Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 10/9/2015

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, jueves 10 de setiembre de 2015
arbitraria, maliciosa y que le afecta derechos amparados constitucionalmente; y Que al no se recurrida en tiempo y forma la Resolución D.P. Nº 1063/03 por el Sr. Formiga, adquirió una firmeza que no puede ser removida por el reclamo en análisis; y Que los recursos administrativos tienen como efecto sobre la situación impugnada producir la interrupción del plazo de caducidad de la acción recursiva; y Que lo consignado es de suma importancia en materia de recursos administrativos dado que estos últimos son, por definición, la impugnación en término de un acto administrativo, por lo que cabe concluir en que una vez vencidos los plazos para interponer los mismos se perderá el derecho para cuestionar el acto administrativo; y Que en virtud de lo expuesto, corresponde rechazar el reclamo administrativo del Sr. Formiga Juan Carlos contra la Resolución D.P. N
1063/03 en virtud del carácter definitivo que alcanzó la misma al no ser impugnada en tiempo y forma; y Que obra intervención de la Fiscalía de Estado de la Provincia como asimismo de la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno y Justicia, en el sentido expuesto;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Recházase el reclamo administrativo presentado por el Sr. Juan Carlos Formiga, MI N 24.594.567, L.P. N 28.826 contra la Resolución D.P. N 1063/03, conforme lo expuesto en los considerandos precedentes.
Art. 2º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y Justicia.
Art. 3º Regístrese, comuníquese, publíquese. Con copia del presente, pasen las actuaciones a la Jefatura de Policía de la Provincia y oportunamente archívense.
SERGIO D. URRIBARRI
Adán H. Bahl
DECRETO Nº 658 MGJ
Paraná, 27 de marzo de 2015
Reconociendo con carácter excepcional a la agente María José Nuñez, DNI N 22.459.003, Legajo N 173.170, categoría 7 Administrativa en ejecución, con situación de revista en la delegación de Rosario del Tala, licencia especial por cuidado de familiar enfermo, con goce de haberes, para la atención de su hijo Jonathan Andrés Castillo, por el período comprendido entre el día 2 de mayo de 2013 al 18 de octubre de 2013 inclusive.
DECRETO Nº 666 MGJ
AUTORIZACION
Paraná, 27 de marzo de 2015
VISTO:
Las presentes actuaciones mediante las cuales la firma ELarte Seguridad Privada solicita habilitación para funcionar como Empresa de Vigilancia Privada en el ámbito de la Provincia de Entre Ríos; y CONSIDERANDO:
Que el representante de la referida firma, el Sr. Cuevas, Sergio Daniel, formula pedido de habilitación, adjuntando documentación respaldatoria, la que fue minuciosamente analizada por la Dirección de Investigaciones de la Policía de la Provincia de Entre Ríos; y Que se le dio intervención a la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno y Justicia, quien efectuó observaciones a la documentación presentada y respecto de los requisitos exigidos por lo normativa vigente las que fueron oportunamente subsanadas por la peticionante; y Que en consecuencia, con la incorporación de nueve documental, se expide nuevamente la Dirección de Asuntos Jurídicos de la jurisdicción, expresando esta última que no existirían objeciones jurídicas para formular a la
BOLETIN OFICIAL
solicitud de otorgamiento de habilitación para funcionar como empresa de vigilancia privada en el ámbito provincial, por encontrarse cumplimentados todos los requisitos exigidos por la normativa vigente, por lo que propicia la emisión del acto administrativo que así lo ordene; y Que se encuentran cumplimentados por parte de la Empresa ELarte Seguridad Privada, los requisitos establecidos en el Art. 13 inciso e Decreto 2940/01 MGJ y modificatorios; y Que cabe destacar que del análisis y observancia de los recaudos exigidos por el Decreto N 2940/01 MGJ, surge que es facultad exclusivo del Poder Ejecutivo de la Provincia a través de la Jefatura de Policía de la Provincia mediante la intervención de la Dirección de Investigaciones -División Leyes y Contravenciones-, autorizar el funcionamiento de la agencia mencionada, siendo menester el dictado del acto administrativo que así lo disponga;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Autorízase a funcionar en la Provincia de Entre Ríos como Agencia de Vigilancia y Seguridad Privada en el rubro Empresa Privada de Vigilancia, conforme el artículo 8, inciso b del Decreto 2940/01 MGJ a la firma ELarte Seguridad Privada, CUIT Nº 3071440607-4, con domicilio constituido en la Provincia en calle Rocamora N 133 de la ciudad de Victoria, desempeñándose como director técnico ejecutivo de la misma, el Sr. Cuevas, Sergio Daniel, DNI 17.531.674, domiciliado realmente en calle Rocamora 129 de la ciudad de Victoria, Provincia de Entre Ríos.
Art. 2º Encuádrese la presente gestión en las disposiciones del Decreto N 2940/01
MGJ y sus modificatorias.
Art. 3º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y Justicia.
Art. 4º Comuníquese, publíquese y archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Adán H. Bahl
DECRETO Nº 672 MGJ
RECTIFICANDO ARTICULO
Paraná, 31 de marzo de 2015
VISTO:
El Decreto N420 MGJ de fecha 11 de marzo de 2015; y CONSIDERANDO:
Que la mencionada norma legal en su artículo 2asigna, en forma transitoria, las funciones de Segundo Jefe de la Oficina del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas de la ciudad de Victoria a la Dra. Norma Mariela Machado, DNI N 23.529.319; y Que en virtud del Decreto N 5618/05 GOB, se aprueba el Reglamento Orgánico de la Dirección del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, el cual en las ciudades cabeceras de Departamento sustituye la figura de Segundo Jefe por las Divisiones de Matrimonios, Nacimientos y Defunciones; y Que a tales efectos se debe rectificar el artículo 2 del Decreto N 420 MGJ, adecuándolo a lo establecido en el reglamento orgánico de la Dirección del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas; y Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Rectifíquese el artículo 2 del Decreto 420/15 MGJ el que quedará redactado de la siguiente manera: Asígnase, en forma transitoria, la Jefatura de División Nacimientos con funciones de Segunda Jefa de la Oficina del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas de la ciudad de Victoria, a la doctora Norma Mariela Machado, DNI N 23.529.319, a partir de la fecha del presente, referenciado en dicho decreto.

3
Art. 2º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y Justicia.
Art. 3º Notifíquese, comuníquese, con copia del presente, pasen las actuaciones a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del Ministerio de Gobierno y Justicia y oportunamente archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Adán H. Bahl
DECRETO Nº 675 MGJ
Paraná, 31 de marzo de 2015
Aceptando la donación formulada por la Asociación Argentina de Mejoramiento Mutuo S.U.D. de una fracción de terreno de un inmueble de su propiedad que según proyecto de subdivisión del Plano de Mensura N 483, se identifica como lote 1 B, consta de una superficie de 2 has 00 as 00 cas y se ubica en la Provincia de Entre Ríos, Departamento Feliciano, Distrito Atencio, Centro Rural de población Laguna Benítez, dentro de los siguientes límites y linderos: Noreste: Lindando con camino por medio con Lote N 1 A de la Asociación Argentina de Mejoramiento Mutuo S.U.D.; Sureste: Lindando con Lote N 1 A de la Asociación Argentina de Mejoramiento Mutuo S.U.D.;
Suroeste: Lindando con camino por medio con la Estancia San Diego de Acquarone Hnos.
Agropecuaria; Noroeste: Lindando con camino por medio con Lote N 1 A de la Asociación Argentina de Mejoramiento Mutuo S.U.D.
La donación se acepta con el cargo de destinar el inmueble al funcionamiento de la Escuela Primaria N 23 Del Sesquicentenario, del Distrito Atencio, Departamento Feliciano.
Facultando a la Escribanía Mayor de Gobierno a realizar los trámites necesarios para la efectiva transferencia del dominio del inmueble cuya donación se acepta.
DECRETO Nº 678 MGJ
ACEPTANDO RENUNCIA
Paraná, 31 de marzo de 2015
VISTO:
La renuncia presentada por el Sr. Jefe del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas de Concordia, Dr. Agustín González, DNI N 28.502.943; y CONSIDERANDO:
Que a fojas 01 el Sr. Director General del Registro Civil y Capacidad de las Personas, adjunta misiva suscripta por el Dr. González Agustín, DNI N 28.502.943, legajo personal N 195.621, por la que presenta la renuncia expresa al cargo de Jefe del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas de la ciudad de Concordia, a partir del día 6 de noviembre de 2014, en virtud de haber sido designado por el Honorable Tribunal Electoral como secretario general de dicho organismo por resolución de fecha 29 de octubre de 2014, obrante en copia a fojas 03 y vta.; y Que a fojas 06, obra intervención de la Dirección de Sumarios, Fiscalía de Estado de la Provincia de Entre Ríos, informando que el Dr.
González Agustín, no registra antecedentes de sumarios administrativos; y Que a fojas 08, surge incorporada actuación de rigor de la Dirección General de Personal del Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas; y Que a fojas 12 y vta., obra intervención de la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno y Justicia, manifestando que no existen objeciones jurídicas que efectuar; y Que el presente encuadra en lo dispuesto por el Art. 57de la Ley N9755, y su modificatoria Ley N 9811;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º: Acéptase la renuncia al cargo de Jefe de la Oficina del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas de la ciudad de Concordia, al Dr. Agustín González, DNI Nº

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 10/9/2015

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaysArgentine

Date10/09/2015

Page count22

Edition count4780

Première édition01/12/2003

Dernière édition03/07/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Septiembre 2015>>>
DLMMJVS
12345
6789101112
13141516171819
20212223242526
27282930