Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 8/1/2015

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, jueves 8 de enero de 2015
les la agente Mabel Alejandra Lanzi, DNI Nº 17.850.353, legajo Nº 100.861, a través de su apoderado legal, solicita otorgamiento de la categoría 2, conforme lo dispuesto en el instructivo del Poder Ejecutivo Provincial, de fecha 18 de abril de 2011; y CONSIDERANDO:
Que su apoderado doctor Raúl A. Gracia, con domicilio legal en calle Panamá Nº 504, de esta ciudad de Paraná, Provincia de Entre Ríos, manifiesta que la mencionada agente solicita su reubicación en la categoría 2 a partir del 1 de mayo de 2011 y se le abone en forma retroactiva las diferencias que surgen de la categoría asignada con más los intereses legales desde que cada suma debió ser abonada y hasta la fecha de su efectivo pago; y Que expresa que a la fecha la señora Lanzi cuenta con un antigedad de más de veintiséis 26 años y que mediante Decreto Nº 914
SEPG, de fecha 3 de abril de 2001, el Poder Ejecutivo Provincial la transfirió a la planta de personal permanente de ex Secretaría de Estado de la Producción, Dirección de Administración, en un cargo categoría 10, clase Administrativo y Técnico, Grupo Administrativo, Tramo b, Ejecución, del Escalafón General como responsable de la Actividad Registro y Control de Expedientes jefe de División, misma función que la referida agente tenía en la ex Dirección de Desarrollo Agrícola Forestal y Recursos Naturales, manifestando que dicha transferencia se efectuó dados los requisitos que reunía, de responsabilidad, eficiencia y eficacia; y Que manifiesta que como consecuencia del dictado del instructivo precitado y de los Criterios de Interpretación y Adecuaciones, considera que la categoría 3 que se le asigna a la señora Lanzi no es la correcta, dado que el error deriva de computar solamente la antigedad como jefa de División a partir del Decreto Nº 914/01 SEPG, siendo que antes de la transferencia definitiva a la ex Secretaría precitada cumplía las mismas funciones en la Dirección de Desarrollo Agrícola Forestal y Recursos Naturales, ello indica que la señora Lanzi contaba con una antigedad mayor a diez 10 años al 31 de diciembre de 2010; y Que entiende que es la categoría 2 la que le correspondería y no la 3, conforme lo establece el ítem 3.1.1 c agentes que revistan como jefes de división o equivalente, que a la fecha indicada tengan diez 10 o más años de prestación efectiva en la respectiva Jefatura: categoría 2; y Que obra agregada carta poder y copia del Decreto Nº 914 SEPG de fecha 3 de abril de 2001, por el que se designó a la agente Lanzi, como responsable de actividad Registro y Control de Expedientes, de la ex Dirección de Administración de la entonces Secretaría de Estado de la Producción; y Que consta Informe Nº 973, de fecha 17 de junio de 2013, del Área Liquidación y Control de Haberes de la Dirección General de Administración, la que ha agregado copia de los antecedentes contenidos en el Expediente Nº 1.220.892, que se encuentran relacionados a la situación de revista de la señora Lanzi; y Que del informe emitido oportunamente por la Dirección General de Administración y Despacho del Ministerio de Producción en el Expediente Nº 1.220.892, se destaca que para las recategorizaciones enmarcadas del punto 3 Niveles de Conducción del instructivo dictado por el Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas, se gestiona por separado la actualización de la estructura orgánica creada por el Decreto Nº 12/08 GOB a partir de la sanción de la nueva Ley de Ministerios Nº 9.958 y la consiguiente creación del Ministerio de Pro-

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ducción, a resultas de lo cual se estará en condiciones de concluir con la recategorización iniciada a tales fines; y Que, asimismo, se glosa copia de informe emitido por la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas, en el Expediente Nº 1.220.892, en el cual se expresa que en el anexo incorporado al proyecto de decreto se incluyen agentes cuyo encuadre se apartaría del instructivo de fecha 18 de abril de 2011 emitido por el Gobernador y sus criterios de interpretación, destacando en el acápite 3 se incluirían agentes en niveles de conducción encuadrándolos en el punto 3 del instructivo, sin estar prevista la jefatura en la Estructura Orgánica de la repartición conforme lo expresamente previsto en dicho punto y Que consta nueva intervención de la Dirección General de Personal del Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas, en cuyo Dictamen concluye que de la documentación obrante en el legajo Personal de la señora Lanzi se observa que la agente fue incluida en el Expediente Nº 1.220.892, que diera origen al Decreto Nº 499 M.P., de fecha 13 de marzo de 2012, habiendo sido propuesta para ser reubicada en una categoría 3, a la cual esa Dirección General manifestó que era correcta tal reubicación y que se desconocían los motivos por los cuales no fue recategorizada, informando a su vez que la misma revista en un cargo categoría 4, clase Administrativo y Técnico, Grupo Administrativo, Tramo Supervisión de la planta de personal permanente de la Subsecretaría de Administración y Despacho; y Que obra Informe Nº 204 de la Subsecretaría de Administración y Despacho, el cual refleja que de todos los antecedentes agregados en autos no obra copia de norma legal que acredite la asignación de funciones de jefa de División en la dependencia de revista anterior al citado decreto y que por tal circunstancia al efectuar el relevamiento de los agentes que a prima facie encuadraban en los alcances del citado instructivo, se efectuó el cómputo de la antigedad de la agente en el desempeño de funciones a partir del 3 de abril de 2001, proponiéndose en consecuencia su ascenso a una categoría 3 del Escalafón General; y Que, asimismo, expresa que según informe emitido oportunamente por la Secretaría de Hacienda, esta efectúa observaciones a la propuesta de ascenso de varios agentes no obstante contar con el informe favorable de la Dirección General de Personal, y que de tales objeciones merecen especial consideración la siguiente: Orgánica: se incluirían agentes en niveles de conducción encuadrándolos en el punto 3 del instructivo, sin estar prevista la jefatura en la Estructura Orgánica de la repartición conforme lo expresamente previsto en dicho punto y Que ante la inexistencia por entonces de estructura orgánica del Ministerio de Producción debidamente aprobada y frente a la objeción destacada anteriormente, la propuesta de ascenso de agentes encuadrados en Niveles de Conducción del referido instructivo no prosperó para ninguno de ellos, entre los cuales se encontraba la señora Lanzi, reseñando y destacando el efectivo cumplimiento de las funciones que la agente acredita en la Subsecretaría de Administración y Despacho, con probada eficiencia y responsabilidad; y Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Producción, a través del Dictamen Nº 65, expresa que siguiendo expresas directivas emitidas en diversos dictámenes de Fiscalía de Estado, se prioriza el carácter
3 formal de la relación de empleo público, cumpliendo estrictamente con las normas y reglamentos, conforme los cuales es menester acreditar la reunión de los siguientes extremos: que el agente pertenezca a planta permanente de cargos del Escalafón General que las funciones que invoque en sustento de su pretensión le hayan sido asignadas formalmente mediante la emisión del acto correspondiente, que tales funciones estén contempladas en las reglamentaciones o estructuras orgánicas vigentes, y que acredite el desempeño efectivo por parte del agente peticionante de las funciones invocadas, requiriendo, además, una nueva intervención a la Secretaría de Hacienda MEHF; y Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas señala que mediante el Decreto Nº 914/01 SEPG, se transfiere a la agente Lanzi a la planta de personal permanente de la ex Dirección de Administración de la ex Secretaría de Estado de la Producción, designándola como responsable de la Actividad Registro y Control de Expedientes y que no se encontraban previstas en la Estructura Orgánica vigente, puesto que el Ministerio de Producción no cuenta a la fecha con Estructura Orgánica aprobada; y Que de lo expuesto deduce que al 31 de diciembre del 2010 la agente contaba con una antigedad como jefe de división de nueve 9
años y doscientos setenta y dos 272 días, manifestando que no correspondería acceder a lo peticionado por la reclamante ya que el punto 3.1.1 c del instructivo de fecha 18 de abril de 201 1 del Poder Ejecutivo Provincial establece: Jefatura de División: agentes que revistan como jefes de división o equivalente que a la fecha indicada tengan diez 10 o más años de prestación efectiva en la respectiva Jefatura: categoría 2, no reuniendo a esa fecha tal requisito; y Que habiendo elaborado el proyecto de resolución mediante la cual se rechazaría el reclamo administrativo interpuesto por la señora Lanzi, se solicita nueva intervención de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Producción, en cuanto a la pertenencia del otorgamiento de la categoría 3 en el marco del instructivo de fecha 18 de abril de 2011; y Que el precitado organismo a través del Dictamen Nº 225, expresa que a fojas 15 la Dirección General de Personal y oportunamente a fojas 24/25 la Subsecretaría de Administración y Despacho han manifestado que es correcta la reubicación de la agente Lanzi en un cargo categoría 3, y que si bien tal reubicación modificaría el objeto que tuvo en miras al inicio de las presentes actuaciones la requeriente, es un fin propio del procedimiento la búsqueda de la verdad real, más allá de la alegación de la interesada; y Que, asimismo, sigue diciendo que el principio de la oficialidad establece que la autoridad administrativa tiene el deber y la facultad de conocer y resolver en las causas administrativas a los fines de llegar a determinar la verdad real o material de los hechos y que en base a todo lo manifestado anteriormente es opinión que correspondería la reubicación de la señora Mabel A. Lanzi en un cargo categoría 3, por ser esa categoría la que debería detentar; y Que de acuerdo a lo expuesto se ha procedido a notificar a la señora Lanzi de lo manifestado por los diferentes organismos intervinientes, la cual ha prestado conformidad a la prosecución del trámite, por lo que corresponde proceder a su reubicación en un cargo categoría 3, clase Administrativo y Técnico, grupo Administrativo, Tramo b, Ejecución

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 8/1/2015

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaysArgentine

Date08/01/2015

Page count12

Edition count4783

Première édition01/12/2003

Dernière édition08/07/2024

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