Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 20/5/2008

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PAGINA 2

BOLETIN OFICIAL

Sección Oficial DECRETO PROVINCIAL
PODER EJECUTIVO: Adhesión de la Provincia al Dto. Nacional Nº 1764/07 Censo Nacional Agropecuario.
Dto. N 524.
Rawson, 09 de Mayo de 2008
VISTO:
El Expte. N 3010/08-MCG; y CONSIDERANDO:
Que el Decreto Nacional N 1764/07 dispone la realización del Censo Nacional Agropecuario en todo el Territorio Nacional, declarándose de interés nacional;
Que dicho Censo se efectuará en cumplimiento de lo prescripto por la Ley Nacional N 17.622 y sus modificaciones que rige las actividades estadísticas en todo el país, y a la cual la Provincia adhirió mediante la Ley N 954;
Que, a efectos de su realización resulta necesario adherir al Decreto Nacional N 1764/07 en todos sus términos;
Que conforme lo dispone el Art. 10 del Decreto Nacional N 1764/07 la responsabilidad del relevamiento censal estará a cargo de la Provincia dentro de su respectiva jurisdicción;
Que es preciso tener en cuenta la extraordinaria magnitud de un operativo censal como el presente;
Que por ello, a nivel nacional se crea el Comité Censal Nacional, resultando necesario en la Provincia disponer de una estructura central responsable, bajo la figura de un Comité Censal Provincial;
Que, asimismo, es necesario disponer de una estructura operativa, la cual supone la necesidad de cubrir cargos de responsabilidad, idoneidad y profesionalidad;
Que el perfil de los cargos requeridos puede ser cubierto en parte por personal de la Administración Pública Provincial, tanto de nivel jerárquico, como profesional y/o técnico administrativo, así como por personal ajeno a ésta conforme lo dispone el Decreto Provincial N 2175/04;
Que los gastos que demande el Operativo Censal serán cubiertos con fondos remitidos por el Instituto Nacional de Estadística y Censos INDEC y que surjan de los convenios suscritos y a suscribir entre el INDEC
y la Dirección General de Estadística y Censos de la Provincia;
Que resulta conveniente a los intereses provinciales adherirse formalmente a lo prescrito por el Decreto Nacional Nº 1764/2007;

Martes 20 de Mayo de 2008

POR ELLO:
El Gobernador de la Provincia del Chubut En Acuerdo General de Ministros
D E C R E TA :
Artículo 1".- ADHIÉRESE la Provincia del Chubut al Decreto Nacional Nº 1764/07 mediante el cual se dispone la realización del Censo Nacional Agropecuario en todo el territorio nacional.
Artículo 2.- El gobierno provincial tendrá bajo su responsabilidad las tareas ejecutivas del relevamiento en su jurisdicción, siguiendo los métodos, normas y plazos de ejecución que formule el Instituto Nacional de Estadística y Censos.
Artículo 3.- El operativo censal estará a cargo de la Dirección General de Estadística y Censos, dependiente de la Subsecretaría de Modernización del Estado del Ministerio de Coordinación de Gabinete. Se entiende por operativo censal el conjunto de actividades precensales, censales y post-censales.
Artículo 4.- Créase el Comité Censal Provincial del Censo Agropecuario, cuya misión será la coordinación de las tareas censales, con el fin de lograr una eficiente colaboración de los distintos organismos provinciales.
Artículo 5º.- El Comité Censal Provincial estará presidido por el Señor Ministro Coordinador de Gabinete, e integrado por el Señor Ministro de Industria, Agricultura y Ganadería, que actuará como presidente alterno, o los funcionarios que los mismos designen, y representantes del Ministerio de Economía y Crédito Público, pudiendo el Comité Censal Provincial incorporar como invitados a integrar el mismo a otros organismos nacionales, provinciales, municipales, cuya participación estime conveniente para el mejor cumplimiento de los objetivos censales.
Artículo 6.- Actuará como Secretario Ejecutivo del Comité, el Señor Director General de Estadística y Censos de la Provincia.
Artículo 7.- El Director General de la Dirección General de Estadística y Censos de la Provincia, en su carácter de Secretario Ejecutivo del Comité Censal Provincial, tendrá las siguientes atribuciones:
a Organizar, dirigir y coordinar la ejecución de las tareas del Censo en el ámbito provincial, de acuerdo con la programación y normas metodológicas establecidas por el INDEC.
b Integrar equipos de trabajo ad-hoc conformados por personal que revista en la Dirección General de Estadística y Censos, personal de otras áreas de la Administración Pública Provincial, con conformidad expresa del organismo de revista y personal ajena a ella, por tiempo determinado, todo ello de acuerdo a lo establecido por el Decreto Provincial N 2175/04.
c Suscribir convenios con organismos públicos o privados, para la ejecución de actividades relacionadas con el Censo Nacional Agropecuario. Los documentos a suscribir deberán contar en los casos pertinentes con la aprobación de las instancias correspondientes según la normativa vigente.
d Asegurar la difusión de los propósitos y procedimientos del operativo censal para lograr que la totali-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 20/5/2008

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaysArgentine

Date20/05/2008

Page count33

Edition count4351

Première édition07/01/2004

Dernière édition10/07/2024

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