Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 1/6/2012

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PAGINA 20

BOLETIN OFICIAL

Artículo 2 El Haber Mensual proporcional de la prestación se liquidará a partir de la fecha del deceso.-

Res. N 423

20-04-12

Artículo 1 OTORGAR en el marco de la Ley XVIII
N 32, a la señora Mirta Noemí PEÑA, D.N.I. N 11.354.740, el beneficio de PENSION, en carácter de cónyuge supérstite, derivado del fallecimiento del Señor Jorge TORO, D.N.I. N 10.304.513, ocurrido el 26 de enero de 2012.
Artículo 2 El Haber Mensual de la prestación se liquidará a partir de la fecha del deceso.-

Res. N 424

20-04-12

Artículo 1: NO HACER LUGAR a la pretensión formulada por la señora Susana Argentina MESA, L.C. N
4.159.370, quien solicita que a los fines de la movilidad se calcule a partir de una categoría diferente de aquella que fue tenida en cuenta para la determinación del primer haber.
Artículo 2: HACER SABER a la interesada que podrá interponer Recurso de Reconsideración contra la presente, dentro de los diez 10 días hábiles de notificada Art.9 - Ley XVIII-W32.-

Res. N 431

20-04-12

Artículo 1 OTORGAR JUBILACION ORDINARIA LEY
PROVINCIAL XVIII N 32 al señor José Benjamín MANRIQUEZ, D.N.I. N 5.413.021, quien cumple con la totalidad de los requisitos exigidos por el citado cuerpo legal.
Artículo 2 El Haber Mensual de la prestación se liquidará a partir del 01 de marzo de 2012.-

Res. N 432

20-04-12

Artículo 1 OTORGAR JUBILACION ORDINARIA LEY
PROVINCIAL XVIII N 32 al señora María del Carmen GARCIA, L.C. N 6.265.844, quien cumple con la totalidad de los requisitos exigidos por el citado cuerpo legal.
Artículo 2 El Haber Mensual de la prestación se liquidará a partir del 01 de abril de 2012.

Res. N 433

20-04-12

Artículo 1 OTORGAR en el marco de la Ley Provincial XVIII N 32 el beneficio de PENSION a la señora Estela Susana MESA, D.N.I. N 24.794.214, a Patricio Damián GALINDO, D.N.I. N 41.040.697 -con vencimiento al: 27/09/2016, pudiendo extenderse hasta los 26 años de edad, siempre que acredite los requisitos del artículo 48 del referido plexo normativoy a Fabricio Lautaro GALINDO, D.N.I. N
42.969.671 -con vencimiento al: 23/01/2019, pudiendo extenderse hasta los 26 años de edad, siempre que acredite los requisitos del artículo 48 del referido plexo normativo-.

Viernes 1º de Junio de 2012

Artículo 2 El beneficio se otorga a la señora Estela Susana MESA y a Patricio Damián y Fabricio Lautaro GALINDO en carácter de cónyuge supérstite e hijos respectivamente del señor Patricio Hernán GALINDO, D.N.I. N 21.737.909, fallecido el 27 de noviembre de 2011.Artículo 3 El Haber Mensual de la prestación se liquidará a partir de la fecha del deceso.-

Res. N 434

20-04-12

Artículo 1: NO HACER LUGAR al beneficio de pensión solicitado por la señora Ermelinda JARAMILLO, L.C
N 5.288.824, en el marco de la Ley XVIII N 32, derivado del fallecimiento del señor Anastacio TARDON, L.E. N 5.413.044.
Artículo 2 HACER SABER a la recurrente que tiene derecho a imponer Recurso de Apelación por ante el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia, en forma fundada y dentro del plazo de diez 10 días hábiles de notificada Artículo 9 Ley XVIII N 32.

Res. N 435

20-04-12

Artículo 1 OTORGAR en el marco de la Ley Provincial N XVIII N 32 el beneficio de PENSION a la señora Luisa Ernestina PICHAUD, D.N.I. N 10.028.071 y a Mariano Ezequiel GONZALEZ, D.N.I. N 35.887.048 con vencimiento al: 25/03/2017 siempre que acredite anualmente los requisitos del artículo 48 del referido plexo normativo-.
Artículo 2 El beneficio se otorga a la señora Luisa Ernestina PICHAUD y a Mariano Ezequiel GONZALEZ en carácter de cónyuge supérstite e hijos respectivamente del señor Benjamín GONZALEZ, D.N.I. N 7.818.834, fallecido el 19 de diciembre de 2011.
Artículo 3 El Haber Mensual de la prestación se liquidará a partir de la fecha del deceso.-

Res. N 436

20-04-12

Artículo 1 OTORGAR JUBILACION ORDINARIA LEY
PROVINCIAL XVIII N 32 a la señora Nilda Haydee FARIAS, D.N.I. N 5.961.056, quien cumple con la totalidad de los requisitos exigidos por el citado cuerpo legal.
Artículo 2 El Haber Mensual de la prestación se liquidará a partir del 01 de febrero de 2012.

Res. N 437

20-04-12

Artículo 1 OTORGAR en el marco de la Ley Provincial XVlll N 32 el beneficio de PENSION al señor Julio Erasmo PARRA, D.N.I. N 7.615.205 y a Teresita del Valle PARRA, D.N.I. N 34.089.761 -con vencimiento al:
03/07/2015, siempre que acredite los requisitos del artículo 48 del referido plexo normativo-.
Artículo 2 El beneficio se otorga al señor Julio Erasmo PARRA y a Teresita del Valle PARRA en carácter de cónyuge supérstite e hija respectivamente de la

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 1/6/2012

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaysArgentine

Date01/06/2012

Page count38

Edition count4352

Première édition07/01/2004

Dernière édition11/07/2024

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