Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 9/1/2015

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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por la demora en que incurrió la Administración en el pago de los certificados mencionados precedentemente aduciendo que el interés es la obligación accesoria consistente en dar una cantidad de cosas fungibles, que es rendida por una obligación de capital, y que se mide en fungibles, que es rendida por una obligación de capital, y que se mide en proporción al importe o al valor de capital, y al tiempo de indisponibilidad de dicho capital para el acreedor conf. Oscar D. Mariconde - El Régimen Jurídico de los Intereses 1980, pag. 41, tratando de mantener intacto en su significación económica el patrimonio de la firma en virtud del principio de la integridad del patrimonio Arts. 14, 14 bis, 17 y 31 Constitución Nacional; y Que tomó nueva intervención la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del M.P.I.y S. a fs. 42 y 42 vta. obrando la liquidación de intereses en anexo I de fs. 41; y Que a fs. 40 obra reserva preventiva del crédito pertinente con la debida intervención de la Contaduría General de la Provincia, a través de su contadora auditora; y Que han tomado intervención la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del MPIyS y el Departamento Jurídico del MPIyS en lo que es de sus competencias; y Que la presente gestión encuadra en las previsiones del artículo 57 del Decreto Ley de Obras Públicas N 6351, ratificado por Ley N
7495, y concordantes del Decreto Reglamentario N 958/79 SOySP como así también en las disposiciones del Decreto Nº 3694/91
MGJEOySP modificado por Decreto N
7846/04 MEHyF, por el cual se establece el índice aplicable para el reconocimiento de intereses moratorios;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Hágase lugar a la solicitud de liquidación y pago de intereses moratorios devengados por el pago fuera de término de los Certificados de Obra Ejecutada N 7 -período mayo/12, y Redeterminado Provisorio N7 -período mayo/12, correspondientes a lo obra:
Desages Pluviales Localidad Gobernador Sola - 2 Etapa -Departamento Tala - Entre Ríos, ejecutada por la U.T.E, conformado por las Empresas V.E.R.C.O. S.A. y ECO Ingeniería S.R.L. contratista de la misma por los motivos expuestos en los considerandos del presente.
Art. 2º Apruébase la liquidación practicada por la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del M.P.I.y S. por valor total de pesos seis mil novecientos noventa y cinco con noventa cuatro centavos $ 6.995,94, en concepto de intereses moratorios, y que como anexo I integra el presente decreto, por mora en la cancelación de los Certificados de Obra Ejecutada N 7 -período mayo/12 y Redeterminado Provisorio N 7 período mayo/l2, correspondientes a la obra: Desages Pluviales Localidad Gobernador Sola - 2 Etapa - Departamento Tala - Entre Ríos, ejecutada por la U.T.E. conformada por las Empresas V.E.R.C.O. S.A. y ECO Ingeniería S.R.L.
Art. 3º Facúltase a la Dirección General d e l S e r v i c io A d m in is t ra t i v o C o n t a b l e d e l M.P.I.y S. a efectivizar a la Empresa V.E.R.C.O. S.A. - ECO Ingeniería S.R.L.
U.T.E. la suma de pesos seis mil novecientos noventa y cinco con noventa cuatro centavos $ 6.995,94, acorde a lo dispuesto en los artículos 1y 2del presente texto legal, debiendo la citada empresa presentar la factura debidamente conformada y previa emisión de la correspondiente orden de entrega para la atención del gasto, con cargo de oportuna rendición ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.

BOLETIN OFICIAL
Art. 4º Encuádrase la presente gestión en las previsiones del Art. 57º del Decreto Ley de Obras Públicas N 6351- ratificado por Ley N 7495, y concordantes del Decreto Reglamentario N 958/79 SOySP, como así también en las disposiciones del Decreto Nº 3694/91
MGJEOySP modificado por Decreto N
7846/04 MEHyF por el cual se establece el índice aplicable para el reconocimiento de intereses moratorios.
Art. 5º Impútese el gasto a: Dirección de Administración 958, Carácter 1, Jurisdicción 25, Subjurisdicción 01, Entidad 0000, Programa 17, Subprograma 00, Proyecto 01, Actividad 00, Obra 32, Finalidad 3, Función 72, Fuente Financiamiento 13, Subfuente Financiamiento 0417, Inciso 4, Partida Principal 2, Partida Parcial 1, Partida Subparcial 0000, Departamento 99, Ubicación Geográfica 99, del presupuesto año 2014.
Art. 6º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Planeamiento, Infraestructura y Servicios.
Art. 7º Comuníquese, publíquese y archívese, y pase la actuación a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del M.P.I.y S., para la prosecución del trámite.
SERGIO D. URRIBARRI
Juan J. García
DECRETO Nº 3336 MPIyS
Paraná, 22 de septiembre de 2014
Aprobando una partida ampliatoria de $
924.593,34, con destino la obra Restauración y Puesta en Valor Escuela N 1 Onésimo Leguizamón - Rosario del Tala -Departamento Tala, a los efectos de cubrir el monto aprobado por Resolución Nº 549/14 SMOySP y la atención del Certificado de Obra Nº 15 R.P., emitido según el cálculo del factor de redeterminación provisoria, aprobado por Resolución Nº 314/11 MPIyS y su Anexo I.
Encuadrando la presente gestión en lo establecido en el artículo 10, inciso a, apartado 4 y artículo 12, inciso h del Decreto Ley de Obras Públicas Nº 6351 - ratificado por Ley N
7495 y concordantes de su Decreto Reglamentario N 958/79 SOySP y Decreto Nº 4693/91
MGJOySP.
Disponiendo que a través de la Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones se implemente la formalización y/o actualización del convenio con la Asociación Cooperadora de la Escuela N 1 Onésimo Leguizamón del Departamento Tala, el cual deberá obrar en poder de la Subsecretaría antes mencionada, previo a efectuar la entrega del cheque pertinente, debiéndose aplicar las disposiciones establecidas por Decreto Nº 6440/94 SOySP, en lo referente a las rendiciones de cuentas correspondientes.
Facultando a la Tesorería General de la Provincia para que, previa emisión del libramiento correspondiente, provea a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios los fondos dispuestos, debiendo ese organismo efectivizar la entrega a través de la Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones, mediante cheque que será librado a nombre de la Asociación Cooperadora de la Escuela Nº 1 Onésimo Leguizamón del Departamento Tala, efectuando luego las rendiciones por medio del recibo debidamente conformado, cumpliendo de esta manera su obligación en el aspecto renditivo.
La Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones procederá, dentro de los 30 días corridos de recibido el cheque, a la remisión del recibo debidamente conformado y con la certificación de las firmas por el funcionario que efectúa la entrega, a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios, debiéndose aplicar las disposiciones establecidas por el Decreto Nº 6440/94 SOySP.

Paraná, viernes 9 de enero de 2015

MUNICIPALIDAD DE PARANA
ORDENANZA Nº 9278
MUNICIPALIDAD DE PARANA
Honorable Concejo Deliberante El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Paraná, sanciona con fuerza de O R D E N A N Z A :
Art. 1: Acéptase el ofrecimiento de donación, formulado por la Sra. Ana Leonor Geminiani, DNI N 6.047.989, de una fracción de terreno, que forma parte de otra de mayor superficie, inscripta en el Registro Público Local bajo Matrícula N 102.994, y la que según Plano de Mensura N165.369, está ubicada en esta ciudad, Area Complementaria, Distrito C.E.U., Grupo N 119, Manzana 1, y consta de una superficie de dos mil setecientos cuatro metros cuadrados 2.704 m2. e identificada como lote N 2, con domicilio parcelario en Avda. de las Américas N 4.401, de acuerdo a la documentación administrativa y técnica obrante en expediente N 29539/2007- 1.45952 y agregados.
Art. 2: El ofrecimiento se formaliza con la finalidad de destinar la superficie descripta a calles y ochavas.
Art. 3: El Departamento Ejecutivo, a través de Escribanía Municipal -o quien resulte competente-, deberá realizar todos los actos necesarios para perfeccionar la donación.
Art. 4: Comuníquese.
Paraná, Sala de Sesiones, 19 de noviembre de 2014
Gastón Walter Grand Presidente H. Concejo Deliberante Pedro Antonio Raiteri Secretario H. Concejo Deliberante DECRETO Nº 2920
MUNICIPALIDAD DE PARANA
Paraná, 17 de diciembre de 2014
VISTO:
La ordenanza sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en la Sesión del 19 de noviembre 2014; y CONSIDERANDO:
Que por la citada norma se acepta el ofrecimiento de donación formulado por la Sra. Ana Leonor Geminiani, DNI N 6.047.989 de una fracción de terreno que forma parte de otra de mayor superficie, inscripta en el Registro Público Local bajo Matrícula N 102.994, ubicada según Plano de Mensura N 165.369 en esta ciudad, Área Complementaria, Distrito C.E.U., Grupo N 119, Manzana 1, con domicilio parcelario en Avenida de las Américas N 4.401, ello según la documentación obrante en el Expediente N 29539/2007- 1459-52;
Que corresponde hacer uso de las facultades atribuídas en el Artículo 107, Inciso c de la Ley N 10027 y modificatoria Ley N 10082
Orgánica de los Municipios;
Por ello;
La Señora Presidenta de la Municipalidad de Paraná D E C R E T A :
Art. 1- Promúlgase la ordenanza sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en la Sesión del 19 de noviembre de 2014, conforme a lo expuesto en los Considerandos precedentes, la que queda registrada bajo el N 9278.
Art. 2- El presente es refrendado por el Señor Secretario de Legal y Administrativo y por el Sr. Secretario de Planificación, Infraestructura y Servicios.
Art. 3º- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
Blanca Inés Osuna Presidenta Municipal Gustavo Adolfo Acosta Secretario Legal y Administrativo Guillermo L. Federik Secretario de Planificación, Infraestructura y Servicios

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 9/1/2015

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaysArgentine

Date09/01/2015

Page count12

Edition count4796

Première édition01/12/2003

Dernière édition26/07/2024

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