Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes del 27/9/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes

Nº 28.851
Producción y Presidente del Seprofi.
ARTÍCULO 2º: El presente decreto es refrendado por el Ministro Secretario General.
ARTÍCULO 3º: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al Registro Oficial y archívese.
Dr. Gustavo Adolfo Valdés Dr. Carlos José Vignolo
Decreto N 2030
Corrientes, 4 de agosto de 2023
Visto:
El expediente N 112-00125/2023 del registro del Ministerio de Ciencia y Tecnología, y Considerando:
Que por el citado expediente el Ministerio de Ciencia y Tecnología eleva Resolución N 077 de fecha 31 de julio de 2023, solicitando su aprobación correspondiente por decreto del Poder Ejecutivo.
Que en atención a la normativa vigente resulta necesaria la aprobación del acto administrativo de referencia, obedeciendo al dictado de la misma a necesidades operativas del área atento a las previsiones establecidas en el Decreto N 612, de fecha 3 de abril de 2002.
Por ello Por ello, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 162, incisos 1, 2 y 11, de la Constitución de la Provincia de Corrientes, El Gobernador de la Provincia Decreta:
ARTÍCULO 1: APRUEBASE la Resolución N 077 de fecha 31 de julio de 2023, dictada por el Ministro de Ciencia y Tecnología de la Provincia de Corrientes, la que como Anexo forma parte integrante del presente acto administrativo.
ARTÍCULO 2: El decreto es refrendado por el Ministro de Ciencia y Tecnología.
ARTÍCULO3: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al Registro Oficial, y pásese al Ministerio de Ciencia y Tecnología, a sus efectos y archívese.
Dr. Gustavo Adolfo Valdés C.P. Jorge Antonio Gómez
CORRIENTES, 27 DE SEPTIEMBRE DE 2023

fecha 31 de julio de 2023, dictada por el Ministro Secretario General, la que como Anexo forma parte del presente decreto.
ARTÍCULO 2: El decreto es refrendado por el Ministro Secretario General.
ARTÍCULO 3: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al Registro Oficial, y pásese a la Subdirección de Personal de Ministerio Secretaria General, a sus efectos.
Dr. Gustavo Adolfo Valdés Dr. Carlos José Vignolo
Decreto Nº 2034
Corrientes, 4 de agosto de 2023
Visto:
El Expediente N 310-13128-2023 del registro del Ministerio de Salud Pública; y Considerando:
Que se tramita en autos la aprobación de la Resolución Nº 3178 de fecha 07 de junio de 2023.
Que en atención de la normativa vigente resulta necesario la aprobación del acto administrativo citado, obedeciendo el dictado del mismo a necesidades operativas del área, por lo que se estima oportuno proceder en consecuencia, conforme a lo previsto por el Decreto N 612/2002.
Por ello, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 162 incisos 1, 2 y 11 de la Constitución de la Provincia de Corrientes, El Gobernador de la Provincia Decreta:
ARTÍCULO 1º: APRUÉBASE la Resolución Nº 3178 de fecha 07 de junio de 2023, la que como anexo forma parte del presente decreto.
ARTÍCULO 2º: El presente decreto es refrendado por el Ministro de Salud Pública.
ARTÍCULO 3º: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al Registro Oficial y pásese al Ministerio de Salud Pública a sus efectos.
Dr. Gustavo Adolfo Valdés Dr. Ricardo Alberto Cardozo
Decreto N 2033

Decreto Nº 2297

Corrientes, 4 de agosto de 2023

Corrientes, 6 de septiembre de 2023

Visto:
La solicitud elevada este Ministerio Secretaria General, y Considerando:
Que se tramita en autos la aprobación de la Resolución N 5366 de fecha 31 de julio de 2023, dictada por el Ministro Secretario General.
Que en atención a la normativa vigente resulta necesario la aprobación del acto administrativo citado, obedeciendo el dictado del mismo a necesidades operativas del área, atento a las previsiones establecidas en el Decreto N 612 de fecha 3 de abril de 2002.
Por ello, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 162, incisos 1, 2 y 11, de la Constitución de la Provincia de Corrientes, El Gobernador de la Provincia Decreta:
ARTÍCULO 1: APRUEBASE la Resolución N 5366 de
Visto:
El expediente N 000-07187-2023 del registro del Ministerio Secretaría General; y Considerando:
Que el Ministerio Secretaría General solicita un refuerzo presupuestario con el objeto de afrontar erogaciones corrientes que hacen al normal desenvolvimiento de la jurisdicción, al llamado a licitación para el servicio de limpieza y de la obra Complejo gastronómico y cultural.
Que el Ministerio de Hacienda y Finanzas, de acuerdo a las disponibilidades, cederá el crédito presupuestario necesario al Ministerio Secretaría General con el objeto de afrontar los gastos mencionados.
Que el artículo 15 de la Ley N 6.626 de Presupuesto 2023
faculta al Poder Ejecutivo para que, por intermedio del Ministerio de Hacienda y Finanzas, autorice por decreto las modificaciones presupuestarias que impliquen
PAG. Nº 3

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes del 27/9/2023

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Corrientes

PaysArgentine

Date27/09/2023

Page count18

Edition count512

Première édition09/11/2020

Dernière édition25/06/2024

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