Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 21/08/2014

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 21 de Agosto de 2014

Nº 5278

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 8,00 PUBLICACION BISEMANAL
AÑO LV
EDICION DE 22 PAGINAS

SECRETARIA GENERAL
Tel. 02920 422862 - 423512 Fax 02920-430404
Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 22

DECRETOS

DECRETO Nº 986
Viedma, 04 de Agosto de 2014.
Visto: El Expediente N 052.788-D-2.014, del Registro del Instituto Provincial del Seguro de Salud, las Leyes A N 2.397, L N 3.487, y;
CONSIDERANDO:
Que por el mismo se tramita el otorgamiento de un adicional especial funcional para adquirir vestimenta de trabajo, de carácter no remunerativo y no bonificable por única vez de Pesos Ochocientos Cincuenta $ 850,00, con destino a los agentes que prestan servicios en el Instituto Provincial del Seguro de Salud a fin de que con dicha suma adquieran su vestimenta de trabajo;
Que conforme a los principios de salubridad e higiene laboral, los agentes deben vestir indumentaria apropiada para la prestación de servicios administrativos;
Que el Estatuto Escalafón General Básico para el Personal de la Administración de la Provincia de Río Negro aprobado por Ley L N
3.487 establece en el Artículo 23 Inciso n, que el personal deberá usar la indumentaria de trabajo que se le provea en carácter de agente público;
Que el estado puede proveer directamente la indumentaria de trabajo u otorgar una suma de dinero a tal fin, estimándose más conveniente en esta oportunidad otorgar el dinero a los agentes , para que cada uno pueda adquirir en forma inmediata la indumentaria apropiada para la actividad que desarrolla en el ámbito del Instituto ;
Que la Ley A N 2.397, faculta a los titulares de los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial a dictar normas que regulen en su ámbito de aplicación el sistema de bonificaciones y adicionales personales y/o funcionales;
Que el presente gasto será atendido con los recursos provenientes del Recurso N 12.911 Otros Ingresos no Tributarios del Instituto Provincial del Seguro de Salud:
Que a fojas 10 ha tomado intervención la Subsecretaría de Presupuesto en los términos de la Ley 4.924;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, la Asesoría Legal del Instituto Provincial del Seguro de Salud, Secretaría de la Función Pública y Reconversión del Estado y Fiscalía de Estado según la Vista N 03055-14;
Que el presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181 Inciso 1 de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1.- Otorgar por única vez, un adicional funcional para adquirir indumentaria de trabajo, de carácter no remunerativo y no bonificable de Pesos Ochocientos Cincuenta $ 850,00, para el personal que preste servicios efectivos en el Instituto Provincial del Seguro de Salud.Art. 2.- El adicional de indumentaria creado en el Artículo 1 del presente Decreto será abonado conjuntamente con los haberes del mes de Agosto de 2.014.Art. 3.- Será deber del agente procurarse con el adicional otorgado la vestimenta de trabajo acorde a su función.-

Art. 4.- Aprobar el gasto emergente por la suma total de Pesos Cuatrocientos Treinta y Un Mil Ochocientos $ 431.800.- y comprometer los créditos presupuestarios del Programa 01.00.00.09 de la Jurisdicción 71.Art. 5.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Ministro de Salud.Art. 6.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.WERETILNECK. L. F. Zgaib.
oOo DECRETO Nº 988
Viedma, 04 de Agosto de 2014.
Visto: El Expediente N 142.050-SA-14, del Registro del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca, y;
CONSIDERANDO:
Que por el mismo se tramitó la ratificación del Acta Acuerdo Complementaria N 64 suscripta entre la Provincia de Río Negro representada por el Ministro de Agricultura, Ganadería y Pesca y la Fundación Barrera Zoofitosanitaria Patagónica FUNBAPA, representada por su Presidente, y se otorgó un aporte no reintegrable a favor de dicha Fundación por la suma de Pesos Diez Millones $ 10.000.000,00 destinado a la creación de un Fondo Rotatorio de Créditos para otorgar financiamiento a productores y/o empresas vinculadas a la actividad productiva;
Que el Artículo 7 del Acta Acuerdo Complementaria N 64 establece que toda modificación o prórroga que se efectúe por mutuo acuerdo de partes, se formalizará mediante la suscripción de un Addenda a la misma;
Que se suscribió una Addenda entre ambas partes con el objeto de modificar el Artículo 4 del Acta Acuerdo mencionada, incorporando un inciso que contemple la posibilidad de destinar los fondos originariamente aportados hasta la suma de Pesos Novecientos Cincuenta y Dos Mil Doscientos Veinte $ 952.220,00 para la realización de contrataciones y/o adquisiciones necesarias para dar cumplimiento al Convenio;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Asesoría Legal del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca y Fiscalía de Estado mediante Vista N 02900-14;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181 Inciso 1 de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1.- Ratificar la Addenda al Acta Acuerdo Complementaria, celebrada entre el Ministerio de Agricultura Ganadería y Pesca representado por el Señor Ministro, Don Haroldo Amado Lebed y la Fundación Barrera Zoofitosanitaria Patagónica FUNBAPA, representado por su Presidente, Medico Veterinario Raúl Osvaldo Vita que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto.Art. 2.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Agricultura, Ganadería y Pesca.Art. 3.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.WERETILNECK. H. A. Lebed.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 21/08/2014

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaysArgentine

Date21/08/2014

Page count22

Edition count1917

Première édition03/01/2002

Dernière édition04/07/2024

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