Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 3/7/2014

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, jueves 3 de julio de 2014
por responsabilidad funcional a favor de la señora Castaño, Mariela Fátima, DNI Nº 23.587.522, a partir del 1.3.10, por cumplir funciones de supervisora de Enfermería en el Hospital Fidanza de Diamante; y CONSIDERANDO:
Que a tal fin resulta pertinente efectuar una modificación presupuestaria mediante transferencia compensatoria de créditos por la suma de pesos veintisiete mil $ 27.000;
Que la Dirección General de Administración, dependiente del Ministerio de Salud, ha tomado intervención correspondiente;
Que el Departamento Presupuesto y Contabilidad ha confeccionado planillas analíticas del gasto, que forman parte integrante de la presente resolución;
Que la Dirección General de Presupuesto informa que la modificación presupuestaria propuesta resulta técnicamente viable y encuadra en el artículo 2º del Decreto Nº 4.889/13 MEHF;
Por ello;
El Ministro Secretario de Estado de Salud R E S U E L V E :
Art. 1º Modificar el presupuesto general de la Administración Provincial ejercicio 2014
en la Jurisdicción 45- Ministerio de Salud, Unidades Ejecutoras: Ministerio de Salud y Dirección del Hospital Fidanza; mediante transferencia compensatoria de créditos, por la suma de pesos veintisiete mil $ 27.000, de conformidad a las planillas analíticas del gasto, que agregadas forman parte integrante de la presente resolución, en mérito de lo expuesto en los considerandos precedentes.
Art. 2º Encuadrar la presente gestión en el marco del artículo 2º del Decreto Nº 4.889/13 MEHF.
Art. 3º Comunicar, publicar y archivar.
Hugo R. Cettour
RESOLUCIÓN Nº 1114 M.S.
MODIFICANDO PRESUPUESTO
Paraná, 16 de abril de 2014
VISTO:
Las presentes actuaciones por las cuales se interesa el reconocimiento y pago del adicional falla de caja desde el 30.12.2003 proyectados al 31.12.14 a favor del señor Aguirre, Héctor Jesús, DNI Nº 11.840.719, por cumplir funciones de Administrador en el Centro de Salud La Bianca de Concordia; y CONSIDERANDO:
Que a tal fin resulta pertinente efectuar una modificación presupuestaria mediante transferencia compensatoria de créditos por la suma de pesos quince mil $ 15.000;
Que la Dirección General de Administración, dependiente del Ministerio de Salud, ha tomado intervención correspondiente;
Que el Departamento Presupuesto y Contabilidad ha confeccionado planillas analíticas del gasto, que forman parte integrante de la presente resolución;
Que la Dirección General de Presupuesto informa que la modificación presupuestaria propuesta resulta técnicamente viable y encuadra en el artículo 2º del Decreto Nº 4.889/13 MEHF;
Por ello;
El Ministro Secretario de Estado de Salud R E S U E L V E :
Art. 1º Modificar el presupuesto general de la Administración Provincial ejercicio 2014
en la Jurisdicción 45- Ministerio de Salud, Unidades Ejecutoras: Ministerio de Salud y Dirección del Hospital, Felipe Heras; mediante transferencia compensatorio de créditos, por la suma de pesos quince mil $ 15.000, de conformidad a las planillas analíticas del gasto que agregadas forman parte integrante de la presente resolución, en mérito de lo expuesto en los considerandos precedentes.
Art. 2º Encuadrar la presente gestión en el marco del artículo 2º del Decreto Nº 4.889/13 MEHF.

BOLETIN OFICIAL
Art. 3º Comunicar, publicar y archivar.
Hugo R. Cettour
RESOLUCIÓN Nº 1115 M.S.
AUTORIZACIÓN
Paraná, 16 de abril de 2014
VISTO:
Las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la transferencia correspondiente al 15% del monto per cápita al Programa SUMAR del Cofinanciamiento Provincial del mes de enero/14; y CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Nº 2.724/02 SES se creó el Seguro de Salud Materno Infantil para la atención de la cobertura médico asistencial del niño de corta edad y sus madres, mediante el cual se invitó a las provincias a adherir al mismo, quedando establecido que dicho seguro sería financiado con recursos nacionales y provinciales entre otros;
Que se deberá realizar una transferencia del mes de enero/14 a la UGSP Programa SUMAR
para luego ser transferidos, asimismo, a distintos efectores adheridos al Plan Nacer, siendo el monto total mensual correspondiente al 15%
de cofinanciamiento a transferir $ 133.214,07, importe que surge de lo informado por dicho programa, monto válido por Área Cápita de la Nación $ 133.214,07 a cargo de la Provincia;
Que a fojas 1 y 2 de autos, obra nota de pedido de transferencia emitido por la Coordinación del Programa SUMAR;
Que a fojas 4, obra reporte de validación de liquidación mensual, Nº 06-M/14-01 por un importe de $ 342.782,95 transferencia mensual bruta;
Que a fojas 5 se adjunta liquidación de la transferencia mensual Nº 06-M/14-0 1 donde se distribuye de la siguiente manera transferencia a cargo de Nación por $ 381.516,50 y transferencia a cargo de Provincia $
133.214,07;
Que de fojas 6 a fojas 8 se adjunta listado de efectores a quienes se les transferirán dichos fondos;
Que en autos, obra intervención e informe de la Dirección General de Administración Jurisdiccional;
Que la delegada contable de la Contaduría General de la Provincia en este Ministerio, ha tomado la intervención correspondiente;
Que la presente gestión encuadra en la Ley 9.765 - Resolución Nº 2.335/06 MSAS, Resolución Nº 6.711/11 M.S., Decreto Nº 3.561/10
M.S., Disposición Nacional de Operación Interna UEC Nº 35 y Anexo IDisposición Operativo UEC Nº 53;
Por ello;
El Ministro Secretario de Estado de Salud R E S U E L V E :
Art. 1º Autorizar a la Dirección General de Administración Jurisdiccional, a realizar la transferencia por el mes de enero/14 al Programa SUMAR por la suma total de pesos ciento treinta y tres mil doscientos catorce con siete centavos $ 133.214,07, importe que surge de fojas 5, para que realice la transferencia a distintos efectores 15% del Tesoro Provincial acumulado a cargo de Provincia, en mérito de lo expuesto en los considerandos precedentes.
Art. 2º Autorizar al Programa SUMAR a transferir a los efectores detallados en el anexo obrante de fojas 6 a fojas 8 de autos, el importe mensual total de pesos ciento treinta y tres mil doscientos catorce con siete centavos $ 133.214,07.
Art. 3º Encuadrar la presente gestión en la Ley 9.765 - Resolución Nº 2.335/06 MSAS, Resolución Nº 6.711/11 M.S., Decreto Nº 3.561/10 M.S., Disposición Nacional de Operación Interna UEC Nº 35 y anexo IDisposición Operativa UEC Nº 53.
Art. 4º Transferir el 15% del Tesoro Pro-

11
vincial a través del Departamento Tesorería Jurisdiccional a la cuenta corriente bancaria del Seguro Materno Infantil Provincial, en el Banco Nación Sucursal Paraná Nº 3907509371, con destino a cumplimentar la suma que la UGSP-Programa SUMAR liquidará a los efectores detallados en autos, adheridos al Plan Nacer, siendo responsabilidad de la UGSP Plan Nacer Provincial transferir los fondos, juntamente con el 70% que transfiere el Ministerio de Salud de la Nación directamente al Programa SUMAR en la cuenta corriente bancaria citada, los que deberán transferirse a los efectores previa liquidación por parte de la UGSP, en base al cumplimiento mensual de metas y objetivos fijados por dicho plan, debiendo rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia en el marco de las normativas legales nacionales y provinciales vigentes, como, asimismo, ante el Departamento Tesorería de este Ministerio de Salud de la Provincia, una vez realizada la transferencia a cada efector.
Art. 5º Imputar el gasto a las siguientes cuentas del presupuesto vigente; Rentas Generales:
DA 960 - C 1 - J 45 - SJ 00 - ENT 0000 - PG
34 - SP 00 - PY 00 - AC 01 - OB 00 - FI 3 - FU
20 - FF 11 - SF 0001 - I 2 - PR 3 - PA 1 - SP
0000 - DP 84 - UG 07 - $ 1.903,12.
DA 960 - C 1 - J 45 - SJ 00 - ENT 0000 - PG
34 - SP 00 - PY 00 - AC 01 - OB 00 - FI 3 - FU
20 - FF 11 - SF 0001 - I 2 - PR 9 - PA 6 - SP
0000 - DP 84 - UG 07 - $ 721,87.
DA 960 - C 1 - J 45 - SJ 00 - ENT 0000 - PG
34 - SP 00 - PY 00 - AC 01 - OB 00 - FI 3 - FU
20 - FF 11 - SF 0001 - I 3 - PR 3 - PA 2 - SP
0000 - DP 84 - UG 07 - $ 1.890,00.
DA 960 - C 1 - J 45 - SJ 00 - ENT 0000 - PG
34 - SP 00 - PY 00 - AC 01 - OB 00 - FI 3 - FU
20 - FF 11 - SF 0001 - I 3 - PR 4 - PA 9 - SP
0000 - DP 84 - UG 07 - $ 9.416,31.
DA 960 - C 1 - J 45 - SJ 00 - ENT 0000 - PG
34 - SP 00 - PY 00 - AC 01 - OB 00 - FI 3 - FU
20 - FF 11 - SF 0001 - I 3 - PR 5 - PA 1 - SP
0000 - DP 84 - UG 07 - $ 598,50.
DA 960 - C 1 - J 45 - SJ 00 - ENT 0000 - PG
34 - SP 00 - PY 00 - AC 01 - OB 00 - FI 3 - FU
20 - FF 11 - SF 0001 - I 3 - PR 5 - PA 9 - SP
0000 - DP 84 - UG 07 - $ 831,25.
DA 960 - C 1 - J 45 - SJ 00 - ENT 0000 - PG
34 - SP 00 - PY 00 - AC 01 - OB 00 - FI 3 - FU
20 - FF 11 - SF 0001 - I 5 - PR 7 - PA 6 - SP
0077 - DP 84 - UG 07 - $ 117.853,02.
Subtotal - $ 133.214,07.
Rentas Afectadas Fondos Nacionales DA 960 - C 1 - J 45 - SJ 00 - ENT 0000 - PG
34 - SP 00 - PY 00 - AC 01 - OB 00 - FI 3 - FU
20 - FF 14 - SF 0579 - I 2 - PR 9 - PA 9 - SP
0000 - DP 84 - UG 07 - $ 123.748,33.
DA 960 - C 1 - J 45 - SJ 00 - ENT 0000 - PG
34 - SP 00 - PY 00 - AC 01 - OB 00 - FI 3 - FU
20 - FF 15 - SF 0579 - I 3 - PR 9 - PA 9 - SP
0000 - DP 84 - UG 07 - $ 129.168,09.
DA 960 - C 1 - J 45 - SJ 00 - ENT 0000 - PG
34 - SP 00 - PY 00 - AC 01 - OB 00 - FI 3 - FU
20 - FF 14 - SF 0579 - I 5 - PR 7 - PA 6 - SP
0099 - DP 84 - UG 07 - $ 128.600,08.
Subtotal - $ 381.516,50.
Art. 6º Facultar a la Dirección General de Administración Jurisdiccional a realizar el libramiento de fondos ante la Tesorería General de la Provincia y al Departamento Tesorería de este Ministerio, a transferir los fondos por la suma de pesos ciento treinta y tres mil doscientos catorce con siete centavos $ 133.214,07, al Programa SUMAR con destino a transferir el mes de enero/14 a los efectores que se detallan en el listado de fojas 6 a fojas 8 de autos, del cual una vez realizada la transferencia a cada efector, el Programa SUMAR deberá rendir cuenta ante el departamento antes mencionado.
Art. 7º Comunicar, publicar y archivar.
Hugo R. Cettour

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 3/7/2014

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaysArgentine

Date03/07/2014

Page count28

Edition count4786

Première édition01/12/2003

Dernière édition12/07/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Julio 2014>>>
DLMMJVS
12345
6789101112
13141516171819
20212223242526
2728293031