Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 22/6/2010

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

Martes 22 de Junio de 2010

BOLETIN OFICIAL

Cr. PABLO ALEJANDRO OCA
Director General Dirección General de Rentas Provincia del Chubt I: 16-06-10 V: 23-06-10

PAGINA 3

Artículo 3.- REGISTRESE, comuníquese, dése al Boletín Oficial y cumplido ARCHIVESE.
Cr. PABLO ALEJANDRO OCA
Director General Dirección General de Rentas Provincia del Chubut I: 17-06-10

V: 24-06-10

DIRECCION GENERAL DE RENTAS
Resolución Nº 514/10.
Rawson, 10 de Junio de 2010.
VISTO:
El Artículo 61º del Código Fiscal y la Resolución Nº 352/10-M.H. y;
CONSIDERANDO:
Que el artículo 61º del Código Fiscal, establece que mediante Resolución del Ministerio de Economía y Crédito Público se fijará el interés mensual proporcional calculado sobre la tasa nominal anual pasiva del Banco de la Nación Argentina para operaciones en pesos a aplicarse a los Planes de Facilidades de Pago que otorgue la Dirección General de Rentas;
Que en virtud de la facultad otorgada según lo expresado en el párrafo precedente, el Ministerio de Economía y Crédito Público emitió la Resolución mencionada en el visto fijando la tasa de interés mensual a aplicarse en los Planes de Facilidades de Pago otorgados por esta Dirección General de Rentas sobre la base del Promedio simple de las tasas nominales anuales pasivas informadas mensualmente por el Banco de la Nación Argentina, calculándose los planes de pago mediante el sistema de amortización francés;
Que el artículo 3º de la misma resolución autoriza a la Dirección General de Rentas a establecer mensualmente la tasa resultante;
Que atento a lo informado por el Banco de la Nación Argentina para el mes de Junio del 2010 las tasas nominales pasivas para depósitos a plazo fijo para 90, 120 y 180 días han sido 9.7633 %, 9.8009 %, 10.0088
%, respectivamente.
Que por el promedio de las mismas resulta una tasa de interés mensual a aplicarse a los Planes de Facilidades de Pago a otorgarse por esta Dirección General del 0,82 %;
Que corresponde dictar el instrumento legal pertinente;
POR ELLO
La Dirección General de Rentas de la Provincia del Chubut
RESUELVE:
Articulo 1º.- ESTABLECER que la Tasa de Interés Mensual a aplicar en los Planes de Facilidades de Pagos otorgados por la Dirección General de Rentas será del 0,82 % mensual.
Artículo 2º.- La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial.

RESOLUCIONES SINTETIZADAS
DIRECCION GENERAL DE RENTAS

Res. Nº 505

07-06-10

Articulo 1º.- DEJAR sin efecto la asignación de funciones efectuada por la Resolución Nº 083/05-DGR respecto del agente Edgardo Oscar MOHR LE Nº 8.421.119 respecto de los Juzgados radicados en la ciudad de Trelew, a partir de la fecha de la presente Resolución.
Artículo 2º.- ASIGNAR las funciones previstas en la Resolución Nº 83/05-DGR al agente Dr. Roberto Valentín ALONZO DNI Nº 20.303.268, respecto de los Juzgados radicados en la ciudad de Trelew, a partir de la fecha de la presente Resolución.
Artículo 3.- La asignación de funciones prevista en el artículo anterior lo será con idénticos alcances y efectos que las previstas en la Resolución Nº 083/05-DGR.
I: 17-06-10 V: 24-06-10

MINISTERIO DE ECONOMIA Y CREDITO
PUBLICO

Res. Nº 98

10-06-10

Articulo 1º.- Otórgase un subsidio de PESOS VEINTICUATRO MIL $ 24.000 a la Municipalidad de Gualjaiina, destinado a fortalecimiento institucional, designándose como responsable de la administración y rendición del mismo al señor DUSCHER, José Carlos, DNI Nº 8.188.840.
Artículo 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Resolución será imputado en la Jurisdicción 91 SAF 91 SAF Obligaciones a Cargo del Tesoro, Programa 96, Actividad 01, Partida 576-01: Aportes a Gobiernos Municipales, Fuente de Financiamiento 1.11, Ejercicio 2010.
Artículo 3.- Modifícase el Presupuesto de Erogaciones de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el Ejercicio 2010 en la Jurisdicción 91, SAF 91 SAF Obligaciones a Cargo del Tesoro.
Artículo 4.- El subsidio otorgado por el Artículo 1º deberá ser invertido por el Responsable dentro de los treinta 30 días de recepcionado y rendido ante el Tri-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 22/6/2010

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaysArgentine

Date22/06/2010

Page count66

Edition count4351

Première édition07/01/2004

Dernière édition10/07/2024

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