Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 16/6/2006

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

serán atribuidos al concesionario del mismo, imponiéndose su devolución en el plazo y la forma en que el ente lo determine. Para el caso, la certificación de deuda expedida por el presidente y el contador del ente tendrá la eficiencia de título ejecutivo. El incumplimiento del pago por el concesionario será considerado falta grave, en los términos y con las consecuencias previstas en el artículo 14, inciso b apartado 7 de la presente ley.
Art. 47º: El Poder Ejecutivo Provincial expedirá permisos de exploración de recursos termales, sin perjuicio de las perforaciones existentes a la fecha de entrada en vigencia de la presente Ley, de acuerdo a los siguientes criterios y limitaciones, y siempre respetando una distancia entre pozos que no sea inferior a los diez kilómetros 10 kms.:
a Un 1 permiso por cada ejido municipal.
b Otro permiso dentro de los ejidos municipales, únicamente cuando se trate de proyectos turísticos que contengan, como mínimo, servicios de hotelería y gastronomía categorizados como de cuatro estrellas de acuerdo a estándares internacionales y hayan sido declarados de interés por ordenanza municipal.
c Otros permisos fuera de los ejidos municipales, únicamente cuando se trate de proyectos urbanísticos integrales con orientación turística, que respeten una distancia mínima de diez kilómetros 10kms. de los ejidos municipales, y se desarrollen en una superficie mínima de terreno de veinte hectáreas 20 has. e incorporen una superficie mínima cubierta de veinte mil metros cuadrados 20.000
m2., incluyendo servicios de hotelería y gastronomía categorizados como de cinco estrellas de acuerdo a estándares internacionales, previa declaración de interés municipal por ordenanza del municipio próximo.
Art. 2º -- Comuníquese, etc.
Paraná, Sala de Sesiones, 23 de mayo de 2006.
- Orlando Víctor Engelmann @FIRMAS 2 = Presidente H.C. de Diputados - Elbio Roberto Gómez @FIRMAS 2 = Secretario H.C. de Diputados - Héctor José Strassera @FIRMAS 2 = Vicepresidente 1 H.C. de @FIRMAS 2 = Senadores a/c Presidencia - Sigrid Kunath @FIRMAS 2 = Secretaria H.C. de Senadores Paraná, 12 de junio de 2006.
POR TANTO:
Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, comuníquese, dése al Registro Oficial y archívese.
- JORGE P. BUSTI
- Sergio D. Urribarri Ministerio de Gobierno, Justicia, Educación, Obras y Servicios Públicos, 12 de junio de 2006. Registrada en la fecha bajo el Nº 9714. CONSTE -- Sergio Daniel Urribarri.

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 16/6/2006

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaysArgentine

Date16/06/2006

Page count104

Edition count4802

Première édition01/12/2003

Dernière édition05/08/2024

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