Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 16/7/2014

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, miércoles 16 de julio de 2014
quedado conformado y resumido de la siguiente manera:
Constitución de la sociedad responsabilidad limitada.
1 Socios: Sr. Melgarejo Eduardo Nicolás, DNI Nº 36.099.969, con domicilio real en calle Intendente Guillermo Palma Nº 1249, casa 32
de la localidad de Paraná y el Sr. Romero Pedro Alberto, DNI Nº 20.971.301, con domicilio real en calle Simón Bolívar y Moussy,casa 18 de la localidad de Paraná.
2 El contrato social fue suscripto el 25 de marzo de 2014.
3 Denominación: RO-MEL SOLUCIONES
SRL.
4 Domicilio social: Cervantes Nº 251, piso 3 B, de la ciudad de Paraná.
5 Objeto: a la prestación de servicio de instalación, mantenimiento, reparación, conexión, construcción y control de equipos, aparatos e instalaciones de redes de energía eléctrica, redes de comunicaciones y telecomunicaciones, redes de agua potable y redes de gas natural; b construcciones en general, reparaciones, ampliaciones y/o modificaciones de edificios de todo tipo, de propiedad públicas o privadas, fletes, servicios de mano de obra terceros y el resto de actividades no especificadas relacionadas con el rubro construcción.
6 Duración veinticinco 25 años contados a partir de la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio.
7 Capital social: $ 100.000 pesos cien mil.
8 Integración: 50% el Sr. Melgarejo Eduardo Nicolás y 50% el Sr. Romero Pedro Alberto.
9 Administración y representación: estará a cargo del gerente el Sr. Melgarejo Eduardo Nicolás.
10 Cierre del ejercicio: 31 de diciembre de cada año.
Registro Público de Comercio DIPJ Paraná, 10 de julio de 2014 José Carlos Luján, Dirección de Inspección de Personas Jurídicas.
F.C.S. 00102040 1 v./16.7.14
ELECTRICIDAD PARANA SA
Por resolución del Sr. Director de la Dirección de Inspección de Personas Jurídicas, se ha dispuesto publicar por un día en el Boletín Oficial el siguiente edicto:
Constitución sociedad: ELECTRICIDAD PARANA SA, escritura pública Nº 17, de la Esc.
Ana Julio Vergara, en fecha 18 de febrero del 2014.
Integrantes: Joaqun Guillermo Melijovich, DNI Nº 33.424.378, CUIT Nº 20-33424378-9 y el señor Martín Sebastián Melijovich, DNI Nº 29.620.620, CUIT Nº 20-29620620-3, ambos domiciliados en calle Mitre Nº 268, de la ciudad de Paraná, Provincia de Entre Ríos, hábiles y de mi conocimiento, doy fe.
Denominación: ELECTRICIDAD PARANA
SA y tendrá su domicilio legal en la ciudad de Paraná.
Plazo: 99 años.
Objeto: la sociedad tendrá por objeto la compra, venta, comercialización y distribución, importación y exportación, al por mayor y/o menos, por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros, de toda clase de materiales y productos eléctricos, de iluminación, artículos electrónicos, de construcción y ferretería.
Capital social: doscientos mil pesos representado por dos mil acciones ordinarias nominativas no endosables de cien pesos de valor nominal, con derecho a un voto.
La dirección y administración de la sociedad estará a cargo de un directorio, compuesto del número de miembros que fije la asamblea entre uno y cinco. El término de su elección es de tres años.
Ejercicio económico: cierra el 31 de julio de cada año.
Suscripción capital: se suscribe en su totali-

BOLETIN OFICIAL
dad en la siugiente forma: Joaquín G. Melijovich, suscribe 1400 acciones, o sea un capital de $ 140.000; y el señor Martín Sebastián Melijovich, suscribe 600 acciones o sea un capital de $ 60.000.
Directorio: director titular presidente Joaquín Guillermo Melijovich y director suplente Martín Sebastián Melijovich.
Registro Público de Comercio DIPJ Paraná, 10 de julio de 2014 José Carlos Luján, Dirección de Inspección de Personas Jurídicas.
F.C.S. 00102043 1 v./16.7.14
ELECTROMAK SA
En Paraná, Entre Ríos, a 14 de mayo de 2014, CARLOS GUILLERMO MARÍN, DNI
30.558.298, CUIT Nº 20-30558298-1, nacido el 19/02/1984, argentino, comerciante, casado, domiciliado en Miguel David 4206 de Paraná, Entre Ríos; y BLANCA NORMA ALLES, DNI
16.531.557, CUIT 27-16531557-7, nacida el 19/01/1964, argentina, empleada, casada, domiciliada en Guido Spano Nº 2532 de Paraná, Entre Ríos; ambos mayores de edad y aptos, convienen en celebrar un contrato de Sociedad Anónima, de acuerdo con la Ley 19.550, y al siguiente estatuto:
ARTÍCULO PRIMERO - DENOMINACIÓN:
ELECTROMAK S.A. y tiene domicilio legal en jurisdicción de la ciudad de Paraná, Departamento Paraná, Provincia de Entre Ríos.
ARTÍCULO SEGUNDO - DURACIÓN: noventa y nueve 99 años, contados desde su inscripción en la Dirección de Inspección de Personas Jurídicas de la Entre Ríos.
ARTÍCULO TERCERO - OBJETO: COMERCIAL, para lo cual se prevé la realización por cuenta propia o de terceros, o asociada a terceros, de la comercialización de bienes y productos eléctricos, maquinarias y artículos de ferretería, sus repuestos y accesorios, tanto al por mayor como al por menor; en el país como en el extranjero, pudiendo importar y exportar los bienes, adquirirlos de terceros o producirlos. También podrá realizar operaciones por cuenta y orden de terceros, cobrando comisiones o no, realizar representaciones y/o consignaciones.
A tales fines la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes argentinas o por e s t e E s t a t u t o ; p u d i e n d o o t o r g a r r e p r esentaciones, mandatos, pactar comisiones, consignaciones y establecer agencias, filiales y/o sucursales dentro o fuera del país.
ARTÍCULO CUARTO CAPITAL SOCIAL:
pesos cien mil $ 100.000. Queda íntegramente suscripto y se integra en efectivo el 25%, en proporción a las participaciones societarias. El saldo de capital quedará integrado dentro de los 360 días de la inscripción en la Dirección de Inspección de Personas Jurídicas.
Las participaciones del capital social original son: CARLOS GUILLERMO MARÍN, adquiere el veinte por ciento 20% del capital social, conformado por 200 acciones de pesos cien $
100 cada una; aportando pesos veinte mil $
20.000; BLANCA NORMA ALLES, adquiere el ochenta por ciento 80% del capital social, conformado por 800 acciones de pesos cien $
100 cada una; aportando Pesos, ochenta mil $ 80.000.
ARTÍCULO QUINTO INCREMENTOS DE
CAPITAL: El capital podrá ser aumentado hasta el quíntuplo de su monto por decisión de la Asamblea Ordinaria mediante la emisión de acciones ordinarias, nominativas no endosables, con derecho a un voto cada una y con valor nominal de pesos cien $ 100 cada una.
Esta emisión podrá ser delegada por la Asamblea en el Directorio en los términos del artícu-

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lo 188 de la Ley de Sociedades Comerciales.
Los accionistas tendrán derecho de preferencia y de acrecer, para la suscripción de nuevas acciones.
El derecho deberá ser ejercido dentro del plazo de 90 días, contados a partir de la notificación que la sociedad deberá efectuar a cada accionista en forma fehaciente o dentro del plazo de 90 días a partir de la última publicación que prescribe el artículo 194 de la Ley 19.550, el que fuere mayor. En el caso de mora en la integración de las nuevas acciones, el Directorio podrá elegir cualquiera de los procedimientos del artículo 193 de la Ley de Sociedades Comerciales texto ordenado por Decreto 841/84.
ARTÍCULO SEXTO TRANSFERENCIA DE
ACCIONES: En el caso de transferencia de acciones por alguno de los accionistas, éste deberá notificarlo al Directorio y a cada uno de los demás accionistas en el domicilio registrado en el Registro de Acciones, haciendo conocer la naturaleza de la transferencia que se propone efectuar, el precio y demás términos de la operación. Si alguno de los demás accionistas desea adquirir las acciones en venta, deberá ejercer la opción dentro del plazo de 90
días de recibida la notificación, teniendo derecho de preferencia y de acrecer.
A tal efecto, el o los accionistas que intenten ejercitar su opción de compra deberán notificar al Directorio y al accionista vendedor su intención de adquirir las acciones en forma fehaciente. Vencidos los 90 días sin que ninguno de los accionistas haya ejercido su opción de compra, el accionista vendedor quedará en libertad de vender las acciones.
ARTÍCULO SÉPTIMO DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN: Estará a cargo de un Directorio conformado por el Presidente titular, designado por la Asamblea de socios, que permanecerá en su mandato tres ejercicios, renovables sin límites de tiempo o períodos. La Asamblea es plenamente capaz de generar un Directorio plural, cuando así lo crea conveniente, no pudiendo exceder el número de directores de tres titulares y tres suplentes. En cualquiera de los casos, fijará la remuneración de los directores.
En caso de Directorio plural, en la primera reunión posterior a la Asamblea de designación, los directores elegirán un Presidente y un Vicepresidente que suplirá al primero en su ausencia o impedimento.
El Directorio tiene amplias facultades de administración y disposición, incluso los que requieren poderes especiales, a tenor del artículo 1881 del Código Civil. Podrá especialmente operar con toda clase de bancos, entidades financieras o crediticias, oficiales o privadas;
dar y revocar poderes generales y especiales, judiciales, de administración u otros, con o sin facultad de sustituir, iniciar, proseguir, contestar o desistir denuncias o querellas penales y realizar todo hecho o acto jurídico que haga adquirir derechos o contraer obligaciones a la sociedad. La representación legal de la sociedad corresponde al Presidente o al Vicepresidente, si existiera, indistintamente. Mientras la sociedad prescinda de sindicatura, será obligatoria la elección de por lo menos un director suplente, que durará en el mandato el mismo lapso que los titulares.
Para el primer período de tres ejercicios se designa como presidente al Sr. Carlos Guillermo Marín y como directora suplente a la Sra.
Blanca Norma Alles.
ARTÍCULO OCTAVO PRESCINDENCIA
DE SINDICATURA: La sociedad prescinde de la sindicatura, conforme lo dispuesto en el artículo 284 de la Ley 19.550 texto ordenado por Decreto Nº 841/84. Cuando la Asamblea dispusiera la creación de esta figura, deberá elegirse un síndico titular y un suplente.

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 16/7/2014

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaysArgentine

Date16/07/2014

Page count34

Edition count4796

Première édition01/12/2003

Dernière édition26/07/2024

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