Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 25/7/2012

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

Miércoles 25 de Julio de 2012

BOLETIN OFICIAL

servicio autorizada por el artículo 1º del presente Decreto y que asciende a la suma total de EUROS TRES
MIL QUINIENTOS VEINTIOCHO 3.528,00.- con su equivalente en PESOS VEINTE MIL SEISCIENTOS TRES CON
CINCUENTA Y DOS CENTAVOS $ 20.603,52.- se imputará a la Jurisdicción 66 - SAF. 66 -Programa 1 - Actividad 1 - Inciso 3 - Principal 7 - Parcial 2 - Ejercicio 2012
-Fuente de Financiamiento 1.11.-

Dto. Nº 989

10-07-12

Artículo 1.- OTORGUESE a favor de la MUNICIPALIDAD DE PUERTO MADRYN, representada por su intendente el Señor Ricardo Daniel SASTRE, la suma de PESOS TREINTA Y SIETE MIL QUINIENTOS $ 37.500 en concepto de subsidio: destinado a brindar ayuda económica a los trabajadores comprendidos en el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DE LA ALIMENTACIÓN S.T.I.A y SINDICATO DE CAMIONEROS.Artículo 2º.- El subsidio deberá ser invertido dentro de los treinta 30 días de recepcionado y rendido por ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia dentro de los sesenta 60 días de su inversión.Artículo 3.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto se imputará con cargo a la Jurisdicción 15 - SAF 15 - Secretaría de Trabajo - Programa 01 - Conducción de la Secretaría de Trabajo - Actividad A 01/5 Transferencia II Transferencia a instituciones provinciales y municipales para financiar gastos corrientes /6 Aportes a gobiernos municipales - Fuente de Financiamiento 1.11- Ejercicio 2012.-

Dto. Nº 1017

12-07-12

Articulo 1º.- RATIFÍCASE en todos sus términos el Acuerdo de Cooperación Educativa celebrado el 19 de octubre de 2011, entre el Ministerio de Educación, representado por su entonces Ministro, Mirtha Haydeé ROMERO, y la Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación, representada por su entonces Secretario, Cristian Femando MENCHI, protocolizado al Tomo 6, Folio: 007 con fecha 25 de octubre de 2011 del Registro de Contratos de Locación de Obras e Inmuebles de la Escribanía General de Gobierno, con el fin de cumplir con los objetivos enunciados en el Acuerdo de Intenciones de Colaboración, celebrado por las partes y la Secretaría de Trabajo, el día 26 de marzo de 2010, y que fuera ratificado por Decreto N 1030/10, y aprobado por Ley VIII N 90.Artículo 2.- Dése cuenta a la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut.-

RESOLUCIONES
SECRETARÍA DE PESCA
Resolución N 190/12
Rawson Chubut, 16 de Julio de 2012

PAGINA 3

VISTO:
Las Leyes I Nº 259 antes Ley 5074, XVII Nº 86
antes Ley 5585, la Resolución Nº 154/12-SP, y;
CONSIDERANDO:
Que el artículo 2º de la Ley XVII Nº 86 antes Ley 5585 establece que La pesca artesanal marina constituye una actividad extractiva de pequeña escala, mediante la acción directa en forma habitual, individual o asociada, en funciones de capitán o marinero, como así también redero de costa, buzo marisquero o recolector costero, mediante el empleo de artes de pesca y embarcaciones o sin ellas, en la práctica de tareas de captura o recolección de los recursos biológicos marinos y para la cual se deberá contar con un permiso de pesca;
Que la Ley XVII Nº 86 antes ley 5585 en su artículo 3 delimita CUATRO 4 zonas para la administración, compatibles con el aprovechamiento racional y el desarrollo de la pesquería artesanal, determinadas como:
1 - Puerto Madryn: Desde Paralelo 42 hasta Punta Ninfas. 43 Latitud Sur y la Costa.
2 - Rawson: Entre Punta Ninfas y Punta Atlas 44 08 Latitud Sur y la Costa.
3 - Camarones: Entre Punta Atlas y Cabo Aristizábal 45 13 Latitud Sur y la Costa.
4 - Comodoro Rivadavia: Entre Cabo Aristizábal y Paralelo 46.
Que por Resolución Nº 055/12-SP Anexo I, se establecieron los requisitos generales y específicos para el otorgamiento o renovación de los permisos de pesca artesanal marina en jurisdicción de la provincia del Chubut;
Que la Resolución Nº 154/12-SP, Artículo 1º, prorrogó la vigencia de los permisos de pesca artesanal marina año 2011 hasta el 16 de julio de 2012;
Que a los efectos de la colocación de los equipos de monitoreo satelital y la implementación del servicio en las embarcaciones correspondientes a los permisos de pesca artesanal marina en la modalidad extracción de mariscos por buceo, que operan en Zona 1
Puerto Madryn, corresponde establecer una prórroga respecto a la vigencia de estos permisos para el día 15
de octubre de 2012;
Que la autoridad de aplicación en materia de pesca resulta ser la Secretaría de Pesca, conforme prevé el artículo 19 de la Ley I Nº 259 antes Ley 5074;
POR ELLO:
El Secretario de Pesca RESUELVE:
Artículo 1º: PRORROGAR el listado de permisionarios vigentes, en la modalidad extracción de mariscos por buceo en Zona 1 Puerto Madryn hasta el día 15 de octubre 2012.Artículo 2º: REGISTRESE, comuníquese a los interesados, a la Dirección General de Rentas, a la Prefectura Naval Argentina, dése al Boletín Oficial y cumplido Archívese.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 25/7/2012

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaysArgentine

Date25/07/2012

Page count16

Edition count4365

Première édition07/01/2004

Dernière édition30/07/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Julio 2012>>>
DLMMJVS
1234567
891011121314
15161718192021
22232425262728
293031