Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 17/10/2013

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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del Parque Nacional Lago Puelo, al Instituto Provincial del Agua de Chubut, a la Autoridad lnterjurisdiccional de la Cuenca del Río Azul y publíquese en el Boletín Oficial, cumplido, Archívese.
Ing. Juan Luis Gardes, Superintendente General Departamento Provincial de Aguas.
oOo Provincia de Río Negro MINISTERIO DE ECONOMIA
Resolución Nº 514
Viedma, 09 de Octubre de 2013.
Visto, el Expediente N 62.036-L-13, del Registro de la Agencia de Recaudación Tributaria, y;
CONSIDERANDO:
Que por el mismo se tramita el otorgamiento de un aporte no reintegrable a favor de Romina Elisahet Lacoste CUIT N 27-30180905-6, de la Ciudad de San Carlos de Bariloche, Provincia de Río Negro, de Pesos Treinta Mil $ 30.000,00, por los hechos producidos entre los días 20 y 24 de Diciembre de 2.012 traducidos en saqueos, destrucción a comercios, automóviles y violación de domicilios comerciales en la Ciudad de San Carlos de Bariloche y que no ha sido beneficiada o incluida en el Decreto N 118/13;
Que la situación generada fue de convulsión social, involucrando involuntariamente a un gran número de comerciantes y perjudicando gravemente el patrimonio de los mismos;
Que las delegaciones zonales de la Agencia de Recaudación Tributaria constataron los comercios y particulares damnificados, reuniendo documentación de lo acaecido y caratulando cada reclamo en forma individual mediante expedientes;
Que frente a esta situación especial y ante la magnitud de las pérdidas ocurridas, corresponde tomar medidas razonables que permitan acompañar a los comerciantes y particulares damnificados, en especial a las personas físicas propietarias de pequeños comercios a través de un aporte no reintegrable en el marco de lo dispuesto por el Decreto Nº 134/10 con cargo de rendición;
Que por Decreto N 118/13 se estableció que el monto máximo de aporte a otorgar por cada unidad económica o particular damnificado no podrá superar la suma de Pesos Treinta Mil $ 30.000,00, estableciendo el Ministerio de Economía los montos, beneficiarios y mecanismos necesarios para el otorgamiento de los mismos;
Que dicho aporte se encuadra en lo normado en el Artículo 2 del Decreto N 134/10 y modificatorio N 229/13, cuya inversión y rendición de cuentas se realizará en un todo de acuerdo a lo dispuesto en los citados Decretos, designando como responsable al Secretario de Hacienda licenciado Rodrigo Enmanuel Tobares Altamiranda D.N.I. N 31.455.128;
Quc el área de Registro y Control del Presupuesto ha efectuado la reserva interna y el compromiso, en los términos de los Artículos 31
y 30 de la Ley H N 3.186;
Que por aplicación de la Resolución N 119/13
del registro de la Fiscalía de Estado, conforme el Artículo 1 Inc. d, no será obligatorio el control de legalidad previo y notificación a la Fiscalía de Estado, previstas por el Artículo 12 Inc. e de la Ley A N 2.938 y Artículos 7 y 12 de la Ley K N
88, modificada por la Ley N 4.739;
Que han tomado debida intervención los organismos de control, Asesoría Legal y Técnica del Ministerio a fojas 96 y Contaduría General de la Provincia a fojas 105;
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 15 de la Ley N 4.794 y el Artículo 33 del Decreto H N 1.737/98;

BOLETIN OFICIAL N 5190
Por ello:
El Ministro de Economía RESUELVE:
Artículo 1.- Otorgar un Aporte no Reintegrable por la suma de Pesos Treinta Mil $ 30.000.00 a favor de Romina Elisabet Lacoste CUIT Nº 2730180905-6, de la Ciudad de San Carlos de Bariloche, Provincia de Río Negro, por los hechos producidos entre los días 20 y 24 de Diciembre de 2.012 traducidos en saqueos, destrucción a comercios, automóviles y violación de domicilios comerciales en la Ciudad de San Carlos de Bariloche y que no ha sido beneficiada o incluida en el Decreto N 118/13.Art. 2.- Designar como corresponsable de rendición de los fondos, conforme lo establecido por el Decreto N 134/10, al Secretario de Hacienda Licenciado Rodrigo Emmanuel Tobares Altamiranda CUIT N 20-31.455.128-2.Art. 3.- Ratificar el compromiso y la afectación a los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 28, Programa 01, Actividad 01, Partida 514, Financiamiento 10, Rentas Generales.Art. 4.- Cumplimentada la etapa de devengado, según lo establecido por el Artículo 29 de la Ley H
N 3.186, abonar por Tesorería General de la Provincia, con cargo a la Cuenta Corriente N
900001178, la suma de Pesos Treinta Mil $
30.000,00 a favor de Romina Elisabet Lacoste CUIT
N 27-30180905-6, CBU
N 0720285020000000168254, Banco Santander Río, cuyo comprobante respaldatorio de la recepción del Aporte, será el Reporte de Pagos a Proveedores efectuado por del Banco Patagonia.Art. 5.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.Lic. Natalia Mabel Scavo, Directora de Administración.
oOo Provincia de Río Negro MINISTERIO DE TURISMO, CULTURA
Y DEPORTE
Resolución Nº 047/13 SCFyCT.S. C. de Bariloche, 02 de septiembre de 2013.
Visto: El Expte n 2.310-AT-06 del Registro de la ex Dirección General de Proyectos y Fiscalización, mediante el cual se tramita la Habilitación Turística del alojamiento denominado HUEMUL, propiedad de la firma ROMEN S. A., con domicilio en la calle Belgrano 1479 de la localidad de General Roca, y CONSIDERANDO:
Que por Resolución 327/10 MT, de fecha 15/
04/10 se otorgó la Habilitación Turística al establecimiento en el Tipo 1 - Hotel, Categoría: Tres Estrellas, por el término de Tres 3 años;
Que con fecha 01/06/09 se realizó una inspección mediante Acta de Inspección n 1035P
a Fs. 174;
Que a Fs. 175/178, surge del Informe de Categorización que el establecimiento reúne los requisitos para continuar como Tipo 1 - Hotel, Categoría: Tres Estrellas;
Por ello:
El Subsecretario de Control de Fiscalización y Calidad Turística del Ministrio de Turismo, Cultura y Deporte RESUELVE:
Artículo 1º.- Rehabilitar por el término de tres 3 años a partir de la fecha, al establecimiento hotelero denominado HUEMUL, propiedad de la firma ROMEN S.A., en el Tipo: 1 - Hotel, Categoría: Tres Estrellas, en virtud de lo normado por la Reglamentación del Sistema de Clasificación de Alojamientos Turísticos aprobado por Decreto 657/03 y Resolución 228/05, con un total de Treinta y Uno 31 Unidades Alojativas y Noventa y Cinco 95 Plazas Hoteleras.

Viedma, 17 de Octubre de 2013
Art. 2.- Extender el correspondiente Certificado de Habilitación Turística, el que deberá exhibirse permanentemente en la recepción o ingreso al establecimiento.
Art. 3.- Hacer Saber que, el establecimiento asume la carga de mantener actualizada y vigente la documentación presentada, bajo apercibimiento de ordenar la caducidad de la presente habilitación de oficio.
Art. 4.- Registrar, comunicar, notificar al interesado, publicar, remitir copia a la Municipalidad de General Roca, Dirección General de Rentas y Policía de Río Negro, dar al Boletín Oficial y archivar.Lic. Daniel Torres, Subsecretario de Control de Fiscalización y Calidad Turística - Ministerio de Turismo, Cultura y Deporte.

Resolución Nº 048/13 SCFyCT.S. C. de Bariloche, 02 de septiembre de 2013.
Visto: El Expte. n 2.097-AT-04 del Registro de la ex Dirección General de Servicios Turísticos, mediante el cual se tramita la Habilitación Turística del alojamiento denominado LA FUNDACIÓN, propiedad de la señora María Teresa Ramona FERRERO, con domicilio en la calle San Luis 2080
de la localidad de General Roca, y CONSIDERANDO:
Que por Resolución 596/10 MT, de fecha 23/
08/10 se otorgó la Habilitación Turística al establecimiento en el Tipo 1 - Hotel, Categoría:
Dos Estrellas, por el término de Tres 3 años;
Que con fecha 02/06/09 se realizó una inspección mediante Acta de Inspección n 1041P
a Fs. 69;
Que a Fs. 70/72, surge del informe de Categorización que el establecimiento reúne los requisitos para continuar como Tipo 1 - Hotel, Categoría: Dos Estrellas:
Por ello:
El Subsecretario de Control de Fiscalización y Calidad Turística del Ministrio de Turismo, Cultura y Deporte RESUELVE:
Artículo 1º.- Rehabilitar por el término de tres 3 años a partir de la fecha, al establecimiento hotelero denominado LA FUNDACIÓN, propiedad de la señora María Teresa Ramona FERRERO, en el Tipo: 1 - Hotel, Categoría: Dos Estrellas, en virtud de lo normado por la Reglamentación del Sistema de Clasificación de Alojamientos Turísticos aprobado por Decreto 657/03 y Resolución 228/05, con un total de Catorce 14 Unidades Alojativas y Cuarenta y Uno 41 Plazas Hoteleras.
Art. 2º.- Extender el correspondiente Certificado de Habilitación Turística, el que deberá exhibirse permanentemente en la recepción o ingreso al establecimiento.
Art. 3.- Hacer Saber que, el establecimiento asume la carga de mantener actualizada y vigente la documentación presentada, bajo apercibimiento de ordenar la caducidad de la presente habilitación de oficio.
Art. 4.- Registrar, comunicar, notificar al interesado, publicar, remitir copia a la Municipalidad de General Roca, Dirección General de Rentas y Policía de Rio Negro, dar al Boletín Oficial y archivar.Lic. Daniel Torres, Subsecretario de Control de Fiscalización y Calidad Turística - Ministerio de Turismo, Cultura y Deporte.

Resolución Nº 049/13 SCFyCT.S. C. de Bariloche, 02 de septiembre de 2013.
Visto: El Expte. n 2.434-AT-09 del Registro de la ex Dirección General de Proyectos y Fiscalización, mediante el cual se tramita la

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 17/10/2013

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaysArgentine

Date17/10/2013

Page count34

Edition count1920

Première édition03/01/2002

Dernière édition15/07/2024

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