Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 1/6/2012
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut
Viernes 1º de Junio de 2012
Res. N 411
BOLETIN OFICIAL
18-04-12
Artículo 1: NO HACER LUGAR a la pretensión formulada por la señora Esther Diola CAYAFA, L.C. N
4.262.094, quien solicita que a los fines de la movilidad se calcule a partir de una categoría diferente de aquella que fue tenida en cuenta para la determinación del primer haber.
Artículo 2: HACER SABER a la interesada que podrá interponer Recurso de Reconsideración contra la presente, dentro de los diez 10 días hábiles de notificada Art.9 - Ley XVIlI-N32.-
Res. N 412
18-04-12
Artículo 1 OTORGAR en el marco de la Ley Provincial XVIII N 32 el beneficio de PENSION a la Srta.
Melody Ayelén FERNANDEZ KENT, D.N.I. N 34.765.804
-con vencimiento al: 11/10/2015, siempre que acredite los requisitos del artículo 48 del referido plexo normativo-, en carácter de hija del Sr. Braulio Daniel FERNANDEZ, D.N.I. N 12.047.331, fallecido el 12 de octubre de 2011.
Artículo 2 El Haber Mensual de la prestación en la cuotaparte correspondiente al momento del otorgamiento se fija en el cincuenta por ciento 50% del haber total de pensión y deberá abonarse a partir de la fecha del deceso.-
Res. N 413
18-04-12
Artículo 1: NO HACER LUGAR a la solicitud de Jubilación por Invalidez Ley Provincial XVIlI - N32, formulada por la Sra. Rosa Irma SIFUENTES, D.N.I. N
13.400.983, por no reunir el grado de incapacidad laborativa que exige el plexo normativo citado.
Artículo 2: HACER SABER a la solicitante que tiene derecho a interponer Recurso de Reconsideración en forma fundada, dentro de los diez 10 días hábiles de notificada la misma Art. 9-Ley XVIlI N 32.-
Res. N 414
18-04-12
Artículo 1 OTORGAR JUBILACION ORDINARIA
DOCENTE LEY PROVINCIAL XVIII N 32 a la señora Nélida Elda PRIETO, D.N.I. N 12.879.527, quien cumple con la totalidad de los requisitos exigidos por el citado cuerpo legal.
Artículo 2 El Haber Mensual de la prestación se liquidará a partir del 01 de marzo de 2012
Res. N 415
18-04-12
Artículo 1: NO HACER LUGAR a la pretensión formulada por la señora Alba GONZALEZ, D.N.I. N
4.162.349, quien solicita que a los fines de la movilidad se calcule a partir de una categoría diferente de aquella que fue tenida en cuenta para la determinación del primer haber.
Artículo 2: HACER SABER a la interesada que podrá interponer Recurso de Reconsideración contra la presente, dentro de los diez 10 días hábiles de notificada Art.9 - Ley XVIII-N32.-
Res. N 418
PAGINA 19
20-04-12
Artículo 1 OTORGAR JUBILACION ORDINARIA
DOCENTE LEY PROVINCIAL XVIII N 32 a la señora Lidia Aidee CASAROSA, D.N.I. N 13.160.078, quien cumple con la totalidad de los requisitos exigidos por el citado cuerpo legal.
Artículo 2 El Haber Mensual de la prestación se liquidará a partir del 01 de marzo de 2012.-
Res. N 419
20-04-12
Artículo 1 OTORGAR en el marco de la Ley Provincial XVIII N 32 el beneficio de PENSION a la señora Argentina Candelaria NAVARRO, D.N.I. N 10.611.049 y a Natalia Paola MANDARINI, D.N.I. N 34.144.544 -con vencimiento al: 30/12/2014, siempre que acredite los requisitos del artículo 48 del referido plexo normativo.
Artículo 2 El beneficio se otorga a la señora Argentina Candelaria NAVARRO y a Natalia Paola MANDARINI en carácter de cónyuge supérstite e hija respectivamente del señor Héctor Mario MANDARINI, L.E. N 8.539.171, fallecido el 20 de agosto de 2011.
Artículo 3 El Haber Mensual de la prestación se liquidará a partir de la fecha del deceso.-
Res. N 420
20-04-12
Artículo 1 OTORGAR en el marco de la Ley Provincial XVIII N 32 el beneficio de PENSION a la señora Beatriz Nelly STENTI, D.N.I. N 6.366.785 y a Matías Héctor Antonio MONTEOLIVA, D.N.I. N 35.888.569
-con vencimiento al: 07/08/2017, siempre que acredite los requisitos del artículo 48 del referido plexo normativo-.
Artículo 2 El beneficio se otorga a la señora Beatriz Nelly STENTI y a Matías Héctor Antonio MONTEOLIVA
en carácter de cónyuge supérstite e hijo respectivamente del señor Néstor MONTEOLIVA, D.N.I. N
7.871.987, fallecido el 24 de diciembre de 2010.
Artículo 3 El Haber Mensual de la prestación se liquidará a partir de la fecha del deceso.-
Res. N 421
20-04-12
Artículo 1 OTORGAR en el marco de la Ley XVIII N32, a la señora María Elena ENTRAIGAS, D.N.I. N
5.247.556, el beneficio de PENSION, en carácter de cónyuge supérstite, derivado del fallecimiento del Señor Juan Milton HUMPHREYS, D.N.I. N 7.331.628, ocurrido el 07 de marzo de 2012.
Artículo 2 El Haber Mensual de la prestación se liquidará a partir de la fecha del deceso.
Res. N 422
20-04-12
Artículo 1 OTORRGAR en el marco de la Ley XVIII
N 32, a la señora Delia María PIRES, D.N.I. N
10.147.336, el beneficio de PENSION, en carácter de cónyuge supérstite, derivado del fallecimiento del Señor José TAPIA MUÑOZ, D.N.I. N 17.536.603, ocurrido el 27 de octubre de 2006.