Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 20/02/2014

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 20 de Febrero de 2014

Nº 5226

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 8,00 PUBLICACION BISEMANAL
AÑO LV
EDICION DE 24 PAGINAS

SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
Dirección de Iniciativa Legislativa, Decretos y Boletín Oficial Tel. 02920 422862 - 423512 Fax 02920-430404
Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 24

DECRETOS

DECRETO Nº 34
Viedma, 27 de Enero de 2014
Visto: El Expediente N 173395-SP-2013, del Registro del Ministerio de Desarrollo Social; y CONSIDERANDO:
Que por las citadas actuaciones se gestiona la ratificación y ejecución del Convenio celebrado entre el Ministerio de Desarrollo Social y la Municipalidad de Los Menucos, con destino a solventar gastos de funcionamiento de la Residencia de Larga Estadía Lancay Ruca de dicha localidad;
Que el mencionado Municipio está a cargo de la organización, administración y funcionamiento de dicha Residencia;
Que el Ministerio se compromete a otorgar a dicho Municipio un aporte económico de Pesos Doscientos Cincuenta Mil $ 250.000,00 pagaderos en cuatro 4 cuotas iguales de Pesos Sesenta y Dos Mil Quinientos $
62.500,00 cada una para cubrir los gastos de productos comestibles, limpieza, servicios y de enfermería;
Que a fojas 19/22 obra Informe Técnico donde se recomienda la suscripción del mencionado Convenio;
Que el presente trámite se encuadra en lo normado por el Artículo 4 del Decreto N 134/10 y su modificatoria, Decreto N 229/13;
Que han tomado debida intervención la Secretaría General de la Gobernación a fojas 18 vuelta, la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Desarrollo Social a fojas 32, la Subsecretaría de Presupuesto de la Provincia a fojas 34, la Contaduría General de la Provincia a fojas 39/40 y la Fiscalía de Estado mediante Vista N 08858-13;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181 Inciso 1 de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA
Artículo 1.- Aprobar en todos sus términos el Convenio celebrado entre el Ministerio de Desarrollo Social, representado por el Señor Ministro Don Ernesto Vicente Paillalef DNI N 8.213.511 y la Municipalidad de Los Menucos CUIT N 30-66073848-3 representada por su Intendente, Señora Mabel Fanny Yauhar DNI N 13.899.913, que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto.Art. 2.- Aprobar el gasto por un monto total de Pesos Doscientos Cincuenta Mil $ 250.000,00 pagaderos en cuatro 4 cuotas iguales de Pesos Sesenta y Dos Mil Quinientos $ 62.500,00 cada una para cubrir los gastos de productos comestibles, limpieza, servicios y de enfermería.Art. 3.- Comprometer para el presente ejercicio la suma de Pesos Sesenta y Dos Mil Quinientos $ 62.500,00 al Programa 14, Actividad 01, Partida 572, Código de recurso 11721, todo a cargo del Ministerio de Desarrollo Social.Art. 4.- Autorizar al Ministerio de Desarrollo Social a efectivizar el pago del Convenio ratificado por el Artículo 1, adecuándose a las disposiciones vigentes.Art. 5.- Girar el importe acordado a la Municipalidad de Los Menucos CUIT N 30-66073848-3 siendo responsable de su administración y rendición la Señora Mabel Fanny Yauhar CUIL N 27-13899913-6, conforme a lo establecido en el Decreto N 134/10 y su modificatoria, Decreto N 229/13.-

Art. 6.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Desarrollo Social.Art. 7º.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.WERETILNECK - E. V. Paillalef.
CONVENIO ENTRE EL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO Y
MUNICIPALIDAD DE LOS MENUCOS RESIDENCIA DE LARGA ESTADIA LANCAY RUCA
- PROV. DE RIO NEGRO.Entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Río Negro, representada en este acto por el Señor Ministro de Desarrollo Social Don Ernesto Vicente Paillalef DNI 8.213.511, en adelante EL MINISTERIO
con domicilio en la calle Buenos Aires y Belgrano de la ciudad de Viedma, por una parte, y la Municipalidad de Los Menucos, representada por la Señora intendente municipal Doña Mabel Fanny Yahuar DNI 13.899.913, con domicilio en calle La Rioja s/n casa 27, de esa localidad, en adelante EL
MUNICIPIO por la otra, acuerdan celebrar el presente Convenio destinado al funcionamiento de la Residencia de Larga Estadía Lancay Ruca, sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:
Primera: EL MUNICIPIO, tendrá como objetivo brindar un servicio integral a Adultos Mayores en estado de carencia socioeconómica y/o riesgo psicosocial; favorecer la integración de los mayores al medio social y/o familiar a través de los tratamientos biosociales que se implementen; favorecer la comunicación y la participación de quienes asisten a través del desarrollo de actividades culturales, artesanales y recreativas manteniendo al anciano en su medio social habitual; revalorizar la imagen del Adulto Mayor proyectando un rol activo y vigente en la sociedad. Por otra parte, los objetivos y los modos de intervención propuestos por la Residencia se adecuan a las estrategias del Proyecto Institucional Provincial del Adulto Mayor, a los lineamientos generales y específicos de la Secretaría de Promoción y Protección de Derechos Sociales, a través de la Dirección de Adultos Mayores y a las Resoluciones emanadas de la Organización de las Naciones Unidas y Organización Mundial de la Salud.Segunda: EL MINISTERIO, se compromete a otorgar a EL
MUNICIPIO, un aporte económico de Pesos Doscientos Cincuenta Mil $
250.000,00 pagadero en cuatro 4 cuotas iguales de Pesos Sesenta y Dos Mil Quinientos $ 62.500,00 para cubrir los gastos de productos comestibles, limpieza, servicios y de enfermería devengados durante el presente ejercicio financiero de la Residencia de Larga Estadía Lancay Ruca.Tercera: La transferencia de las cuotas sucesivas quedará supeditada a la rendición y aprobación del 60% de la última cuota inmediatamente anterior y al 100 % de la penúltima.
En aquellos casos que para la rendición de la totalidad de los fondos transferidos prevea la superación de los plazos establecidos en el Decreto Provincial N 134/2010 modificado por Decreto Provincial N 229/2013
noventa 90 días corridos desde la percepción de los fondos de cada cuota.
EL MUNICIPIO deberá solicitar a EL MINISTERIO, mediante nota fehaciente la ampliación de tal petición, en su caso, será autorizado mediante acto administrativo correspondiente.
Cuarta: El recurso humano con el que cuenta EL MUNICIPIO no tendrá relación laboral alguna y de dependencia funcional con EL
MINISTERIO, estando por lo tanto a cargo exclusivo de EL MUNICIPIO

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 20/02/2014

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaysArgentine

Date20/02/2014

Page count24

Edition count1917

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Dernière édition04/07/2024

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