Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 04/03/2013

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 04 de Marzo de 2013

Nº 5123

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 6,00 PUBLICACION BISEMANAL
AÑO LIV
EDICION DE 32 PAGINAS

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Sumario en Pág. 32

DECRETOS

DECRETO Nº 105
Viedma, 7 de Febrero de 2013.
Visto: el Expediente N 29.970-DEP-2011, del registro del ex Ministerio de Hacienda, Obras y Servicios Públicos y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución N 1.039/MHOySP/2.011 del 18 de Julio de 2.011, obrante a fojas 103/104, se aprobó el llamado a Licitación Privada N 06/2.011 para la ejecución de la obra: Programa Ampliación, Refacción y Construcción de Edificios Públicos Refacciones Primera Etapa Penal N
2 Pabellones N 7 y 8 en General Roca siendo su Presupuesto Oficial de $1.018.773,60 Pesos Un Millón Dieciocho Mil Setecientos Setenta y Tres con Sesenta Centavos;
Que dicha obra preveía trabajos de refacción y ampliación de los pabellones N 7 y 8, mediante la realización de demoliciones con el fin de construir nuevas cocinas y núcleos sanitarios, y reorganizar las celdas, trabajos en la cubierta, carpinterías, instalación cloacal, instalación de agua fría y caliente, instalación eléctrica, instalación de calefacción, instalación de gas, pisos, revoques, cielorrasos y pintura;
Que el 11 de Agosto de 2.011 se llevó a cabo el acto de apertura de ofertas, en el cual se presentaron las empresas ALDO L. SIROTICH, ERAIKI
S.A., ZIGMA S.A. y ECA S.A. fojas. 329/330;
Que mediante el acta de Preadjudicación obrante a fojas. 335/336, la Comisión de Preadjudicación creada por Resolución N 047/SOySP/2.011, aconsejó preadjudicar a la empresa ERAIKI S.A., por el monto total de Pesos Un Millon Ciento Sesenta y Nueve Mil Setecientos Treinta y Cuatro $1.169.734;
Que el 23 de Noviembre de 2.011 fue dictado el Decreto N 1.842, por el cual se aprobó la Licitación Privada N 06/2.011 y se adjudicó la obra a la firma ERAIKI S.A. por un monto total de Pesos Un Millon Ciento Sesenta y Nueve Mil Setecientos Treinta y Cuatro $1.169.734;
Que no obstante ello, según constancias de este Ministerio, la empresa ganadora no fue notificada de la adjudicación ni emplazada a suscribir el pertinente contrato de obra fs. 388;
Que mediante Decreto-Ley N 01/2.012 del 30 de mayo de 2.012, se declaró la emergencia del Servicio Penitenciario Provincial por el plazo de un año, prorrogable excepcionalmente por igual período;
Que dicha emergencia comprende los aspectos organizativos, funcionales, operativos y laborales del Servicio Penitenciario Provincial y persigue el objetivo de transformar estructuras, creando, modificando, extinguiendo o suprimiendo total o parcialmente funciones, asignando o reasignando las mismas, a fin de dotarlas de eficiencia para atender a sus misiones fundamentales, optimizar los recursos humanos y materiales, y los servicios que presta;
Que desde el año 2.010, el Sistema Penitenciario Provincial fue objeto de reiterados reclamos por parte de la comunidad carcelaria y de diversas acciones judiciales, entre ellas, las interpuestas por el Señor Defensor Penal;
Que dichas acciones judiciales, dieron lugar a la tramitación de los autos caratulados Balog Gerardo Defensor Penal N7 De Bariloche s/Amparo, Expediente N 24.965/10-STJ y Balog Gerardo y otros s/Amparo s/
Competencia, Expediente N 25.262/11-STJ, ambos en trámite por ante el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Río Negro;
Que el 09 de octubre de 2012, a fin de reevaluar la situación global del Sistema Penitenciario Provincial entre ellas la edilicia-, el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia, citó a los distintos actores involucrados, a una Audiencia a celebrarse el 22 de octubre de 2012 en la ciudad de Viedma;

Que a dicha Audiencia asistieron los integrantes del Superior Tribunal de Justicia, la Procuradora General, la Defensora General, el Secretario de Gobierno, el Director de Asuntos Legales del Ministerio de Gobierno, el Secretario de Seguridad y Justicia, el Interventor del Servicio Penitenciario Provincial y el encargado del área de Infraestructura, el Ministro de Obras y Servicios Públicos, el Secretario de Infraestructura y Servicios Públicos, la Directora de Asuntos Legales del Ministerio de Obras y Servicios Públicos y el Señor Fiscal de Estado;
Que en el marco de la Audiencia, luego de expuestas las posiciones sustentadas en torno a la problemática carcelaria de la Provincia, se concluyó en la imperiosa necesidad de que el Estado Provincial en su conjunto, desarrolle una planificación integral del sistema carcelario, que contemple infraestructura, recursos humanos, sustento económico financiero, etcétera, que conlleve al cumplimiento de toda la normativa constitucional y supraconstitucional relacionada con las personas privadas de libertad por el Estado;
Que en ese marco, las partes acordaron la presentación por parte del Ministerio de Gobierno de una planificación integral relativa a los aspectos objeto de tratamiento, que contemple acciones concretas, plazos específicos, previsión presupuestaria y financiera que comprenda la totalidad de los establecimientos carcelarios que integran el Servicio Penitenciario Provincial;
Que el 24 de octubre de 2.012, con similares objetivos, el Juez a cargo de Juzgado de Ejecución Penal N 10 de la ciudad de General Roca, convocó al Secretario de Seguridad y Justicia, al Interventor del Servicio Penitenciario y al Ministro de Obras y Servicios Públicos, a una Audiencia ante sus estrados;
Que en dicha audiencia estuvieron presentes ante el Juez, tres representantes de la Defensoría Oficial, un representante de la oficina de Atención al Detenido y Condenado, un representante del Observatorio de Derechos Humanos, el Interventor del Servicio Penitenciario Provincial y el encargado del área de Infraestructura, el Ministro de Obras y Servicios Públicos y la Directora de Asuntos Legales del Ministerio de Obras y Servicios Públicos y se acordó subsumir los objetivos perseguidos, a los fijados de común acuerdo ante el Superior Tribunal de Justicia;
Que las nuevas autoridades gubernamentales pretenden implementar un plan general que contemple los medios apropiados para arribar de forma ordenada y eficiente a los resultados propuestos, a fin de lograr la armonización de las garantías necesarias para la seguridad interior de los habitantes de la Provincia, con la consideración de otros principios de superior jerarquía, como aquellos vinculados a la dignidad humana y a los objetivos de resocialización y trabajo;
Que en ese contexto, un nuevo análisis del proyecto objeto de la contratación tramitada por el expediente del Visto, evidencian que este se ha tornado inconveniente para alcanzar los objetivos planteados por la gestión de Gobierno;
Que en consecuencia, los objetivos indicados precedentemente no se satisfacen adecuadamente con la contratación aquí analizada;
Que en el marco descripto, debe analizarse si el fin público perseguido al momento de iniciarse este trámite licitatorio se mantiene inalterado, o si, por el contrario, se presentan nuevas circunstancias que tomen oportuno evaluar condiciones diferentes de contratación, teniendo siempre en miras el interés público que define la esencia de la figura contractual en juego;
Que en tal tarea, es dable advertir que la declaración de emergencia del Servicio Penitenciario Provincial y lo convenido ante el Superior Tribunal de Justicia, sumado al descorrimiento sufrido, producto del paso del tiempo,

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 04/03/2013

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaysArgentine

Date04/03/2013

Page count32

Edition count1925

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