Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 29/4/2016

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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perjuicios de la responsabilidad de la sociedad. Para el cumplimiento de las actividades antes mencionadas, la sociedad tendrá plena capacidad jurídica para realizar todo tipo de actos, contratos y operaciones que se relacionen directamente con las mismas.
Capital social: El capital social se fija en la suma de pesos un millón $ 1.000.000,00, dividido en cien mil 100.000 cuotas de pesos diez $ 10,00 cada una de valor nominal que los socios suscriben totalmente.- Las cuotas se integran con aportes en efectivo en este acto en un veinticinco por ciento 25% y el resto se integrará dentro de los plazos legales.- El capital social se distribuye de la siguiente manera: la socio María Belén Gini, setenta mil 70.000 cuotas de pesos diez $
10,00 cada una por un total de pesos setecientos mil $ 700.000,00, y el socio Gonzalo Eduardo Serroels, treinta mil 30.000 cuotas de pesos diez $ 10,00 cada una por un total de pesos trescientos mil $ 300.000,00, totalizando pesos un millón $ 1.000.000,00.Se conviene que el capital se podrá incrementar cuando el giro comercial así lo requiera , m e d i a n t e c u o t a s s u p le m ent arias. - La Asamblea de socios, con el voto favorable de más de la mitad del capital aprobará las condiciones de monto y plazo para su integración, quedando la misma proporción de cuotas que cada socio sea titular al momento de la edición.
Administración representación - resolucion e s s o c i a l e s : L a a d m in i s t ra c ió n y re presentación de la sociedad será ejercida por cualquiera de los socios o un tercero, en calidad de gerente, el que deberá ser designado por la asamblea de socios que representen el 75 % del capital, el uso de la firma social lo será por el gerente; durarán en el cargo por el plazo de duración de la sociedad, y podrá ser removido por justa causa mediante resolución de asamblea de socios que representen el 75%
del capital.Reuniones de socios. Asambleas. Fiscalización: Las reuniones de socios se celebrarán en la sede social, previa citación por el o los gerentes, dirigida al último domicilio comunicado por el socio a la sociedad, hecha con anticipación no menor a diez días e indicando los temas a tratar.- Puede prescindirse de la citación, si reunidos todos los socios aceptan deliberar.- Las decisiones o resoluciones de los socios se adoptarán por el régimen de mayorías previstas en el artículo 160 de la Ley General de Sociedades.Se llevará un libro de Actas de Reuniones de Socios, donde éstos harán constar las deliberaciones y resoluciones que tomen reunidos en Asambleas, quienes la firmarán.- Asimismo se llevarán los demás registros contables a que alude la ley y anualmente al treinta de junio, fecha de cierre del ejercicio económico, deberá practicarse un inventario y se confeccionará un balance general y un estado de resultados, el que se considerará aprobado automáticamente si dentro de los treinta días siguientes no fuera objetado por alguno de los socios.Cada cuota da derecho a un voto. La fiscalización de las operaciones sociales podrá ser efectuada en cualquier momento por cualquiera de los socios, pudiendo inspeccionar libros, cuentas y de-más documentos de la sociedad, exigiendo, en su caso, la realización de balances parciales y rendiciones de cuentas especiales.
Disolución y liquidación: Las causales de disolución serán las previstas por el artículo 94
de la Ley General de Sociedades Nº 19.550. La liquidación será practicada por los socios o una tercera persona, designada como tal, la que revestirá el cargo de liquidador y procederá a finiquitar los negocios pendientes, a realizar el activo social y una vez satisfechas todas las obligaciones contraídas por la sociedad, se reembolsará el remanente a cada socio en proporción a sus aportes de capital conforme lo determina la Ley General de Sociedades Nº 19.550 y el Código Civil y Comercial de la Nación.

BOLETIN OFICIAL
Registro Público de Comercio DIPJ - Paraná, 26 de abril de 2016 Mariano R. Catena, abogado inspector, DIPJ.
F.C.S. 502-00005427 1 v./29.4.16

DIAMANTE
T y S SOCIEDAD DE
RESPONSABILIDAD LIMITADA
Razón social: T y S SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA.
Socios: Señor Erhardt Jeremías Emmanuel, DNI N 34.332.727, CUIT N 20-34332727-8, de estado civil soltero, nacido el día 25 de Diciembre de 1988, de 27 años de edad, de nacionalidad argentina, de profesión comerciante, domiciliado en calle Presidente Perón N 117 de la ciudad de Gral. Ramírez, Provincia de Entre Ríos; y Señor Weimer Diego Alberto, DNI N 37.545.003, CUIT N 2037545003-9, de estado civil soltero, nacido el día 2 de abril de 1993, de 23 años de edad, de nacionalidad argentina, de profesión comerciante, domiciliado en calle República de Entre Ríos N 1011 de la ciudad de Gral. Ramírez, Provincia de Entre Ríos.
Contrato constitutivo: a los cinco días del mes de Abril de dos mil dieciséis.
Domicilio de la sociedad: tendrá domicilio en la jurisdicción de la ciudad de General Ramírez, Provincia de Entre Ríos.
Duración del contrato: 50 años a partir de su inscripción.
Objeto: La sociedad tendrá por objeto realizar por cuenta propia, asociada o en colaboración con terceros, en cualquier punto de la república o en el extranjero, las siguientes operaciones:
Transporte de cargas, tanto nacional como internacional, con unidades propias o contratadas.
Servicio de logística e intermediación entre cargadores y porteadores de cargas a fin de gestionar en forma integral la actividad de transporte automotor por carretera.
Comercialización al por mayor y al por menor de productos alimenticios, fiambres, quesos, bebidas alcohólicas y analcohólicas, artículos de indumentaria y bazar, frutas y verduras, carnes y despojos comestibles, derivados lácteos, artículos de perfumería, utensilios del hogar y objetos para el uso personal. Comercialización al por mayor y al por menor de materiales para la construcción, sus accesorios, sanitarios, puertas, portones, alambres y artículos de ferretería.
Actividad de concesionaria: compra-venta de vehículos automotores nuevos y usados, repuestos y accesorios para automotores, motocicletas, ciclomotores, maquinarias e implementos agrícolas, viales, tractores, generadores, equipos de bombeo, lanchas, motores y cualquier otro artículo o producto relacionado con estos rubros.
Actividad Financiera: otorgar créditos para la financiación de la compra o venta de bienes pagaderos en cuotas o a término y préstamos personales con garantías reales o no; realizar operaciones con créditos hipotecarios mediante recursos propios; préstamos a interés o a financiaciones y créditos con cualquiera de las garantías previstas en la ley, o sin ellas. Otorgamiento de préstamos con o sin garantía real, a corto, mediano o largo plazo; el aporte de capitales a personas, empresas o sociedades creadas o a crearse para la concertación de operaciones realizadas o a realizarse.
Capital social: se fija en la suma de pesos trescientos mil $ 300.000, divididos en tres mil 3.000 cuotas partes de pesos cien $ 100
cada una.
Cierre de ejercicio: treinta y uno de marzo de cada año.
Registro Público de Comercio DIPJ - Paraná, 20 de abril de 2016 José L. Nani, abogado , DIPJ.
F.C.S. 502-00005426 1 v./29.4.16

Paraná, viernes 29 de abril de 2016

SUMARIO
DECRETOS
Ministerio de Gobierno y Justicia Año 2015
3397, 3436, 3444, 3445, 3446, 3447, 3448, 3449, 3450, 3451,3452, 3453, 3454, 3455, 3482, 3483, 3515, 3516, 3535, 4010, 4011, 4012, 4046, 4065, 4066, 4067, 4068, 4069
Ministerio de Educación, Deportes y Prevención de Adicciones 4117, 4130, 4131, 4132, 4133, 4134
Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios 3484
RESOLUCIONES
Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas Año 2016
175, 176, 177, 178, 179, 180, 181, 182, 183, 184, 185
Las publicaciones de edictos, se recibirán hasta las 9 hs., del día anterior al de publicación, sin excepción
BOLETIN OFICIAL
Creado por Ley Nº 2487 fecha 5 - Nov. 13, derogada por Decreto Ley Nº 6346 del 30
- Mar. 79. Ratificado por Ley 7504 - Por Decreto Nº 878 S.G.G. fecha 30 - Mar. 79 se instrumenta el régimen legal de las ediciones del Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos.
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GUILLERMO LUIS ABASTO
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Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 29/4/2016

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaysArgentine

Date29/04/2016

Page count24

Edition count4784

Première édition01/12/2003

Dernière édition10/07/2024

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