Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 12/6/2014

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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BOLETIN OFICIAL

SA, CUIT 30-71430405-0, el negocio dedicado a la venta de materiales para la construcción, ubicado en la calle Sargento Cabral N477, de la localidad de Seguí, Provincia de Entre Ríos.
Las oposiciones conforme Ley 11.687, se receptarán dentro de los diez 10 días posteriores a la última publicación de este aviso, de lunes a viernes en el horario de 8 horas a 12
horas y de 16 horas a 20 horas, en el domicilio de calle Córdoba N 419, piso N 6 Estudio Minni/Colja y Asociados, Tel. 0343 4311416 /
0343 4319525, de la ciudad de Paraná, Provincia de Entre Ríos.
Sergio Germán Colja, abogado.
F.C.S. 00101159 5 v./16.6.14

DESIGNACION DE DIRECTORIO
NUEVAS

NOGOYA
NETIUM SA
Hace saber que en la ciudad de Nogoyá, Provincia de Entre Ríos, República Argentina, en fecha 22 de julio de 2010, en reunión de directorio N 16, los socios y directores de la sociedad comercial NETIUM SA, Gerardo Exequiel Schneider, DNI N 27.466.545 y el Augusto Diego Lafferriere, DNI N 27.066.311, han resuelto designar como presidente del directorio al socio y director Gerardo Exequiel Schneider y como vicepresidente al socio Augusto Diego Lafferriere.
Registro Público de Comercio DIPJ Paraná, 5 de junio de 2014 José L. Nani, abogado DIPJ.
F.C.S. 00101271 1 v./12.6.14
NETIUM SA
Hace saber que en la ciudad de Nogoyá, Provincia de Entre Ríos, República Argentina, en fecha 31 de julio de 2013, en reunión de directorio N 34, los socios y directores de la sociedad comercial NETIUM SA, Gerardo Exequiel Schneider, DNI N 27.466.545 y el Augusto Diego Lafferriere, DNI N 27.066.311, han resuelto designar como presidente del directorio al socio y director Gerardo Exequiel Schneider y como vicepresidente al socio Augusto Diego Lafferriere.
Registro Público de Comercio DIPJ Paraná, 9 de junio de 2014 José L. Nani, abogado DIPJ.
F.C.S. 00101272 1 v./12.6.14

MODIFICACION DE CONTRATO
NUEVA

COLON
GRANTEC SA
Por resolución de la Dirección de Inspección de Personas Jurídicas de la Provincia, se ha resuelto publicar por un día en el Boletín Oficial el siguiente edicto:
Mediante escritura nº 116, pasada ante la escribana SONIA MASTROMEI DE ROUDE, el 04/09/2013, en la ciudad de Colón, Departamento Colón, Entre Ríos, acordaron modificar el Estatuto social de GRANTEC S.A., sólo Cambio de Domicilio - Clausula Primera. Extracto de Estatuto modificado:
Socios: Alfredo Héctor MARSO, DNI Nº 11.039.474, CUIT 20-11039474-9, casado en primeras nupcias con Graciela Elena Bonvín, domiciliado en Centenario 1456 de la ciudad de San José, Colon, de 57 años de edad, empresario, María Cristina MARSO, DNI Nº 10.073.088, CUIT 27-10073088-5, divorciada de sus primeras nupcias de don Carlos Justo Nóbile, domiciliada en San Martín 1344 San José, de 61 años de edad, comerciante, Carlos Alberto CALVET, DNI Nº 16.799.900, CUIL 20-

16.799900-0, casado en primeras nupcias con María Margarita Unger, domiciliado en Charlone 275, Capital Federal, República Argentina, de 49 años de edad, comerciante, Carlos Horacio SCHNEIDER, DNI Nº 10.694.l53, CUIT 20-10694153-0, casado en primeras nupcias con Stella Maris Cotte, domiciliado en San Martín 978 Crespo .E.Rios , 60 años de edad, comerciante y Héctor Rubén PFARHER, DNI Nº ll.536.283, CUIT
20-11536283-7, casado en primeras nupcias con Silvia Graciela Axt, domiciliado en Dorrego l265 , Crespo, de 57 años de edad, ingeniero agrónomo, argentinos, mayores de edad.
Domicilio Legal: Calle San Martín número 1.259, ciudad de Colón, Provincia de Entre Ríos. El Directorio podrá establecer sucursales, representaciones o agencias en cualquier parte del país o del extranjero.
Duración: El término de duración es de cincuenta años, contados a partir de su inscripción en el Registro correspondiente.- Dicho término podrá ser prorrogado por Resolución de una Asamblea General de Accionistas, la que deberá contar con el voto favorable de los socios que representen el 100% del Capital Social, con comunicación a la Autoridad de Contralor a los efectos de gestionar la conformidad Administrativa.
Objeto: Dedicarse por cuenta propia o de terceros a las siguientes actividades: Industrial: Industrialización de la producción avícola - ganadera, propios o de terceros, fabricación de alimentos balanceados para avicultura y ganadería y sus subproductos, explotación de planta de incubación avícola.- Fabricación;
representación, importación y exportación de productos para la industria en general.- La extracción, transformación, manufacturación, producción y elaboración de frutos, productos o subproductos y mercaderías relativas a las industrias: metalúrgicas, siderúrgicas, químicas, minera, eléctrica, electrónica, textil, peletera, investigación científica, educación, salud y seguridad deportiva o artística, petroquímica, maderera, automotriz, papelera, láctea, de alimentación y frigorífica.- Comercial: por la exportación o importación compra y venta, al por mayor o menor de haciendas, aves, frutos o productos del país, de rodados, maquinarias, agrícolas o industriales, automotores, repuestos, accesorios, motores, autopiezas y herramientas de uso industrial y agrícola, y la comercialización de todos los productos derivados del agro, forrajes y la industria.- Representaciones, distribuciones, comisiones, consignaciones y mandatos, explotación de marcas de fabrica, patentes de invención, diseños y modelos industriales, transporte terrestre, fluvial o aéreo de mercaderías o personas, en el país y/o en el extranjero, la realización de negocios de cambio mediante operaciones en moneda y divisas nacionales y extranjeras.-Explotación integral de Estaciones de Servicios, incluyendo ventas de combustibles livianos y pesados, aceites, lubricantes, grasa, repuestos, accesorios, lavaderos y gomerías, comprendiendo también la representación de Empresas Petroleras por intermedio de agencias o equivalentes.- Inmobiliaria: mediante la adquisición, venta, explotación, arrendamientos, construcción, permuta y/o administración de toda clase de bienes rurales y/o urbanos, incluso las operaciones comprendidas dentro de las leyes y reglamentos de propiedad horizontal.Financiera :Para la compraventa de títulos y acciones y otros valores mobiliarios, otorgamiento de créditos, con o sin garantía real con fondos propios, aportes de capitales a Empresas constituidas o a constituirse.- Agrícola-ganadera: Por la explotación en todas sus formas de Establecimiento agrícola-ganadero, frutícolas, cultivo forestales de granjas, forrajes, horticultura viveros, etc.- Agropecuarias: Avicultura: cría de gallinas para producción de huevos, cría de pollos parrilleros para producción de
Paraná, jueves 12 de junio de 2014
carnes. Cría o inverne de ganado bovino, porcino, lanar.- Hotelera: Explotación directa de hoteles y hospedajes y como anexo a los mismas, la actividad gastronómica.- Transporte:
Transporte de la producción agropecuaria e industrial, transporte de derivados de hidrocarburos ya sean propios o de terceros, transporte de cargas generales propias o de terceros o pasajeros.- Turismo: Agencias de Turismo nacional e internacional. Para cumplir sus fines, la Sociedad tendrá pleno capacidad jurídica para realizar todo tipo de actos, contratos y operaciones que se relacionen directamente con el objeto.CAPITAL : El capital social es de pesos: un millon $1.000.000,00, representado en Cien Mil 100.000 acciones de valor nominal pesos DIEZ $10,00 cada una. Todas las acciones suscriptas son nominativas, no endosables, de un voto por acción. El capital social quedará suscripto e integrado íntegramente como consecuencia de la capitalización de parte de los resultados no asignados, de la siguiente manera: 1 Alfredo Hector Marso: le corresponde el diecisiete por cientos 17% que representa Diecisiete Mil 17.000 acciones; 2 María Cristina Marso: le corresponde el dieciséis con cincuenta por ciento 16,50% que representan Dieciséis Mil Quinientas 16.500 acciones; 3
Carlos Alberto Calvet: le corresponde el treinta y tres por ciento 33% que representa treinta y tres mil 33.000 acciones; 4 Carlos Horacio Schneider: le corresponde el diecisiete por cientos 17% que representa Diecisiete Mil 17.000, acciones; 5 Hector Ruben Pfarher:
le corresponde el dieciséis con cincuenta por ciento 16,50% que representan Dieciséis Mil Quinientas 16.500 acciones. El capital social podrá ser aumentado hasta el quíntuplo de su monto actual, conforme lo que establece el artículo 188 de la Ley 19.550.Direccion y Administración: Uso de la firma social: Dirección y Administración: La dirección y administración de la Sociedad estará a cargo de un Directorio integrado por dos a diez miembros titulares pudiendo la Asamblea elegir igual o menor número de suplentes, los que se incorporarán al Directorio por el orden de su designación. El término de su elección es de dos ejercicios, siendo reelegibles indefinidamente. La Asamblea fijará el numero de Directores así como su remuneración. El Directorio sesionará válidamente con la mayoría absoluta de sus miembros, y resuelve por mayoría de los presentes, en caso de empate el Presidente desempatará, votando nuevamente.- Los Directores en su primera reunión designará un Presidente y un vicepresidente, este último reemplazará al primero en caso de ausencia o impedimento. En garantía del ejercicio de la función de los Directores, cada uno de ellos deberá depositar títulos públicos equivalentes al 0,50 por ciento del capital social, que se le devolverán al término de su mandato y una vez aprobada su gestión.- El Directorio se reunirá una vez por mes, como mínimo y en cuanto lo requiera cualquiera de los Directores. En tal caso la convocatoria deberá efectuarla el Presidente para reunirse dentro de los cinco días de la solicitud. En su defecto podrá hacerlo cualquiera de los Directores. La convocatoria deberá hacerse con una anticipación de no menos de cinco días. El voto es personal autorizándose únicamente el voto del Director ausente mediante mandato otorgado a uno de sus pares, cuando existiera quórum.- El Directorio tiene todas las facultades para administrar y disponer de los bienes incluso aquellos para los cuales la Ley requiere Poder Especial, conforme a los artículos 1881 del Código Civil y Decreto Ley 5965/63, con excepción de los supuestos contemplados por los incisos 5º y 6º del artículo 1881 precitado, puede en consecuencia celebrar toda clase de actos o contratos en nombre de la Sociedad, comprar, gravar, vender muebles e inmuebles y para operar con toda clase de Entidades financieras o cre-

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 12/6/2014

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaysArgentine

Date12/06/2014

Page count26

Edition count4778

Première édition01/12/2003

Dernière édition01/07/2024

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