Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 25/7/2012

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PAGINA 2

BOLETIN OFICIAL

Sección Oficial DECRETO PROVINCIAL
PODER EJECUTIVO: Crear Dentro del Programa Fomento a la Producción Primaria la Línea de Crédito Denominada Compra de Vientres y Reproductores Bovinos Dto. Nº 955/12
Rawson, 05 de Julio de 2012
VISTO:
Las Leyes I N 451 yN 1276; el Decreto N 1507/
08; el Expediente N 1107/12-CCH; y CONSIDERANDO:
Que mediante el dictado del Decreto N 1507/08 se creó dentro del Programa a la Producción Primaria la línea de crédito denominada Compra de Vientres y Reproductores Bovinos, destinada a financiar la adquisición de vientres y reproductores bovinos en Exposiciones Rurales y Cabanas Registradas, la cual fuera ejecutada a través de la ex Unidad Ejecutora Provincial de Industria, Agricultura y Ganadería UEPIAG, dependiente del ex Ministerio de Industria, Agricultura y Ganadería;
Que mediante el Artículo 14 de la Ley I N 451 se sustituye toda mención al Ministerio de Industria, Agricultura y Ganadería, y por el Artículo 20 de la misma Ley se restablece la vigencia de la Ley 1276 que aprobara el Estatuto de la Corporación de Fomento del Chubut CORFO-CHUBUT, el que se tiene por vigente, con las salvedades y modificaciones que se establecen en el Anexo B de dicho cuerpo legal;
Que por el Artículo 3º - Punto II - inciso b de la Ley N 1276, se establece que la Corporación de Fomento del Chubut CORFO-CHUBUT tendrá como objetivo en particular lo relacionado con el afianzamiento, desarrollo y explotación de los sectores agropecuarios, pesquero, industrial, turístico, forestal, minero, comercial de servicios y toda otra actividad productiva;
Que la línea de crédito denominada Compra de Vientres y Reproductores Bovinos tiene como objetivo mejorar o recuperar el nivel genético y/o incremento del stock en especie bovina;
Que a fojas 01 la Gerencia de Financiamiento de la Corporación de Fomento del Chubut CORFO-CHUBUT, propicia la emisión del acto administrativo pertinente que otorgue marco legal a la presente línea de crédito en virtud del restablecimiento de la Corporación de Fomento del Chubut CORFO-CHUBUT;
Que en virtud de lo expuesto, a fojas 35 la Gerencia Administrativo Contable de CORFO CHUBUT informa la partida presupuestaria en que se imputará la línea;
Que por consiguiente y con el fin de conferir mayor factibilidad a los trámites operativos de acceso a la línea aludida, resulta procedente dejar sin efecto el
Miércoles 25 de Julio de 2012

Decreto N 1507/08 y emitir el presente Decreto de creación a ser atendida y ejecutada a través de la Corporación de Fomento del Chubut CORFO-CHUBUT;
Que ha tomado legal intervención el Asesor General de Gobierno;
POR ELLO:
El Gobernador de la Provincia del Chubut DECRETA:
Artículo 1º.- DEJAR SIN EFECTO el Decreto N 1507/08, por lo expuesto en los Considerandos que anteceden.Artículo 2.- CREAR dentro del Programa Fomento a la Producción Primaria la línea de crédito denominada Compra de Vientres y Reproductores Bovinos, destinada a financiar la adquisición de vientres y reproductores bovinos en Ferias y Remates de las Sociedades Rurales de la Provincia del Chubut, la cual será atendida y ejecutada a través de la Corporación de Fomento del Chubut CORFO-CHUBUT.Artículo 3.- FACÚLTASE al Señor Presidente de la Corporación de Fomento del Chubut CORFO-CHUBUT
a reglamentar por Resolución las condiciones generales y particulares de otorgamiento de los créditos.Artículo 4.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, será imputado de la siguiente manera: SAF 601 - Programa 16 - Actividad 13 - Ubicación geográfica 11999 - IPP 631 - Fuente de Financiamiento 211.Artículo 5.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno y Justicia.Artículo 6.- REGÍSTRESE, comuníquese, publíquese, y cumplido ARCHIVESE.Dr. MARTIN BUZZI
Ing. JAVIER H. A. TOURIÑAN

DECRETOS SINTETIZADOS
Dto. Nº 956

05-07-12

Artículo 1º.- AUTORÍZASE la comisión de servicio a realizar por el Subsecretario de Articulación Científica y Tecnológica de la Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, Licenciado Santiago Alberto Miguelez, con Documento Nacional de Identidad N 22.651.044, a la ciudad de Brest, Francia, desde el 10 de julio de 2012 al 16 de julio de 2012, con el objeto de asistir al lanzamiento de la Red Internacional de Territorios de Ciencia Marina, a desarrollarse en la mencionada ciudad.Artículo 2.- FÍJASE en la suma de EUROS QUINIENTOS OCHENTA Y OCHO 588,00.-, el viático diario a percibir por el integrante de la comisión de servicio autorizada mediante el artículo 1º del presente Decreto mientras se extienda su permanencia fuera del país en cumplimiento de la misma.Artículo 3.- El gasto que demande la comisión de

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 25/7/2012

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaysArgentine

Date25/07/2012

Page count16

Edition count4365

Première édition07/01/2004

Dernière édition30/07/2024

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