Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 22/05/2017

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

4

BOLETIN OFICIAL N 5565

f Asistente de Coordinador de Liquidación de haberes: consistirá en el pago de una suma fija mensual de Pesos seis mil $6.000,00 e implicará la disponibilidad permanente del agente a contra turno del horario normal y habitual.
Art. 2.- Los adicionales creados en el Artículo 1 del presente Decreto tendrán vigencia desde la firma del Convenio para la adquisición del SIGESRRHH con la Empresa ALTEC-SE y por el término de dieciocho 18
meses.
Art. 3.- Los adicionales creados en el Artículo 1 del presente Decreto no son incompatibles con el cobro de Extensión Horaria y/o los adicionales y suplementos previstos por Horario en el Decreto N 1108/05.
Art. 4.- La autoridad de aplicación del presente Decreto será la Secretaría de la Función Pública, quien otorgará los adicionales creados en el Artículo 1 del presente Decreto.Art. 5.- La Secretaría de la Función Pública solo podrá otorgar un 1
adicional para Gerente de Proyecto, uno 1 para Subgerente de Proyecto, uno 1 para Coordinador de Desarrollo de Procesos y uno 1 para Coordinador de liquidación de haberes. En el caso de los adicionales Asistente de Coordinador de Desarrollo de Procesos y de Asistente de Coordinador de liquidación de haberes, solo podrá otorgar hasta dos 2 de sendos adicionales.
Art. 6.- Autorizar al Ministerio de Economía a realizar las adecuaciones presupuestarias que considere necesarias para dar cumplimiento al presente Decreto.
Art. 7.- El presente Decreto será refrendado por el Ministro de Economía.
Art. 8.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.WERETILNECK - I. Kremer.
oOo DECRETO N 503
Viedma, 9 de mayo de 2017.
Visto: el Expediente N 19.466-ERH-2.017, del Registro del Ministerio Economía, y;
CONSIDERANDO:
Que por el mismo se tramitan las Promociones Automáticas del Personal de Planta Permanente del Ministerio de Economía que revistan en el Escalafón de la Ley L N 1.844, en los programas,
Viedma, 22 de Mayo de 2017

categorías, agrupamientos y fechas que en cada caso corresponde, detallados en la planilla anexa que forman parte integrante del presente Decreto;
Que conforme a la autorización del Señor Ministro de Economía en la Nota N 03/201 de la Dirección de Recursos Humanos de este organismo se promueve a los agentes que al día 31 de Diciembre de 2.016 reúnen los requisitos formales de permanencia en las categorías de revista establecida en los Artículos 12 Agrupamiento Administrativo, 15 Agrupamiento Profesional y 19 Agrupamiento Técnico del Anexo II de la Ley L N 1.844, para ascender a la categoría inmediata superior;
Que en cumplimiento a las normas señaladas y conforme los alcances que las mismas determinan, corresponde promover a los agentes consignados en la Planilla Anexa que forman parte integrante del presente Decreto, al reunir los requisitos formales exigidos;
Que la Subsecretaría de Presupuesto del Ministerio de Economía, ha dado cumplimiento a lo establecido en el Artículo 33 de la Ley N 5.173;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, la Asesoría Legal y Técnica del Ministerio de Economía, la Secretaría de la Función Pública y la Fiscalía de Estado mediante Vista N 01513-17;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181 Inciso 3 de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1.- Promover automáticamente de conformidad a lo establecido en los Artículos 12 Agrupamiento Administrativo, 15 Agrupamiento Profesional y 19 Agrupamiento Técnico del Anexo II de la Ley L N 1.844, a los agentes de la Planta Permanente del Ministerio de Economía, en los programas, agrupamientos, categorías y fechas que en cada caso corresponde, detallados en la planilla anexa parte integrante del presente Decreto.Art. 2.- Abonar por el área de liquidación de sueldos la diferencia salarial que corresponden en función de la categoría asignada a cada caso.Art. 3.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Economía.Art. 4.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.
WERETILNECK - I. Kremer.

ANEXO AL DECRETO Nº 503

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 22/05/2017

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaysArgentine

Date22/05/2017

Page count24

Edition count1917

Première édition03/01/2002

Dernière édition04/07/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Mayo 2017>>>
DLMMJVS
123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
28293031