Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 27/5/2011

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

Viernes 27 de Mayo de 2011

BOLETIN OFICIAL

maniobras necesarias para su apreciación. Durante la observación pueden distinguirse tres momentos: aproximación, permanencia y alejamiento del animal.
Madres con cría: Grupo de ballenas compuesto por una hembra adulta y un cachorro o ballenato nacido en la temporada en que se está realizando el avistaje que permanecen cercanos entre sí en el área de observación.
Grupo de cópula: Grupo de ballenas que presentan una gran actividad en superficie, propia del cortejo de esta especie. En general se encuentran compuestos por una hembra y uno o varios machos.
Golpe de cola: Comportamiento realizado por un individuo que golpea la superficie del agua con la aleta caudal.
Cola fuera del agua: Comportamiento en el que un individuo permanece en posición vertical, con la cabeza dirigida hacia el fondo, en el cual la aleta caudal puede observarse completamente fuera del agua por períodos de hasta varios minutos.
Serie de saltos: Comportamiento que comienza con una inspiración larga seguida de una inmersión en la que se aprecia cómo el pedúnculo caudal se eleva y luego se hunde con fuerza en la superficie. Posteriormente el individuo emerge realizando saltos seguidos en la superficie exponiendo 3/4 partes de la longitud de su cuerpo.
Descanso: Comportamiento en el que los individuos permanecen inmóviles en la superficie, sin muestras evidentes de desplazamiento en ninguna dirección. Alejamiento activo: Reacción del ejemplar en la que evade la embarcación mediante movimientos bruscos en dirección contraria a la posición de ésta, buscando incrementar la distancia que lo separa de la misma.
Persecución: Acción de seguimiento deliberado por parte de la embarcación de avistaje, de un ejemplar que presenta alejamiento activo en más de dos intentos de aproximación.
Deriva: Abatimiento o desvío de la embarcación de su verdadero rumbo por efecto del viento, del mar o de la corriente.
Artículo 3.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretario de Estado en los Departamentos de Comercio Exterior, Turismo e Inversiones y de Coordinación de Gabinete.Artículo 4º.- REGÍSTRESE, comuníquese, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.MARIO DAS NEVES
Cdor. PABLO SEBASTIAN KORN
Lic. EDUARDO FABIAN ARZANI

DECRETOS SINTETIZADOS
Dto. N 504

05-05-11

Artículo 1º.- Modifícase el Presupuesto de Erogaciones de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el Ejercicio 2011, en la Jurisdic-

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ción 10, S.A.F. 10 - SAF Ministerio de Coordinación de Gabinete.Artículo 2º.- Comuniqúese a la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Honorable Legislatura.-

Dto. N 520

09-05-11

Artículo 1º.- Modifícase el Presupuesto de Erogaciones de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el Ejercicio 2011, en la Jurisdicción 40, S.A.F. 40 - SAF Ministerio de la Familia y Promoción Social y en la Jurisdicción 91, S.A.F 91 SAF Obligaciones a Cargo del Tesoro.Artículo 2.- Comuníquese a la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Honorable Legislatura.-

Dto. N 522

09-05-11

Artículo 1º.- Apruébase lo actuado por la Secretaría de Infraestructura, Planeamiento y Servicios Públicos en el Expediente N 5369-SIPySP- 10.-

Dto. N 524

11-05-11

Artículo 1.- AUTORÍZASE a la Dirección General de Administración del Ministerio de Gabinete a transferir y pagar a la empresa Flight Safety International, domiciliada en la ciudad de Wichita, Estado de Kansas, Estados Unidos de Norteamérica la suma de DOLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO CINCUENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS U$S 156.200,00 que serán afectados al pago de los Cursos Anuales Obligatorios de Revalidación de Licencias, Actualización y Perfeccionamiento Aeronáutico que se llevarán a cabo en aquel país correspondientes a la revalidación de licencias habilitantes para comandar e inspeccionar las aeronaves provinciales King Air C90B y Beechjet 400 A -Hawker 400 XP, que realizarán los integrantes de la Dirección de Aeronáutica Provincial dependiente del Ministerio de Coordinación de Gabinete, Pilotos Marcelo Rubén FERNÁNDEZ
D.N.I. N 11.769.607, Edmundo JONES D.N.I. N
11.779.646, Rubén Alberto OSINALDE D.N.I. N
16.060.872, Pablo PASCUAL D.N.I. N 20.545.258, Guillermo Raúl NANI D.N.I. N 14.741.419, Sergio CHIARANDINI D.N.I. N 29.983.581, y Javier LEDESMA
D.N.I. N 27.092.467 y los Técnicos Mecánicos: Alejandro CANTERO D.N.I. N 20.379.796, Pablo LEMMA
D.N.I. N 18.027.123, el Ingeniero Aeronáutico Rolando Ezequiel PICCAGLI D.N.I. N 22.921.536 y el Ingeniero Aeronáutico Gabriel AROSTEGUY D.N.I. N 17.528.401
Director General de Aeronáutica Provincial.
Artículo 2.- AUTORÍZASE la comisión de servicios a realizar por el personal de la Dirección de Aeronáutica Provincial mencionado en el artículo 1 del presente Decreto con el objeto de tomar los cursos especificados en el mismo.
Artículo 3.- AUTORÍZASE el pago al Señor Christian TRIGO con domicilio en 1835 S, Silo, Wichita, Estado de Kansas, Estados Unidos de Norteamérica, por la suma de DOLARES ESTADOUNIDENSES TRECE MIL OCHOCIENTOS CUARENTA U$S 13.840,00 en concepto de

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 27/5/2011

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaysArgentine

Date27/05/2011

Page count28

Edition count4351

Première édition07/01/2004

Dernière édition10/07/2024

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