Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 11/08/2014

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 11 de Agosto de 2014

27

BOLETIN OFICIAL N 5275

CONSIDERANDO:
El Tribunal de Cuentas de la Provincia de Río Negro RESUELVE:
Artículo 1º - Aprobar parcialmente la cuenta presentada por el Ente de Desarrollo para la Región Sur, correspondiente al período 01/01/12 al 31/
01/12, en sus aspectos formales, legales, contables, numéricos y documentales, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley K Nº 2747, con las observaciones que se puntualizan en el Capítulo V del Dictamen DRC Nº 34/
2014 que no han sido levantadas, las recomendaciones que se exponen en los puntos 7º; 8º y 9º y las exclusiones que se expresan, para el período citado, en el punto 6º del Capítulo VI Conclusiones del referido Dictamen.
Art. 2º - No aprobar y excluir de la aprobación dispuesta en el artículo 1º y remitir a la Dirección de Juicio de Cuentas, los expedientes Nº 45.829EDRS-2012 por el importe de $10.474,00, a los fines expresados en el punto 6º del Capítulo VI Conclusiones del Dictamen DRC Nº 34/2014, manteniendo los cargos hasta tanto se resuelva la cuestión en definitiva.
Art. 3º - Aprobar parcialmente la cuenta presentada por el Ente de Desarrollo para la Región Sur, correspondiente al período 01/02/12 al 29/
02/12, en sus aspectos formales, legales, contables, numéricos y documentales, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley K Nº 2747, con las observaciones que se puntualizan en el Capítulo V del Dictamen DRC Nº 34/
2014 que no han sido levantadas, las recomendaciones que se exponen en los puntos 7º; 8º y 9º y las exclusiones que se expresan, para el período citado, en el punto 6º del Capítulo VI Conclusiones del referido Dictamen.
Art. 4º - No aprobar y excluir de la aprobación dispuesta en el artículo 3º y remitir a la Dirección de Juicio de Cuentas, los expedientes Nº 45.807EDRS-2012 por importe de $ 3.331,00, 45.866-EDRS-2012 por importe de $ 1.985,00, 45.840-EDRS-2012 por importe de $ 5.000,00, 45.864EDRS-2012 por importe de $ 2.500,00, 45.821-EDRS-2012 por importe de $ 263.190,00, a los fines expresados en el punto 6º del Capítulo VI
Conclusiones del Dictamen DRC Nº 34/2014, manteniendo los cargos hasta tanto se resuelva la cuestión en definitiva.
Art. 5º - Aprobar parcialmente la cuenta presentada por el Ente de Desarrollo para la Región Sur, correspondiente al período 01/03/12 al 31/
03/12, en sus aspectos formales, legales, contables, numéricos y documentales, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley K Nº 2747, con las observaciones que se puntualizan en el Capítulo V del Dictamen DRC Nº 34/
2014 que no han sido levantadas, y las recomendaciones que se exponen en los puntos 7º; 8º y 9º y las exclusiones que se expresan, para el período citado, en el punto 6º en el Capítulo VI Conclusiones del referido Dictamen.
Art. 6º - No aprobar y excluir de la aprobación dispuesta en el artículo 5º y remitir a la Dirección de Juicio de Cuentas, los Expedientes Nº 45.864EDRS-2012, por importe de $2.500,00, 45.892-EDRS-2012 por importe de $ 22.798,60, 45.894-EDRS-2012, por importe de $ 6.213,93, 45.910EDRS-2012 por importe de $ 1.985, 45.914-EDRS-2012 por importe de $
2.709,57, 45.915-EDRS-2012 por importe de $97.300.-, 45.889-EDRS2012 por importe de $ 372.245,00 a los fines expresados, en el punto 6º del Capítulo VI Conclusiones del Dictamen DRC Nº 34/2014, manteniendo los cargos hasta tanto se resuelva la cuestión en definitiva.
Art. 7º - Aprobar parcialmente la cuenta presentada por el Ente de Desarrollo para la Región Sur, correspondiente al período 01/04/12 al 30/
04/12, en sus aspectos formales, legales, contables, numéricos y documentales, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley K Nº 2747, con las observaciones que se puntualizan en el Capítulo V del Dictamen DRC Nº 34/
2014 que no han sido levantadas, y las recomendaciones que se exponen en los puntos 7º; 8º y 9º y las exclusiones que se expresan, para el período citado, en el punto 6º en el Capítulo VI Conclusiones del referido Dictamen.
Art. 8º - No aprobar y excluir de la aprobación dispuesta en el artículo 8º y remitir a la Dirección de Juicio de Cuentas, los expedientes Nº 45.821EDRS-2012 por importe de $ 121.515,94, 45.808-EDRS-2012, por importe de $ 2.579,24, 45.927-EDRS-2012, por importe de $ 10.300, 45.939EDRS-2012 por importe de $ 22.714, 45.942-EDRS-2012 por importe de $ 225.731, 45.978-EDRS-2012 por importe de $ 2.745, 45.895-EDRS2012 por importe de $ 38.890,70 a los fines expresados, en el punto 6º del Capítulo VI Conclusiones del Dictamen DRC Nº 34/2014, manteniendo los cargos hasta tanto se resuelva la cuestión en definitiva.
Art. 9º - Aprobar parcialmente la cuenta presentada por el Ente de Desarrollo para la Región Sur, correspondiente al período 01/05/12 al 31/
05/12, en sus aspectos formales, legales, contables, numéricos y documentales, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley K Nº 2747, con las observaciones que se puntualizan en el Capítulo V del Dictamen DRC Nº 34/
2014 que no han sido levantadas, y las recomendaciones que se exponen en los puntos 7º; 8º y 9º y las exclusiones que se expresan, para el período citado, en el punto 6º en el Capítulo VI Conclusiones del referido Dictamen.

Art. 10. - No aprobar y excluir de la aprobación dispuesta en el artículo 9º y remitir a la Dirección de Juicio de Cuentas, los Expedientes Nº 45.895EDRS-2012 por importe de $ 38.890,70, 46.007-EDRS-2012 por importe de $ 2.950,00, 45.965-EDRS-2012 por importe de $ 10.300,00, 45.968EDRS-2012 por importe de $ 7.300,00, 45.983-EDRS-2012 por importe de $ 5.844,67, 45.985-EDRS-2012 por importe de $ 22.930,00, a los fines expresados, en el punto 6º del Capítulo VI Conclusiones del Dictamen DRC Nº 34/2014, manteniendo los cargos hasta tanto se resuelva la cuestión en definitiva.
Art. 11. - Liberar de cargo a los responsables en la medida de la precedente aprobación y sin perjuicio de la responsabilidad administrativa, patrimonial y/o penal, que pudiera corresponderles por su actuación en los expedientes citados u otros hechos, actos u omisiones de su gestión.
Art. 12. - Hacer saber a los actuales responsables del organismo cuentadante, que en lo sucesivo deberán dar estricto cumplimiento a las recomendaciones efectuadas en el Dictamen DRC Nº 34/2014, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 12 inc. c apartado 1 de la Ley K Nº 2747. A tal fin, remítase copia de la parte pertinente del Dictamen citado, dejándose debida constancia de su recepción por los interesados.
Art. 13. - Notificar a la Contaduría General de la Provincia las observaciones efectuadas a la cuenta, identificadas en el Dictamen DRC Nº 34/2014, para que a través del ejercicio del Control Interno que le compete, verifique el estricto cumplimiento de las normas legales y reglamentarias aplicables a la inversión y rendición de los fondos públicos.
Fdo.: Cr. Juan José Huentelaf, Presidente.- Cra. Erika F. Acosta, Vocal.Dra. María Dolores Cardell, Vocal.
Ante mí: Cr. Gabriel Martínez, Secretario Auditor Contable del Tribunal de Cuentas de la Provincia de Río Negro.
oOo Fallo DRCNº 39/2014
Viedma, 3 de julio de 2014.
Visto, el Expte. Nº 339-S-2012 S/Rendición de Cuentas mes Abril/
2012.- Expte. Nº I-026-DP-12.- Defensor del Pueblo, 518-S-2012 S/
Rendición de Cuentas mes Mayo/2012.- Expte. Nº I-034-DP-2012.- Defensor del Pueblo, 601-S-2012 S/Rendición de Cuentas mes Junio/2012.Expte. Nº I-047-DP-2012.- Defensor del Pueblo y 602-S-2012 S/Rendición de Cuentas mes Julio/2012.- Expte. Nº I-048-DP-2012.- Defensor del Pueblo del registro del Tribunal de Cuentas y los Expedientes Nº I-026-DP-12 S/
Rend. De Cuentas mes de abril/12 Cta. Cte. Nº 900001789, I-034-DP-12
S/Rendición de Cuentas mes de mayo/12 C.Cte. -900001789, I-047DP-12 S/Rend. De Cuentas mes de Junio/12 Cta. Cte. Nº 900001789 y I-048-DP-12 S/Rend. De Cuentas mes de Julio/12 Cta. Cte. Nº 900001789 del registro del Defensor del Pueblo Provincia de Río Negro.
RESULTANDO:
Que durante el período objeto de revisión actuaron como responsables de la administración y fiscalización de los fondos, el entonces Defensor del Pueblo; el Arq. Gustavo Federico Casas, como Jefe Administrativo Dn. Orlando Ramón Bonillo y como Secretario, Dn Ricardo Hugo Agero Hughes.
Que durante el período objeto de revisión las autoridades del organismo son:
la Defensora del Pueblo Dra. Nadina Mariel Díaz y la Defensora Adjunta Sra Adriana Claudia Santagati y los responsables de la administración y fiscalización de los fondos de la Cuenta Corriente Nº 900001789 a Nadina Mariel Díaz, Nora Graciela Mortada, Orlando Ramón Bonillo y Ariel Ángel Castrillo.
Que el movimiento de fondos operado durante el período examinado fue el siguiente:

C T A . N º 900001789
P R E S .F U N C .

C T A . N º 900001789
P R E S .F U N C .

C T A . N º 900001789
P R E S .F U N C .

C T A . N º 900001789
P R E S .F U N C .

SALDO AL
3 1 /0 3 /1 2
$

IN G R E S O S

EGRESOS

$

$

SALDO AL
3 0 /0 4 /1 2
$

1 7 .0 1 7 ,4 4

6 8 3 .9 6 3 ,8 9

6 7 6 .9 0 0 ,1 9

2 4 .0 8 1 .1 4

SA LD O A L
3 0 /0 4 /1 2
$

IN G R E S O S

EG RESO S

$

$

SA LD O A L
3 1 /0 5 /1 2
$

2 4 .0 8 1 ,1 4

6 9 2 .1 5 7 ,3 0

6 8 3 .3 4 9 ,0 8

3 2 .8 8 9 ,3 6

SA LD O A L
3 1 /0 5 /1 2
$

IN G R E S O S

EG RESO S

$

$

SA LD O A L
3 0 /0 6 /1 2
$

3 2 .8 8 9 ,3 6

7 4 1 .2 9 5 ,3 8

7 6 1 .6 0 0 ,2 5

1 2 .5 8 4 ,4 9

SA LD O A L
3 0 /0 6 /1 2
$

IN G R E S O S

EGRESOS

$

$

SA LD O A L
3 1 /0 7 /1 2
$

1 2 .5 8 4 ,4 9

1 .0 1 5 .2 9 8 ,4 1

1 .0 0 6 .7 9 7 ,2 1

2 1 .0 8 5 ,6 9

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 11/08/2014

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaysArgentine

Date11/08/2014

Page count36

Edition count1921

Première édition03/01/2002

Dernière édition18/07/2024

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