Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 24/10/2013

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 24 de Octubre de 2013

BOLETIN OFICIAL N 5192

Art. 2º.- Adjudicar a la firma AGUAS CONSTRUCTORA SRL, CUIT Nº 30-64686132-9, con domicilio legal en calle Mengelle N 1013, en la ciudad de Cipolletti, la ejecución de la Obra mencionada en el Artículo 1º, en un todo de acuerdo con las especificaciones y demás documentación técnica que se agrega al expediente de referencia, por un monto de Pesos Un Millón Noventa y Seis Mil Novecientos Cincuenta y Tres con 44/100 $
1.096.953.44.Art. 3.- Regístrese el compromiso según lo determinado en el Artículo 30º de la Ley H N 3.186, la suma de Pesos Cuatrocientos Treinta y Ocho Mil Setecientos Ochenta y Uno con 38/100 $ 438.781,38 correspondiente a la ejecución estimada para el ejercicio 2.013, afectando a la Jurisdicción 45
Programa 25 - Subprograma 00 - Proyecto 00 Actividad 02 Partida 331 Financiamiento 10 y quedando para el ejercicio 2014 la suma de Pesos Seiscientos Cincuenta y Ocho Mil Ciento Setenta y Dos con 06/100 $
658.172,06.Art. 4º.- Firme que se encuentre la Adjudicación, otorgada a la firma AGUAS CONSTRUCTORA SRL, CUIT N 30-64686132-9 se concederá el anticipo Financiero que prevé el Pliego de Bases y Condiciones Legales Particulares, previa acreditación de la Fianza Bancaria o Póliza de Seguro de Caución por el monto del anticipo del 15%, que asciende a Pesos Ciento Sesenta y Cuatro Mil Quinientos Cuarenta y Tres con 02/100 $ 164.543,02
y una vez suscripto el Contrato de Obra.Art. 5.- Una vez devengado el gasto y contra la presentación de la factura y el Certificado de Obra debidamente conformado de acuerdo al avance de la ejecución realizada según el Pliego de Bases y Condiciones, ordenar el pago correspondiente abonándose por la Tesorería General de la Provincia con cargo a la Cuenta Corriente N 900001213.Art. 6.- Autorizar al Señor Ministro de Educación y Derechos Humanos a firmar el contrato respectivo con la firma AGUAS CONSTRUCTORA
SRL, dentro del plazo establecido por el Artículo 26 del Reglamento de la Ley J Nº 286 de Obras Pública.Art. 7.- A través del Consejo Escolar del Ministerio de Educación y Derechos Humanos, se confeccionarán los correspondientes Certificados de Pago para su posterior cancelación a través de la Tesorería General de la Provincia, conforme el Pliego de Bases y Condiciones de la presente Licitación Privada.
Art. 8º. El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Educación y Derechos Humanos.Art. 9º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dése al Boletín Oficial y archívese.WERETILNECK. H. M. Mango.

Licitación Privada N 12/2013
CONTRATO N
Entre El Ministerio de Educación y Derechos Humanos de la Provincia de Río Negro, en adelante EDUCACION y la Firma AGUAS
CONSTRUCTORA SRL, - CUIT N 30-64686132-9 en adelante EL
CONTRATISTA, que fija su domicilio legal en calle Mengelle N 1013 de la ciudad de Cipolletti, se conviene en celebrar el siguiente Contrato.
Artículo 1: EL CONTRATISTA se compromete a ejecutar arreglo a su fin, en un todo de acuerdo a lo establecido en el presente y a la documentación que se enumera en el Artículo 2, la obra denominada: S/
Programa de Mantenimiento de Establecimientos Educativos Año 2013
12 Meses CipollettiGrupo A, sito en la ciudad de Cipolletti, Provincia de Río Negro.
Art. 2: La documentación que integra este CONTRATO está compuesta por: Pliego de Bases Legales Generales fojas 10; Especificaciones Técnicas Generales fojas 09; Pliego de Cláusulas Legales Particulares fojas 09;
Planilla Modelo de Propuesta fojas 01; Memoria Descriptiva fojas 01;
Planilla de Precios Unitarios fojas 04; Modelo de Cartel fojas 02 todo otro documento que legalmente corresponda integrar la Documentación Contractual; dicha documentación se completará con Resolución N 214/
13, aprobatoria de Presupuesto Oficial y la presente obra. La normativa que rige el presente contrato se integra por: Pliego de Cláusulas Legales Particulares, Oferta y Decreto N /13, de adjudicación que corren agregados al Expediente N 109332/EDU/2013, y las Ordenes de Servicio que por escrito imparta la Inspección.
Art. 3: La obra se contrata por el sistema de UNIDAD DE MEDIDA Y
PRECIOS UNITARIOS, estableciéndose como MAXIMA retribución a EL
CONTRATISTA, el monto de su oferta básica que asciende en la suma de Pesos Ochenta y Un Mil con 00/100 $ 81.000,00, Monto Previsto Anual para el Grupo Pesos Un Millón Noventa y Seis Mil Novecientos Cincuenta y Tres con 44/100 $ 1.096.953,44. Será de aplicación el Decreto N 686/
02 si correspondiere. El mes base para la Redeterminación de Precios es el anterior a la Apertura de Ofertas.
Art. 4: EDUCACION, en concepto de Anticipo Financiero y de acuerdo al Artículo N 50 de la Ley J N 286 de Obras Públicas, anticipará un Quince por ciento 15% del Monto Contractual que asciende a la suma de
3

Pesos Ciento Sesenta y Cuatro Mil Qunientos Cuarenta y Tres con 02/100 $ 164.543,02, lo cual se afianza mediante Póliza de Seguro N
695.533.
Art. 5: EDUCACION acepta el precio establecido en el Artículo 3, y se compromete a abonar los certificados de obra hasta la misma suma. La certificación se efectuará mensualmente, en forma parcial y provisoria y conforme al cómputo aprobado y visado por la Inspección y Dirección de Arquitectura e Infraestructura Escolar respectivamente: En consecuencia, los pagos que se realicen tendrán carácter de pagos a cuenta de mayor cantidad, sin que ello implique la aceptación de los trabajos.
Art. 6: EDUCACION, dará inicio de Obra a partir de la firma del Acta de Inicio de Obra conforme el Apartado 19 del Pliego de Bases y Condiciones Legales Particulares, y deberá entregar totalmente terminados los trabajos con arreglo a su fin, en un plazo no mayor de 365 trescientos sesenta y cinco días corridos, contados a partir del inicio de obra. Asimismo EL
CONTRATISTA se obliga a ejecutar la obra de conformidad con todas y cada una de las características técnicas requeridas en la documentación descripta en el Pliego de Bases y Condiciones.
Art. 7: Provisión de Elementos. EL CONTRATISTA deberá proveer, en un plazo de treinta 30 días corridos a partir de la fecha de firma del presente contrato, al Ministerio de Educación y Derechos Humanos, los elementos detallados en el Apartado 32 del Pliego de Condiciones Legales Particulares. En caso de incumplimiento del plazo de entrega, se deducirá el costo de los insumos solicitados del primer certificado.
Art. 8: Se deja expresa constancia de que la recepción definitiva de los trabajos, motivo de este contrato, no libera a EL CONTRATISTA de las responsabilidades emergentes del Artículo 1646 del Código Civil y Correlativos.
Art. 9: La inspección, contralor y dirección de los trabajos, motivo de este contrato, será ejercida por la Dirección de Arquitectura e Infraestructura Escolar, aceptando EL CONTRATISTA su jurisdicción como así también la de los servicios y agentes dependiente de la misma.
Art. 10: EL CONTRATISTA, afianza el fiel cumplimiento del presente Contrato, mediante Póliza de Seguro N 695.532 por la suma de Pesos Cincuenta y Cuatro Mil Ochocientos Cuarenta y Siete con 67/100 $
54.847,67 que cubre el cinco por ciento 5%, extendida por ALBA
CAUCION - Compañía Argentina de Seguros SA, del importe de la obra y se hará cargo del sellado de Ley. La fianza rendida queda bajo custodia de la Dirección de Arquitectura e Infraestructura Escolar.
Art. 11: Para todos los efectos legales del presente contrato, las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Ciudad de Viedma, Provincia de Río Negro, renunciando a cualquier otro fuero o Jurisdicción.
Siendo suscripto por los Señores: Héctor Marcelo Mango, Ministro de Educación y Derechos Humanos, en representación de EDUCACION, y en representación de EL CONTRATISTA, por el Señor Manuel A. Rodríguez DNI. N 14.700.329, en prueba de conformidad, en la ciudad de Viedma, Capital de la Provincia de Río Negro a los días del mes de Septiembre de dos mil trece se firman cuatro ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto. El Original debidamente estampillado, queda en poder de EDUCACION, el duplicado para EL CONTRATISTA, el triplicado para ser agregado al Expediente citado en el Artículo 2 y el cuadruplicado para ser remitido al Ministerio de Educación y Derechos Humanos.
oOo DECRETO Nº 1540
Viedma, 7 de octubre de 2013.
Visto el Expte. N 41.713-IG-2012, del registro del Departamento Provincial de Aguas, y;
CONSIDERANDO:
Que a través de las citadas actuaciones, el Departamento Provincial de Aguas solicitó a la Municipalidad de Chichinales la desafectación de una calle pública y la cesión a dicho Organismo del inmueble identificado catastralmente como Departamento Catastral 06, Circunscripción 2, Sección G, Chacra 005, Parcela 10C según plano de mensura 199/12 registrado en la Dirección General de Catastro e Información Territorial el día 25 de abril de 2012;
Que en la parcela referenciada se encuentra construida la planta de bombeo de agua de la localidad de Chichinales;
Que dicha parcela fue desafectada del dominio público municipal y cedida a título gratuito al Departamento Provincial de Aguas, mediante Ordenanza N 018 de fecha 31 de mayo de 2012 del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Chichinales, la cual fuera promulgada en fecha 1 de junio de 2012, por el Intendente respectivo;
Que en consecuencia y atento a lo previsto por el Art. 22 del Anexo III
al Decreto H N 1737/98, corresponde que se dicte el acto administrativo que formalice la aceptación de la donación;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Dirección de Asuntos Legales del Departamento Provincial de Aguas, Secretaría Legal y Técnica y Fiscalía de Estado, mediante Vista N 05878-13;

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 24/10/2013

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaysArgentine

Date24/10/2013

Page count54

Edition count1920

Première édition03/01/2002

Dernière édition15/07/2024

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