Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 24/02/2014

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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Art. 2 - Dar intervención a la Escribanía General de Gobierno con el objeto de que extienda la pertinente escritura, con adecuación a lo determinado por la Ley Nacional N 21.477, modificada por su similar N 24.320, para su ulterior inscripción en el Registro de la Propiedad Inmueble, cancelando, consecuentemente, toda otra inscripción de dominio que se oponga.
Art. 3 - El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Obras y Servicios Públicos.
Art. 4 - Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.WERETILNECK - F. Vaca Narvaja.oOo DECRETO Nº 88
Viedma, 06 de Febrrero de 2014.
Visto: el Expediente N 076.500-G-13, del Registro del Ministerio de Gobierno; y CONSIDERANDO:
Que por el mismo se tramita el otorgamiento de un aporte no reintegrable a favor de la Municipalidad de Chimpay, por un importe de Pesos Doscientos Mil con 00/100 $ 200.000,00, destinados a la compra de un Camión Regador;
Que dicho aporte se efectúa de acuerdo a lo normado en el Artículo 4 del Decreto N 134/10, modificado por Decreto N 229/13;
Que se hace necesario comprometer y devengar el presente gasto en los términos de los Artículos 30 y 31 de la Ley H N 3.186 de Administración Financiera;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control: Dirección de Asuntos Legales del Ministerio de Gobierno y Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado mediante Vista N 00398-14;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181 Inciso 1 de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA
Artículo 1.- Otorgar un aporte no reintegrable por la suma total de Pesos Doscientos Mil con 00/
100 $ 200.000,00, a favor de la Municipalidad de Chimpay, destinados a la compra de un Camión Regador.Art. 2.- El monto total asignado en el artículo precedente, serán abonados en dos 2 cuotas iguales y consecutivas de Pesos Cien Mil con 00/100 $
100.000,00, deberá ser girado a la orden de la Municipalidad de Chimpay - C.U.I.T. N 30 67253504/9, Señor Intendente Municipal, Don.
Gerardo Omar Bravo, C.U.I.L. N 20 - 17828133/
0, y/o Señor Secretario de Hacienda, Don. Mario Leonardo Pérez, C.U.I.L. N 23-16328970/9, quienes serán responsables de su utilización y oportuna rendición de cuentas, conforme a lo establecido en el Artículo 4 del Decreto N 134/
10, modificado por Decreto N 229/13.Art. 3.- Comprometer a los créditos de la Jurisdicción 17 del Programa 29 - Subprograma 00 - Proyecto - 00 - Actividad 02 - Partida 572
Otras Transferencias a Municipalidades, Código de Financiamiento 10 del Presupuesto General de Gastos vigente.Art. 4.- Luego de cumplimentada la etapa del devengado, según lo establecido por el Artículo 29
de la Ley H N 3.186, abonar por la Tesorería General de la Provincia la suma de Pesos Doscientos Mil con 00/100 $ 200.000,00, de acuerdo a lo previsto en el Artículo 2 del presente Decreto.Art. 5.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Gobierno.Art. 6.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.WERETILNECK - L. Di Giácomo.-

BOLETIN OFICIAL N 5227
DECRETO Nº 98
Viedma, 11 dee Febrero de 2014.
Visto: el Expediente N 109790-EDU-13, del registro del Ministerio de Educación y Derechos Humanos; y CONSIDERANDO:
Que por Decreto N 1252/13 se aprobó el llamado a Licitación Pública, la documentación técnica y legal que conforma el Proyecto Ejecutivo para la ejecución de la Obra: Ampliación y Refacción en Escuela Primaria N 137- Allen-Plan de Obrasy la Comisión de Preadjudicación correspondiente;
Que se ha cumplido con las publicaciones e invitaciones que exige la Legislación vigente;
Que a fojas 626/627, se acredita la venta de pliegos de bases y condiciones mediante los depósitos efectuados por cada empresa, suscribiendo los oferentes dichos comprobantes;
Que erróneamente se consignó la ciudad de Allen como la localidad correspondiente al establecimiento escolar, siendo el Municipio de Fernández Oro, la jurisdicción correspondiente;
Que lo mencionado anteriormente, fue informado a los oferentes mediante Circular Sin Consulta N 1 de fecha 01/11/2013, a fojas 631, y a fojas 627, en la que se manifiesta que el establecimiento escolar se encuentra emplazado en el Paraje Ex Isla 10, dentro del ejido municipal de Fernández Oro;
Que con fecha 15 de Noviembre de 2013, se procedió a la apertura de sobres correspondientes a la Licitación Pública N 28/13, según consta a fojas 1726/1727, acto al que presentaron sus ofertas las firmas URBANA SRL y BASZKIR
CONSTRUCCIONES S.A., Que comparadas y analizadas las propuestas por la citada Comisión, se observa que la firma URBANA SRL, presenta la oferta mas conveniente, cotizando en un Quince Con Cero Dos Porciento 15.02% por debajo del Presupuesto Oficial actualizado, ofertando construir la obra por la suma de Pesos Cinco Millones Seiscientos Setenta y Cinco Mil Cien $ 5.675.100,00;
Que si bien la empresa URBANA SRL ha cumplimentado lo previsto en el punto 4.3 del Pliego de Bases y Condiciones, por lo que se considera oferta admisible, se le notifica que deberá remitir la documentación detallada mediante nota obrante a fojas 1733, en el término de 48 hs a partir de la recepción de la misma;
Que dicha documentación fue recepcionada en tiempo y forma por lo que luego de ser evaluada por la Comisión de Preadjudicación la misma recomiendan la ejecución de los trabajos previstos, a la empresa URBANA SRL por el monto ofertado de Pesos Cinco Millones Seiscientos Setenta y Cinco Mil Cien $ 5.675.100,00, según consta en Acta de Preadjudicación obrante de fojas 1849 a 1850, del presente expediente;
Que por todo lo expuesto anteriormente surge que es conveniente adjudicar la ejecución de la presente Obra licitada a la firma URBANA SRL con domicilio legal en calle Flores del Campo N 389
de la ciudad de Viedma, CUIT N 30- 70900659-9;
Que la presente obra se financia con recursos provenientes del Ministerio de Educación de la Nación, el cual tiene como finalidad, financiar en las Provincias, obras que contribuyan a la mejora de la infraestructura educativa, urbana o rural;
Que el plazo de ejecución de la Obra se estima en trescientos 300 días corridos a partir del inicio de obra, proyectándose una ejecución presupuestaria para el ejercicio 2.014, por la suma de Pesos Cinco Millones Seiscientos Setenta y Cinco Mil Cien $ 5.675.100,00;
Que se deberá registrar el Compromiso conforme al Artículo 30 de la Ley H N 3.186 y su Decreto Reglamentario H N 1737/98, habiéndose
Viedma, 24 de Febrero de 2014
efectuado la Reserva Interna correspondiente, en los términos dispuestos por el Artículo 31 de la citada Ley;
Que el Ministerio de Obras y Servicios Públicos deberá realizar la inspección, certificación y recepción de la obra, correspondiendo al Ministerio de Educación y Derechos Humanos la aprobación y pago de los Certificados de la Obra;
Que el presente trámite se encuadra dentro de lo previsto en la Resolución N 515/08 del Ministerio de Educación de la Nación, con aplicación complementaria y concordante de la Ley J N 286 de Obras Públicas y su Decreto Reglamentario J N 686/62;
Que se ha cumplido con la reglamentación vigente en la materia;
Que han tenido debida intervención la Dirección de Asuntos Legales del Ministerio de Educación y Derechos Humanos, la Contaduría General de la Provincia y la Fiscalía de Estado mediante Vista 509/14;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas en el Artículo 181, Inciso 1
de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA
Artículo 1º.- Apruébese la Licitación Pública N 28/13, para contratar la ejecución de la Obra Ampliación y Refacción en Escuela Primaria N
137- Paraje Ex-Isla 10- Municipio de Fernández OroPlan de Obras.Art. 2.- Adjudícase a la firma URBANA SRL
con domicilio legal en la calle Flores del Campo N
389 de la ciudad de Viedma, CUIT N 3070900659-9 , la ejecución de la Obra mencionada en el artículo anterior, en un todo de acuerdo con la documentación técnica y legal, aprobada por Decreto N 1252/13 que conforma el Proyecto Ejecutivo de la misma, por un monto de Pesos Cinco Millones Seiscientos Setenta y Cinco Mil Cien $ 5.675.100,00.Art. 3.- Ratifíquese el ingreso a Rentas Generales, Cuenta Corriente N 900002543, por la suma de Pesos Dos Mil $ 2000 en concepto de venta de Pliegos, conforme recibos y boletas de depósito obrantes a fojas 626 y 627.Art. 4.- Regístrese el compromiso según lo determinado en el Artículo 30 de la Ley H N
3.186, en la suma de Pesos Cinco Millones Seiscientos Setenta y Cinco Mil Cien $5.675.100,00, correspondiente a la ejecución estimada para el ejercicio 2.014, afectando el gasto al Programa 25, SubPrograma 0, Proyecto 2, Actividad 96, Partida 421, Fuentel 1781 Pacto Federal Educativo.Art. 5.- Producidas la etapa del devengado, con la presentación de las respectivas facturaciones, conformadas de acuerdo al correspondiente Certificado de Obra extendido por la ejecución realizada, según Pliego de Bases y Condiciones, tarea que realizará el Ministerio de Obras y Servicios Públicos, ordénese el pago correspondiente, abonándose por la Tesorería del Ministerio de Educación y Derechos Humanos con cargo a la cuenta N 900002543 del Banco Patagonia S.A.Art. 6.- Autorízase al Señor Ministro de Educación a firmar el contrato respectivo con la firma URBANA S.R.L., dentro del plazo establecido por el Artículo 26 de la Reglamentación de la Ley J N 286 de Obras Públicas y su Decreto Reglamentario J N 686/62.Art. 7.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Educación y Derechos Humanos.Art. 8.- Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dése al Boletín Oficial y archívese.WERETILNECK - H. M. Mango.-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 24/02/2014

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaysArgentine

Date24/02/2014

Page count20

Edition count1919

Première édition03/01/2002

Dernière édition11/07/2024

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