Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 18/4/2017

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PAGINA 2

BOLETIN OFICIAL

Martes 18 de Abril de 2017

dése al Boletín Oficial y cumplido, Archívese. -

Sección Oficial
MARIO DAS NEVES
Dr. GILARDINO ALBERTO

DECRETOS PROVINCIALES
PODER EJECUTIVO: Déjase sin efecto el Decreto N
245/2017

Dto. Nº 360/17
Rawson, 31 de Marzo de 2017
VISTO:
El artículo 166 de la Constitución Provincial, el Decreto N 245/17; y CONSIDERANDO:
Que mediante expediente N 260-MCG-2017
tramitó la renuncia interpuesta por el Dr. Jorge PFLEGER D.N.I. N 11.973.150 al cargo de Ministro del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia, cuya designación fuera efectuada por el Decreto N 414/2006;
Que mediante Decreto N 245/17 se procedió a aceptar la renuncia del Dr. Jorge PFLEGER a partir del 1º de abril del corriente año;
Que mediante Nota N 047/17-SL el Presidente del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia del Chubut Dr. Marcelo Alejandro Horacio GUINLE remite a este Poder Ejecutivo copia certificada del Acuerdo Plenario N 4481/17 el cual contiene una especial solicitud para que se modifique el Decreto N 245/
17, y en su consecuencia se acepte la renuncia del Dr. Jorge PFLEGER a partir del 1º de Octubre del 2017;
Que la proposición planteada cuenta con la expresa anuencia del Ministro Dr. Jorge PLEGER D.N.I N
11.973.150 quien no ha presentado reparo alguno al respecto; Que no existe impedimento para acceder a dicha solicitud; Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO:
El Gobernador de la Provincia del Chubut
D E C R E TA :
Artículo 1º.- DÉJASE sin efecto el Decreto N 245/
2017.Artículo 2º.- ACÉPTASE, a partir del 1º de Octubre de 2017, la renuncia presentada por el Dr. Jorge PFLEGER D.N.I. 11.973.150 al cargo de Ministro del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia del Chubut.Artículo 3º.- AGRADÉZCASE al Dr. Jorge PFLEGER, los importantes servicios prestados en el desempeño de sus funciones.Artículo 4º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Coordinación de Gabinete.Artículo 5º.- Regístrese, comuníquese, notifíquese,
PODER EJECUTIVO: Listados de Insumos de Primera Necesidad
Dto. Nº 418/2017
Rawson, 07 de Abril de 2017
VISTO:
Los Decretos N 353/2017; 385/2017; 387/2017; las Leyes Nacionales N 20.680 y 24.240; y la Ley Provincial VIl N 22; y CONSIDERANDO:
Que por el Decreto citado en el Visto se declaró el estado de emergencia climática, por el plazo de CIENTO
VEINTE 120 días corridos, en los Departamentos de Escalante, Biedma, Florentino Ameghino, Rawson, Telsen, Gastre, Paso de indios y Mártires, afectadas por el evento climatológico acontecido a partir del día 29 de marzo de 2017, lo cual fue extendido a toda la Provincia, por el Decreto N 387/2017;
Que el artículo 2do. del Decreto N 353/2017 creó un crédito especial en el ámbito del Ministerio de Coordinación de Gabinete, denominado Fondo de Emergencia Climática por la suma de PESOS DIEZ MILLONES $
10.000.000,00;
Que habiéndose comprobado un daño mayor al inicialmente informado, lo cual sumado a nuevas lluvias hizo necesario aumentar el monto del Fondo de Emergencia Climática, extendiendo este crédito especial en PESOS DIEZ MILLONES $ 10.000.000;
Que por el Decreto N 385/2017 se creó el Programa de Asistencia Inmediata a las Zonas Afectadas por las Inclemencias Climáticas, a los fines de paliar las necesidades de las poblaciones afectadas por el evento climatológico acontecido a partir del día 29 de Marzo de 2017, el cual autorizaba a afectar los recursos provenientes de las donaciones que se recibieran para afrontar los gastos de la emergencia decretada;
Que el Decreto citado en el considerando precedente, autorizó al Ministerio de Coordinación de Gabinete, a través de la Direcciones General de Administración, la Subsecretaría de Logística, y la Subsecretaría de Unidad Gobernador, a tramitar, aprobar y contratar, sin los requisitos de orden de compra, suscripción de contrato, requerimientos de garantías, y solicitud de presupuestos, a contratar directamente por aplicación del Artículo 95 inc. C de la Ley ll N6 76 y del artículo 7o inc. C de la Ley I N 11, exceptuándolo de las prescripciones reglamentarias, la adquisición de bienes y servicios, y la ejecución de las obras necesarias para afrontar el Estado de Emergencia Climática;
Que sin perjuicio de las medidas de excepción dictadas por este Poder Ejecutivo y dados los recientes relevamientos y constataciones realizadas, en particular en al Departamento Escalante, estas medidas resul-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 18/4/2017

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaysArgentine

Date18/04/2017

Page count14

Edition count4346

Première édition07/01/2004

Dernière édition02/07/2024

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