Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 1/11/2011

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, martes 1 de noviembre de 2011
Médico asistente - Clínica Médica - Int. Leticia Cichitti Médico asistente - Ginecología - Int. Dr. Raquel Pascaner Centro de Salud Osinalde Paraná Médico asistente - Clínica Médica - Int. Dra.
Mónica Gastiazoro Médico asistente - Clínica Médica - Int. Sandra Ferrari Centro de Salud Cecilia Grierson Paraná Médico asistente - Ginecología - Int. Dr. Roberto Chort Médico asistente - Generalista Int. Dr. Jorge Alarcón Centro de Salud Carlos Reynoso Paraná Médico asistente - Ginecología - Ex. Persoglia Centro de Salud Luis Gianotti - Oro Verde Médico asistente - Clínica MédicaInt. Dra.
Viviana Solier Centro de Salud Puerto Viejo - Paraná Médico asistente - Clínica Médica - con funciones en el Centro de Salud Santa Lucía Int. Dra. Liliana González Centro de Salud El Charrua Paraná Médico asistente - Clínica Médica - Vacante Centro de Salud Malvinas Argentinas Paraná Médico asistente - Clínica Médica - Int. Dra.
Emilce Grippo Centro de Salud Colonia Avellaneda Colonia Avellaneda Médico interno de guardia - Pediatría - Int.
Dr. Alejandro Mauro Médico interno de guardia - Clínica Médica Int. Dr. Edgardo Graf Centro de Salud Dr. Luis Etchevere - Las Delicias Médico interno de guardia - Int. Dra. Gloria Wainger Centro de Salud" Antartida Argentina"
Parana Médico asistente - Clínica Médica - Int. Dr.
Fernando Gutiérrez El acto de inscripción comenzará en fecha a establecer a través de la División Concursos dependiente de la Dirección de Atención Médica de esta Secretaría de Salud, y por el término de quince días hábiles, de lunes a viernes y en el horario de 08 a 12 horas. Los interesados presentarán los recaudos exigidos por el Artículo 3º Inciso c de la Ley 9190, a saber:
A Formulario de inscripción conteniendo los datos personales, y los cargos que desee concursar, expresándolos tal como se consigna en la presente convocatoria.
B Currículum vitae por triplicado, donde se detallarán todos los títulos, antecedentes y cargos desempeñados, que presente para este acto. Si el interés fuera para más un establecimiento asistencial, se deberá agregar una copia adicional del mismo.C Una carpeta donde constarán todos los títulos, antecedentes y certificados que el profesional adjunte para su participación. La misma debe estar correlacionada con el orden del currículum vitae. Todos aquellos antecedentes que obren en fotocopias, deberán estar autenticados por autoridad competente, como asimismo traducir los textos generados en el extranjero. Finalmente en el caso de presentar trabajos científicos, se deberá adjuntar una copia de los mismos como asimismo la certificación correspondiente de donde haya sido presentado.
RESOLUCION Nº 2301 SS
Paraná, 24 de junio de 2008
Aprobando la contratación directa -vía de excepción - con la firma Unidad de Cardiología Intervencionista Sociedad Anónima de Paraná, en concepto a la provisión de un Stent Coronario para el paciente Rubén Oscar Velázquez, DNI Nº 6.079.012 derivado por ser de alta complejidad del Hospital San Martín de Paraná, por la suma de $ 1.500, según Factura Nº 0001-00002622 de fecha 22/12/06 obrante a fs. 3 de autos.

BOLETIN OFICIAL
Encuadrando la presente gestión en la Ley 5140 -texto único y ordenado Decreto N º 404/95 MEOSP, Artículo 27º Inciso c, Apartado b, Punto 9, concordante con el Decreto Reglamentario Nº 795/96 MEOSP, Artículo 142º, Punto 10 y sus modificatorios Decretos Nºs.
5526/07 y 6721/07 ambos del MEHF.
RESOLUCION Nº 2302 SS
Paraná, 24 de junio de 2008
Aprobando la contratación directa, vía de excepción de los servicios prestados por el Instituto de Terapia Intervencionista SA, de Paraná, al paciente Todero César Adrián, DNI Nº 21.698.377, en el mes de octubre/07 derivada del sector público por ser de alta complejidad, por la suma de $ 5.040, según factura Nº 000100000904 del 30/11/07, obrante a fs. 2 de autos.
Encuadrando la presente gestión en lo dispuesto por el artículo 27º, inciso c, apartado b, punto 3 de la Ley 5140, de Administración Financiera, los Bienes y las Contrataciones texto único y ordenado Decreto Nº 404/95
MEOSP y su concordante con el artículo 142º, inciso 4, puntos a y b, del Decreto Nº 795/96
MEOSP y sus Decretos modificatorios Nos.
5526/07 y 6721/07 MEHF y se realizará con fondos librados por la Tesorería General de la Provincia, según Decreto Nº 3615/07, Resolución Nº 64/08 Libramiento 3035/08.
Facultando a la Dirección de Administración de esta Secretaría para que abone a favor del Instituto de Terapia Intervencionista SA, de Paraná, la suma de $ 5.040, en concepto de lo dispuesto por la presente resolución.

INSTITUTO PROVINCIAL DE
DISCAPACIDAD
RESOLUCION Nº 28/2011 IProDI
Paraná, 26 de julio de 2011
VISTO:
La Ley Nacional Nº 26.378 por la que se aprueba la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo Facultativo;
La Ley Nacional Nº 24.901 que establece un Sistema de Prestaciones Básicas en Habilitación y Rehabilitación Integral a favor de las Personas con Discapacidad y su Decreto Reglamentario Nº 1193/98;
La Resolución Nº 47/2001 del Ministerio de Salud de la Nación por la cual se aprueban las Normas de Categorización de Establecimientos y Servicios de Rehabilitación y se incorporan las mismas al Programa Nacional de Garantía de Calidad de la Atención Médica.
La Resolución Nº 1328/2006 del Ministerio de Salud de la Nación por la cual se modifica el Marco Básico de Organización y Funcionamiento de Prestaciones y Establecimientos de Atención a Personas con Discapacidad;
La Resolución Nº 100/2007 del Directorio del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a favor de las Personas con Discapacidad por la cual se aprueban las Normas Marco de Procedimiento de Categorización de Prestadores de Servicios de Atención a Personas con Discapacidad, el formulario de inicio de trámite y control de documentación y las normas que regirán el procedimiento para el otorgamiento de cupos a las instituciones que soliciten categorización de servicios en el marco de la Ley Nº 24.901.
La Ley Provincial de Discapacidad Nº 9891
que en su artículo 1º adhiere a la Ley Nacional Nº 24.901 que establece el Sistema de Prestaciones Básicas en Habilitación y Rehabilitación Integral a favor de las Personas con Discapacidad y;
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario contar con una Junta Evaluadora de Servicios de Atención a Personas con Discapacidad en la Provincia de Entre Ríos, con competencia para categorizar instituciones que brinden servicios de atención y
5 rehabilitación a Personas con Discapacidad y que requieran ser inscriptas en el Registro Nacional de Prestadores;
Que el Registro Nacional de Prestadores es aquel al cual se ingresan los prestadores categorizados de conformidad con las normas reglamentarias y complementarias de la Ley Nº 24.901 y que, por tanto, forman parte del padrón de prestadores a nivel nacional, siendo el Servicio Nacional de Rehabilitación el organismo que tiene a su cargo la inscripción, permanencia y baja de las instituciones en el mencionado Registro.
Que a través del agrupamiento de efectores por categorías relacionadas con su capacidad para la resolución de problemas de las Personas con Discapacidad, se busca racionalizar y adecuar la oferta de servicios a las necesidades de los usuarios.
Que la categorización y posterior inscripción de los prestadores en el Registro en cuestión les permite formar parte del Sistema Único de Prestaciones Básicas de Atención Integral a Favor de las Personas con Discapacidad, y en consecuencia arancelar sus prestaciones de conformidad con el nomenclador vigente para ellas y celebrar en ese marco contratos con las Obras Sociales Nacionales u otros obligados a financiar las prestaciones;
Que en tal sentido, a partir del procedimiento de categorización e inscripción de los prestadores provinciales en el Registro Nacional, las instituciones entrerrianas inscriptas podrán autosustentarse en el tiempo, brindando servicios enmarcados en las normas de calidad de atención y rehabilitación para Personas con Discapacidad establecidas por las autoridades nacionales competentes en la materia;
Que la Resolución Nº 47/2001 del Ministerio de Salud establece en su parte pertinente La categorización es realizada por la Junta Evaluadora Provincial compuesta por un Médico, un Asistente Social, un Psicólogo y un Arquitecto. La categorización del establecimiento se lleva a cabo por medio de la evaluación directa observación en terreno de los recursos existentes, instalados y en funcionamiento planta física y equipamiento y los recursos humanos técnicos y profesionales existentes, que prestan servicio en el establecimiento;
Que concordantemente con ello, la Resolución Nº 100/2007 del Directorio del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a Favor de las Personas con Discapacidad prescribe: 1.- ORGANO COMPETENTE: La categorización de los Prestadores de Servicios será realizada por la Junta Evaluadora de Servicios que se establezca en cada Jurisdicción y por las Juntas Evaluadoras dependiente del Servicio Nacional de Rehabilitación para las jurisdicciones que no hayan ingresado al Sistema creado por Ley Nº 24.901. La misma estará integrada por un Médico, Asistente Social o Licenciado en Trabajo Social, un Psicólogo y un Arquitecto. Podrá disponerse la intervención de un Prof. de Educación Especial, Licenciado en ciencias de la educación o psicopedagogía en caso de evaluación de instituciones educativas o terapéutico-educativas
Que el IProDi cuenta con los profesionales requeridos para la conformación de la Junta Evaluadora de Servicios de Atención a Personas con Discapacidad en la Provincia de Entre Ríos, de conformidad a las exigencias impuestas por la normativa nacional antes citada;
Que la presente medida se encuentra encuadrada en la Ley Provincial Nº 9891, el Decreto Nº 1985/2004 GOB Carta Orgánica del IProDi, y el Decreto Nº 299/2011 GOB;
Por ello;
La Articuladora de Políticas Integrales de Discapacidad a cargo de la Dirección General del Instituto Provincial de Discapacidad R E S U E L V E :
Artículo 1º.- Procédase a la creación de la Junta Evaluadora de Servicios de Atención a

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 1/11/2011

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaysArgentine

Date01/11/2011

Page count20

Edition count4786

Première édition01/12/2003

Dernière édition12/07/2024

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