Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 29/4/2016

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, viernes 29 de abril de 2016
50.000; parámetro que será modificado periódicamente a través de Resoluciones dictadas por este Tribunal;
Que, los Establecimientos Hospitalarios seguirán rindiendo de acuerdo al sistema vigente a la fecha, tanto en la obligación mensual de presentación de informes, como en la de rendición de cuentas anual;
Por ello, de acuerdo a lo establecido en el Art. 213º de la Constitución de la Provincia de Entre Ríos y en ejercicio de la competencia establecida por los Artículos 40º y 61º de la L.O. Nº 5796;
El Tribunal de Cuentas de Entre Ríos ACUERDA
NORMA DE VIGENCIA:
Artículo 1º: Dispónese que a partir de los fondos correspondientes al Ejercicio Presupuestario 2016, las rendiciones de cuentas de los Establecimientos Asistenciales del Ministerio de Salud, deberán ajustarse a las normas, requisitos y plazos que se establecen en el articulado que conforma la presente.
OBLIGADOS RESPONSABLES
Artículo 2º: Determínase como obligados de presentar la rendición de cuentas ante el TRIBUNAL DE CUENTAS a los Directores, Administradores y/o Responsables Administrativos - Financieros por los fondos que administren personalmente o a través de Subresponsables.
ASPECTOS FORMALES
Artículo 3º: Los obligados a que se refiere el Artículo precedente, organizarán la rendición de cuentas de la siguiente forma:
1- Ordenarán cronológica y sistemáticamente por fecha de ingreso o egreso, la totalidad de los comprobantes en legajos o expedientes mensuales comprendiendo los movimientos financieros del período, en forma análoga a la establecida por el Decreto Nº 4076/79
M.E.O.S.P., reglamentario de la Ley Nº 6212.
Estos legajos permanecerán en los respectivos Establecimientos Asistenciales a disposición del Tribunal, el que podrá disponer, por la Vocalía competente, la revisión in situ o requerir su remisión total o parcial.
2- Presentarán al Tribunal, junto con la nota de elevación, los siguientes instrumentos, suscriptos por los obligados responsables:
HOSPITALES
A Información Mensual - Planilla Nº 1 - Ejecución de Recursos - Planilla Nº 2 - Ejecución del Presupuesto de Gastos - Planilla Nº 3 - Partida Personal - Planilla Nº 4 - Estado de Saldos Financieros - Planilla Nº 5 - Situación del Tesoro al Cierre del período -Planilla Nº7- Estadísticas de Internaciones, Egresos y Consultas Externas.
B Rendición de Cuentas Anual - Planilla Nº 1 - Ejecución de Recursos al 31.12
- Planilla Nº 2 - Ejecución del Presupuesto de Gastos al 31.12
- Planilla Nº 3 - Partida Personal al 31.12
- Planilla Nº 4 - Estado de Saldos Financieros al 31.12
- Planilla Nº 5 - Situación del Tesoro al Cierre del Ejercicio - Planilla Nº 8 - Conciliaciones de Cuentas Corrientes Bancarias al 31.12
- Planilla Nº 9 - Nómina de Acreedores del Ejercicio al 31.12.
- Planilla Nº 10 - Detalle de Contrataciones del Ejercicio - Planilla Nº 11 - Detalle de Adquisiciones de Bienes de Capital - Planilla Nº 12 - Detalle de Subsidios ingresados en el Ejercicio.
- Planilla Nº 13 - Detalle de Cargos ingresados en el Ejercicio..

BOLETIN OFICIAL
- Nómina de Autoridades del Ejercicio Centros de Salud con presupuesto año 2016
mayor a $50.000
A Información Bimestral - Planilla Nº 1 - Ejecución de Recursos - Planilla Nº 2 - Ejecución del Presupuesto de Gastos - Planilla Nº 3 - Partida Personal - Planilla Nº 4 - Estado de Saldos Financieros - Planilla Nº 5 - Situación del Tesoro al Cierre del período B Rendición de Cuentas Anual - Planilla Nº 1 - Ejecución de Recursos al 31.12
- Planilla Nº 2 - Ejecución del Presupuesto de Gastos al 31.12
- Planilla Nº 3 - Partida Personal al 31.12
- Planilla Nº 4 - Estado de Saldos Financieros al 31.12
- Planilla Nº 5 - Situación del Tesoro al Cierre del Ejercicio - Planilla Nº 8 - Conciliaciones de Cuentas Corrientes Bancarias al 31.12
- Planilla Nº 9 - Nómina de Acreedores del Ejercicio al 31.12.
- Planilla Nº 10 - Detalle de Contrataciones del Ejercicio - Planilla Nº 11 - Detalle de Adquisiciones de Bienes de Capital - Planilla Nº 12 - Detalle de Subsidios ingresados en el Ejercicio.
- Planilla Nº 13 - Detalle de Cargos ingresados en el Ejercicio.
Fotocopia de los Resúmenes de Cuentas Extractos Bancarios de todo el año, de las Cuentas bancarias que estén a nombre del CAPS.
Fotocopia de los Libros Banco, de todo el año, de las cuentas bancarias que estén a nombre del CAPS.
Nómina de Autoridades del Ejercicio.
Centros de Salud con presupuesto año 2016
menor a $50.000
A Información Bimestral - Nota de elevación de los Informes Bimestrales.
- Planilla de Estado de Saldos Financieros.
- Situación del Tesoro al cierre del período.
B Rendición Anual Nota de elevación de la Rendición Anual.
Fotocopia de los Resúmenes de Cuentas Extractos Bancarios de todo el año de las Cuentas bancarias que estén a nombre del CAPS.
Fotocopia de los Libros Banco, de todo el año, de las cuentas bancarias que estén a nombre del CAPS.
Para cumplimentar lo requerido en los puntos hospitales y Centros de Salud del presente artículo, se utilizarán las Planillas que forman parte de esta Acordada.
TÉRMINO CALENDARIO
Artículo 4º: Las rendiciones de cuentas comprenderán períodos anuales completos, contabilizándose la totalidad de los fondos efectivamente ingresados y egresados en cada período, con remisión mensual o bimestral, según corresponda, de información financiera contable.Artículo 5º: Los Hospitales presentarán las rendiciones, de conformidad a lo establecido en el Artículo 3º Punto 2, en la Mesa de Entradas del TRIBUNAL DE CUENTAS dentro del plazo máximo de dos meses computables a partir del vencimiento de cada período mensual.
Los Centros de Salud, remitirán las planillas de información establecidas en el Artículo 3º Punto 2, dentro del plazo máximo de dos meses computables a partir del vencimiento de cada período bimestral.

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La información determinada en el Artículo 3º Punto 2 Rendición Anual para Hospitales y Centros de Salud, se presentará en la Mesa de Entradas del Tribunal de Cuentas dentro del plazo máximo de cuatro meses computables a partir del vencimiento de cada año calendario.
Artículo 6º: Tesorería General de la Provincia y la Dirección General de Administración del Ministerio de Salud, deberán informar a la Secretaría Contable de este Tribunal, del 1º al 10
de cada mes, de las entregas de fondos por todo concepto realizadas durante el mes anterior a todos los Establecimientos Asistenciales dependientes de ese Ministerio.
DE LAS DEVOLUCIONES
Artículo 7º: Los sobrantes de fondos, remitidos para haberes y gastos, serán devueltos por intermedio de los obligados determinados en el Artículo 2º, con depósitos a la orden del Señor Tesorero de la Dirección General de Administración del Ministerio de Salud o de Tesorería General, según corresponda.
NORMAS TRANSITORIAS
Artículo 8º: Anualmente, por Resolución de este organismo, se actualizaran los montos a los efectos de determinar el encuadramiento renditivo de los Centros de Salud.
Artículo 9º: La presente Acordada será aplicable para los informes mensuales o bimestrales y las rendiciones de cuentas anuales que se presenten a partir del segundo semestre del corriente año.
Artículo 10º: Derógase por la presente, la Acordada Nº 182 del 07 de Mayo de 1.998.
Artículo 11º: Incorpórese al Libro de Acordadas bajo el número doscientos ochenta y uno.
Publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia; en la pagina web del Tribunal y regístrese.
Con lo cual concluyó este Acuerdo Plenario, labrándose la presente que, previa su íntegra lectura y ratificación, firman de conformidad los señores miembros del Tribunal inicialmente mencionados, haciéndolo por ante mí, de lo que doy fe.Guillermo Smaldone, p r e s i d e n t e ; José Luis Gea Sánchez, vocal; José Alberto Miranda, vocal.
F. 500-00000602 5 v./2.5.16

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PROVINCIA DE ENTRE RIOS
CONSEJO GENERAL DE EDUCACION
Mesa General de Entradas El Presidente del Consejo General de Educación de la Provincia de Entre Ríos, notifica al Sr. Esquivel, Aldo Martín, DNI 28.834.203, que se ha emitido la Resolución Nº 0497 C.G.E. de fecha 17 de marzo de 2016, que dice: Visto:
Considerando: El Consejo General de Educación Resuelve: Artículo 1: Aprobar y dar por finalizado el sumario administrativo mandado a instruir por Resolución N 2156 C.G.E de fecha 28 de junio de 2012, al Sr. Aldo Martín Esquivel DNI Nº 28.834.203, Personal de Servicios Auxiliares -categoría 10- titular del Liceo Paula Albarracín de Sarmiento del Departamento Paraná, atento a los argumentos vertidos precedentemente.
Artículo 2: Aplicar la medida disciplinaria de cesantía de los cuadros de la Administración Pública al Sr. Aldo Martín Esquivel DNI Nº 28.834.203, por haberse acreditado que incurrió en inasistencias injustificadas a su lugar de trabajo sin término desde el 1 de enero de 2011, quedando su conducta incursa en la causal del artículo 71, inciso a de la Ley N 9755

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 29/4/2016

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaysArgentine

Date29/04/2016

Page count24

Edition count4800

Première édition01/12/2003

Dernière édition01/08/2024

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