550.-
1 - Socios: ADOLFO OSCAR RAMOS, DNI Nº 10.390.615, Productor Agropecuario, nacido el 24/05/1952, de 64 años de edad, casado en primeras nupcias con Mónica Silvia Caroy, DIEGO RAMOS, DNI Nº 26.303.842, Técnico en Producción Agropecuaria, nacido el 13/03/1.978, de 38 años de edad, casado en primeras nupcias con Yanina Paola Godoy, ADOLFO RAMOS, DNI Nº 28.796.577, Diseñador Web, nacido el 19/04/1981, de 35años de edad, casado en primeras nupcias con Valeria Silvan a I r ala, EU GE N IA R AM OS, DNI Nº 25.433.416, Técnica Superior en Turismo, nacida el 08/07/1976, de 40 años de edad, casada en primeras nupcias con Nicolás Esteban DAngelo y MARIANA RAMOS, DNI Nº 25.433.417, Licenciada en Periodismo, nacida el 08/07/1.976, de 40 años de edad, casada en primeras nupcias con Diego Javier Assetta.
Todos con domicilio especial en calle San Martín Nº 621 de esta ciudad. Todos de nacionalidad argentinos, mayores de edad.2 - Instrumentación: Escritura número ciento ochenta del veintidós de diciembre de dos mil dieciséis, autorizada por el Esc. Juan Carlos Tedesco, titular del Registro Notarial 17 del Departamento La Paz, Provincia de Entre Ríos.3 - Denominación: RAMOS AGROPECUARIA S.R.L..4 - Domicilio: En la ciudad de La Paz, Entre Ríos, con sede social en calle San Martín Nº 621 de la ciudad de La Paz, Pcia. de Entre Ríos.5 - Objeto social: La sociedad tendrá por objeto, dedicarse por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, en el país o en el extranjero, a las siguientes actividades:
a AGRICOLAS: Mediante la explotación directa o indirecta, en todas sus formas de establecimientos agrícolas, frutícolas y cultivos forestales;
b GANADERAS: Mediante la explotación di-

BOLETIN OFICIAL
recta o indirecta, en todas su formas de establecimientos ganaderos;
c COMERCIALES: La compraventa, importación, exportación, representación, consignación de los productos mencionados en los demás apartados de este artículo, sus partes, anexos y/o derivados;
d TRANSPORTES: El transporte de ganado de todo tipo y especie y/o productos agropecuarios, con unidades propias o de terceros, pudiendo instalar depósitos a tal efecto en todo el país.
e INDUSTRIALES: Elaboración de materias primas y productos en general que se relacionen con las actividades desarrolladas descriptas en los demás apartados de este artículo;
f INMOBILIARIAS: Mediante la compraventa de inmuebles en general, ya sean urbanos o rurales, con fines de explotación, renta, fraccionamiento o enajenación, inclusive su construcción y/o por el régimen de propiedad horizontal;
g SERVICIOS: Mediante la prestación de servicios agrícolas como contratista rural, tales como enfardado, ensilado, silo-pack, enrollado, cosecha, siembra, fumigación, clasificación, secado, la ejecución de otras operaciones y procesos agrícolas.6 - Plazo de duración: Noventa y nueve años.7 - CAPITAL SOCIAL: El capital social lo constituye la suma de pesos trescientos mil $
300.000 dividido en tres mil 3.000 cuotas de pesos cien $ 100, cada una, las cuales han sido suscritas por los socios en la siguiente proporción: el socio Adolfo Oscar Ramos la cantidad de seiscientas 600 cuotas de pesos cien $ 100, cada una, por un total de pesos sesenta mil $ 60.000; el socio Diego Ramos la cantidad de seiscientas 600 cuotas de pesos cien $ 100, cada una, por un total de pesos sesenta mil $ 60.000; el socio Adolfo Ramos la cantidad de seiscientas 600 cuotas de pesos cien $ 100, cada una, por un total de pesos sesenta mil $ 60.000; la socia Eugenia Ramos la cantidad de seiscientas 600
cuotas de pesos cien $ 100, cada una, por un total de pesos sesenta mil $ 60.000; la socia Mariana Ramos la cantidad de seiscientas 600 cuotas de pesos cien $ 100, cada una, por un total de pesos sesenta mil $ 60.000.
La integración se realiza en dinero en efectivo por el veinticinco por ciento 25% del capital social, debiéndose integrar el saldo restante en dinero en efectivo dentro del plazo de dos años a partir de la fecha.8 - O r g a n o d e a d m i n i s t r a c i ó n y r e p r esentación legal: La administración y representación de la sociedad será ejercida por el socio Diego Ramos, quien revestirá el cargo de gerente titular. Para todo acto que obligue a la sociedad, deberá firmar anteponiendo el sello social y en tal caso, podrá realizar los actos y contratos o instrumentos públicos y privados inclusive para aquellos que las leyes exijan poderes especiales.
La firma del socio gerente bastará para comprar, vender, hipotecar, ceder, prendar, o alquiler bienes inmuebles y muebles; otorgar o revocar poderes especiales y/o generales para juicios y/o administración, pedir la quiebra de terceros o la propia, celebrar y otorgar quita y/o espera en créditos verificados en concursos preventivos y/o quiebras y para actuar ante cualquier institución bancarias o financieras establecidas en la República Argentina y en el extranjero, sean éstas oficiales, mixtas o privadas, en especial el Banco de la Nación Argentina y Nuevo Banco de Entre Ríos S.A., con facultad para abrir cuentas corrientes y de caja de ahorro y operar en ellas en cualquiera de sus formas, como así también en depósitos a plazo fijo y títulos y valores, formular manifestaciones de bienes, solicitar y percibir créditos, girar contra las cuentas en descubierto, librar, aceptar, endosar y avalar letras de cambio, pagarés y cheques, y en general para la ejecución de cuantos
Paraná, viernes 17 de marzo de 2017
actos fueren necesarios para el cumplimiento de los objetivos de la sociedad.
En ningún caso, el socio gerente podrá otorgar a terceros garantías que comprometan el patrimonio de la sociedad. Le queda prohibido comprometer la firma social en actos extraños al objeto social. Se designa en el carácter de Gerente suplente al socio Adolfo Oscar Ramos, para subsanar la falta del Gerente titular, por cualquier causa.9 - Fecha del cierre del ejercicio: El día 31 de diciembre de cada año.Registro Público de Comercio DIPJ Paraná, 7 de marzo de 2017 Mariano Romeo Catena, abogado inspector DIPJ.
F.C.S. 502-00012740 1 v./17.3.17

SUMARIO
DECRETOS
Año 2016
Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas 2655, 2656, 2955, 2984
Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios 2823, 2824, 2834, 2836, 2837, 2840, 2850
Las publicaciones de edictos, se recibirán hasta las 9 hs., del día anterior al de publicación, sin excepción
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Creado por Ley Nº 2487 fecha 5 - Nov. 13, derogada por Decreto Ley Nº 6346 del 30
- Mar. 79. Ratificado por Ley 7504 - Por Decreto Nº 878 S.G.G. fecha 30 - Mar. 79 se instrumenta el régimen legal de las ediciones del Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos.
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GUILLERMO LUIS ABASTO
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Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 17/3/2017

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaysArgentine

Date17/03/2017

Page count20

Edition count4783

Première édition01/12/2003

Dernière édition08/07/2024

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