Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 29/5/2018

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

Martes 29 de Mayo de 2018

BOLETIN OFICIAL

Que asimismo se entiende adecuado que las empresas operadoras de las áreas hidrocarburíferas y gas, y las que cumplen servicios en las etapas de exploración, perforación, workover y pulling de pozos cuenten con Planes de Gestión de Riesgos tendientes a alcanzar el objetivo de cero perdida y/o derrame en sus operaciones o bien de contención y mitigación efectiva de los mismos;
Que los Planes de Gestión de Riesgos deberán incluir entre otros los siguientes lineamientos:
Sistema de Mantenimiento Predictivo, Preventivo y Correctivo; Adecuado diseño y programa de la operación en coordinación con las capacidades del equipamiento disponible; Monitoreo, control y retroalimentación del Plan de Gestión de Riesgos y Control de contingencias mediante el uso de sistemas adecuados para tal fin, como el uso de bandejas colectoras u otro sistema que permita el reúso de las mismas en las operaciones;
Que las empresas operadoras de las áreas hidrocarburíferas y gas, y las que cumplen servicios en las etapas de exploración, perforación, workover y pulling de pozos deben implementar, a partir de la sanción de la presente Resolución, todos aquellos recaudos para evitar la fuga o volcado de los lodos, hidrocarburos y emulsiones generadas durante la perforación, terminación o reparación de pozos de petróleo y/o gas, como asimismo de todas aquellas sustancias capaces de impactar directa o indirectamente al ambiente, asegurándose de esta forma la no generación de impactos negativos;
Que por las razones de oportunidad, mérito y conveniencia desarrolladas en los considerandos antecedentes aconsejan derogar la Resolución 18/18 MAyCDS
y sus normas antecedentes.
Que el Ministerio de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable se encuentra facultado para el dictado de la presente Resolución;
Que la Dirección General de Asesoría Legal y Normativa Ambiental ha tomado intervención en el presente trámite;
Por ello:
El Ministro de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable
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de sanción en el marco de la Ley XI Nº 35.
Artículo 3º.- Los Planes de Gestión de Riesgos a implementar deberán contar como mínimo con los siguientes aspectos:
1. Sistema de Mantenimiento Predictivo y Preventivo que deberá garantizar la corrección de los desvíos y prevención de su repetición que no se haya evitado mediante el mantenimiento preventivo.
2. Adecuado diseño y programa de la operación en coordinación con las capacidades del equipamiento disponible a fin de asegurar cubrir los requerimientos operativos minimizando los impactos ambientales en la operación normal, según el diseño y planificación.
3. Monitoreo, control y retroalimentación del Plan de Gestión de Riesgos. Las herramientas de monitoreo y control, como ser auditorías internas, inspecciones, la identificación de desvíos y su valoración; permitirá retroalimentar la gestión integral de riesgos con el fin de rediseñar y/o evaluar la reingeniería de la operación.
4. Control de contingencias: con el objetivo de prevenir y mitigar los posibles impactos ambientales relacionados con la operación, como el uso de bandejas colectoras u otros elementos de contención que faciliten su reuso en las operaciones.
Artículo 4.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dése al Boletín Oficial y cumplido, Archívese.
Ing. MARIANA VALERIA VEGA
Subsecretaria de Gestión Ambiental y Desarrollo Sustentable A/C MAyCDS
Provincia del Chubut
RESOLUCIÓN SINTETIZADA
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA, PLANEAMIENTO Y SERVICIOS PÚBLICOS

Resuelve:
Artículo 1º.- Dejase sin efecto a partir de la fecha del presente la Resolución Nº 18/2018MAyCDS y la Resolución Nº 13/08-MAyCDS.
Artículo 2º.- Las empresas operadoras de las áreas hidrocarburíferas y gas, y las que cumplen servicios en las etapas de exploración, perforación, workover y pulling de pozos deberán presentar Planes de Gestión de Riesgos para toda actividad de construcción, perforación, terminación y servicios de apoyo a pozos convencionales y no convencionales dentro del término de SESENTA 60 días hábiles desde la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial. Expirado dicho plazo, los incumplimientos a las obligaciones establecidas en la presente Resolución, como así también la detección de posibles impactos ambientales negativos derivados de su no implementación, los hará pasibles
Res. Nº 138

21-05-18

Artículo 1º.- APRUÉBASE la Tabla de Jornales correspondiente al incremento salarial establecido por acuerdo homologado según Resolución 2018-125-APNSECTMT de fecha 20 de marzo de 2018, dicho incremento se otorgará de los siguiente manera: a Uno y medio por ciento 1,5% sobre los salarios básicos vigentes al 31 de enero de 2018 a partir del 1 de febrero de 2018, Anexo I, b Tres por ciento 3% sobre los salario básicos vigentes al 31 de enero de 2018 a partir de 1 de marzo de 2018 en adelante Anexo II.
Artículo 2º.- ESTABLÉCESE que los valores aprobados por el artículo precedente son al solo efecto de la determinación de los costos de la Mano de Obra para las obras contratadas por la Provincia del Chubut.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 29/5/2018

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaysArgentine

Date29/05/2018

Page count18

Edition count4362

Première édition07/01/2004

Dernière édition25/07/2024

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