Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 16/10/2008

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

Jueves 16 de Octubre de 2008

BOLETIN OFICIAL

ciones dependiente de la Dirección de Despacho del Ministerio de Educación.
Artículo 2.- Abónese a la agente Elba Lujan LASTRE M.I. Nº 10.651.281 - Clase 1953 la diferencia salarial existente entre el cargo de revista, Portero de Escuela, Código 1-019- Clase V del Agrupamiento Personal de Servicio - Planta Permanente a cargo del Departamento Registro y Verificaciones y la Dirección de Despacho, en virtud de lo establecido en el Artículo 105 del Decreto Ley N 1987 reglamentado por Decreto Nº 116/
82.Articulo 3.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, se imputará a la Jurisdicción 50 Programa 92: Reclamo Gastos en Personal de Ejercicios Anteriores - Actividad 4: Reclamo Gastos en Personal de Ejercicios Anteriores - Ubicación Geográfica 11999 - Fuente de Financiamiento 111.-

Dto. N 1244

01-10-08

Artículo 1º.- Desígnase en el cargo Abogado Consultor Nº 1 de la Secretaría Letrada de la Asesoría General de Gobierno a la Doctora María Irene CRESCENTE
M I. Nº 27.363.606 - Clase 1979.Artículo 2º.- La Doctora María Irene CRESCENTE
M.I. Nº 27.363.606 - Clase 1979, percibirá una remuneración equivalente al cargo de Director - Categoría 18
del Decreto Ley N 1987.Articulo 3º.- Otórgase el Adicional por Jerarquía Profesional, conforme lo establecido por el Artículo 22 inciso g del Decreto Nº 509/84.Artículo 4º.- Déjase sin efecto la incorporación de la Doctora María Irene CRESCENTE, en la Planta Transitoria - Ley N 5647, como instructora sumarial en la Dirección de Sumarios de la mencionada Asesoría, en el cual fuera designada mediante Decreto N 434/08.Artículo 5.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, será imputado a la Jurisdicción 10 - Ministerio de Coordinación de Gabinete - SAF 10 Programa 24 - Asesoramiento General al Gobierno Actividad 1 - Administración del Sistema Legal Provincial.-

anuales que se transfieren al Municipio de la ciudad de Puerto Madryn, asimismo se establece que los montos detallados podrán ser modificados y/o actualizados en lo sucesivo por Resolución del Señor Ministro de la Familia y Promoción Social, previa solicitud fundada de dicho Municipio.
Artículo 2º.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto se imputará con cargo a Jurisdicción 40 - Ministerio de la Familia y Promoción Social Programa 19 - Actividad 3 - Inciso 5 - Partida Principal 7
- Parcial 6 - Fuente de Financiamiento 111 - Ejercicio año 2008.
Artículo 3º.- Dése cuenta a la Honorable Legislatura Provincial.

Dto. N 1278

06-10-08

Artículo 1º.- RATIFÍCASE en todos sus términos la Addenda al Protocolo Adicional de Descentralización de Instituciones suscripto el día 23 de Marzo de 2006, entre el Gobierno de la Provincia del Chubut, el Ministerio de la Familia y Promoción Social y el Municipio de la ciudad de Puerto Madryn, aprobado por Ley Nº 5575, suscripta en la ciudad de Rawson, el día 22 de Julio de 2008, entre el Ministerio de la Familia y Promoción Social, representado por su titular Don Roddy Ernesto INGRAM y el Municipio de la ciudad de Puerto Madryn, representado por su Intendente Don Carlos Tomás ELICECHE, protocolizada al Tomo 3 - Folio 285 del Registro de Contratos de Locación de Obras e Inmuebles de la Escribanía General de Gobierno, con fecha 07 de Agosto de 2008 y tiene por objeto modificar los incisos a y b de! Artículo 8º a efectos de elevar las sumas
06-10-08

Artículo 1º.- RATIFICANSE en todos sus términos las Addendas a los Protocolos Adicionales de Descentralización de Instituciones suscriptos el día 23 de Marzo de 2006, ratificados por Ley Nº 5575, suscriptas en la ciudad de Rawson, los días 11 de Junio y 27 de Junio de 2008, entre el Ministerio de la Familia y Promoción Social y los Municipios de las ciudades de Rawson, José de San Martín y El Maitén, protocolizadas al Tomo 4Folios 041, 042 y 043 del Registro de Contratos de Locación de Obras e Inmuebles de la Escribanía General de Gobierno, con fecha 21 de Agosto de 2008 y que tienen por objeto modificar el inciso a del Artículo 8º, a efectos de elevar las sumas anuales que se transfieren a los citados Municipios, destinadas a la implementación del Proyecto Institucional Integral de prevención, promoción y protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes ante situaciones de vulneración o violación de sus derechos, en los Hogares transferidos, asimismo se establece que los montos detallados podrán ser modificados y/o actualizados en lo sucesivo por Resolución del Señor Ministro de la Familia y Promoción Social.
Artículo 2º.- Dése cuenta a la Honorable Legislatura Provincial.

Dto. N 1279
Dto. Nº 1277

PAGINA 3

06-10-08

Artículo 1º.- OTÓRGASE un subsidio por la suma de PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/
100 CENTAVOS $ 350.000,00, a favor del Casino de Suboficiales de Policía de la ciudad de Comodoro Rivadavia Personería Jurídica Nº 2486, con domicilio en Namucurá 101 esquina Escalada de la ciudad de Comodoro Rivadavia, representado por su Presidente Sr. Raúl Nayén MORALES D.N.I. 14.450.427 y su Tesorero Sr. José Baudilio GUERRERO D.N.I.
16.001.526, en el marco de la normativa dispuesta por el Artículo 1 del Decreto N 1304/78, modificado por los Decretos Nº 1232/00, 18/03 y 2424/04.Articulo 2.- El subsidio será destinado a la refacción y adecuación de un mínimo de VEINTE 20 habitaciones dobles con las comodidades necesarias e integrales que permitan servir de alojamiento a empleados policiales solteros, de reciente nombramiento y fu-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 16/10/2008

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaysArgentine

Date16/10/2008

Page count20

Edition count4351

Première édition07/01/2004

Dernière édition10/07/2024

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