Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 3/2/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PÁGINA 2

BOLETÍN OFICIAL

Sección Oficial DECRETO PROVINCIAL
PODER EJECUTIVO: Adhiérese la Provincia de Chubut al Decreto Nacional N 726/2020 mediante el cual se dispone la realización del CENSO
NACIONAL DE POBLACION, HOGARES Y VIVIENDAS 2020
Decreto Nº 38
Rawson, 26 de Enero de 2022
VISTO:
El Decreto Nacional N 726/20, Ley Nacional N
17.622, Ley Provincial VII Nº 6 y el Expediente Nº 1566/
2021-EC; y CONSIDERANDO:
Que el Decreto Nacional Nº 726/20 dispone la realización del Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas 2020 en todo el Territorio Nacional, declarándose de interés nacional;
Que dicho Censo se efectuará en cumplimiento de lo prescripto por la Ley Nacional N 17.622 y sus modificatorias que rige las actividades estadísticas en todo el país, y a la cual la Provincia adhirió mediante la Ley VII N 6;
Que a efectos de su realización, resulta necesario adherir al Decreto Nacional N 726/20, en todos sus términos;
Que es preciso tener en cuenta la extraordinaria magnitud de un Operativo Censal como el presente;
Que por ello, a nivel nacional se crea el Comité Operativo del Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas 2020 que será presidido de forma conjunta por el Instituto Nacional de Estadística y Censos INDEC y el Ministerio de Economía de la Nación;
Que conforme lo dispone el Artículo 80 inciso f del Decreto Nacional Nº 726/20 la responsabilidad de la ejecución del operativo censal estará a cargo de la Provincia dentro de su respectiva jurisdicción, siguiendo los métodos, normas y plazos de ejecución que determine el Instituto Nacional de Estadística y Censos, dando cumplimiento al principio de centralización normativa y descentralización ejecutiva establecido en la Ley Nº 17.622;
Que consecuentemente, resulta necesario disponer en la Provincia de estructuras centrales responsables de la coordinación de las actividades censales por lo que se conformará un Consejo Censal Provincial y un Comité Operativo Provincial;
Que asimismo, y a los efectos de la realización de las tareas pre-censales, censales y post-censales, es necesario disponer de una estructura de trabajo, la cual supone la necesidad de cubrir cargos de respon-

Jueves 3 de Febrero de 2022

sabilidad, idoneidad y profesionalidad;
Que el perfil de los cargos requeridos puede ser cubierto en parte por personal de la Administración Pública Provincial, tanto de nivel jerárquico, como profesional y/o técnico administrativo, así como personal ajeno a esta conforme lo dispone el Decreto Provincial Nº 2175/
04;
Que la magnitud del Operativo Censal y la importancia de los datos derivados del mismo hacen necesario garantizar su éxito a través del concurso y compromiso activo de los Gobiernos Municipales;
Que los gastos que demande el Operativo Censal serán cubiertos con fondos remitidos por el Instituto Nacional de Estadística y Censos INDEC y que surjan de los convenios suscritos y a suscribir entre el INDEC y la Dirección General de Estadística y Censos de la Provincia;
Que como la realización del Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas 2020 requiere la mayor colaboración de los organismos provinciales, el presente se dicta en acuerdo general de Ministros conforme lo dispuesto en el Artículo 3 de la Ley I N 667;
Que la Asesora General de Gobierno ha tomado legal intervención;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS

D E C R E TA :
Artículo 1.- ADHIÉRESE la Provincia de Chubut al Decreto Nacional N 726/2020 mediante el cual se dispone la realización del CENSO NACIONAL DE POBLACION, HOGARES Y VIVIENDAS 2020 en todo el territorio nacional.
Artículo 2.- El gobierno provincial tendrá bajo su responsabilidad las tareas ejecutivas del relevamiento en su jurisdicción, siguiendo los métodos, normas y plazos de ejecución que formule el Instituto Nacional de Estadística y Censos.
Artículo 3.- El Operativo Censal estará a cargo de la Dirección General de Estadística y Censos, dependiente de la Subsecretaria de Coordinación Financiera del Ministerio de Economía y Crédito Público. Se entiende por Operativo Censal el conjunto de actividades precensales, censales y post-censales.
Artículo 4.- Créase el Consejo Censal Provincial del Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas 2020, cuya misión será la coordinación de las tareas censales, con el fin de lograr una eficiente colaboración de los distintos organismos provinciales.Artículo 5.- El Consejo Censal Provincial estará presidido por el Señor Ministro de Economía y Crédito Público, e integrado por funcionarios con cargo no inferior al de subsecretario o equivalente, quienes actuarán en representación de todos los Ministerios, Secretarías y Entes Autárquicos. El Consejo Censal Provincial podrá incorporar como invitados a integrar el mismo a otros organismos nacionales, provinciales, municipales, cuya participación estime conveniente para el mejor cumplimiento de los objetivos censales.
Artículo 6.- Actuará como Secretaria Ejecutiva del

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 3/2/2022

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaysArgentine

Date03/02/2022

Page count25

Edition count4368

Première édition07/01/2004

Dernière édition02/08/2024

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