Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 30/09/2010

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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4.- El local deberá ser de uso exclusivo para la comercialización de los juegos de azar que administra Lotería de Río Negro. El no cumplimiento de este requisito es motivo de automática caducidad de la concesión.

ANEXO II
Resolución. Nro. 33 /2010-I-L
INSTALACION ELECTRICA EN AGENCIAS
1.- Deberá contar con una adecuada puesta a tierra de la instalación eléctrica del local. Para ello deberá:
Instalar una jabalina de acero recubierta de cobre electrolítico de 1/2 pulgada de diámetro y de 1,5 metros de longitud tipo Copperweld.
La diferencia de potencial entre el neutro de la instalación y la puesta a tierra no deberá exceder los 4 Volts.
La vinculación eléctrica entre la jabalina y los tomacorrientes se hará con cable recubierto verde-amarillo. No se admitirá cable de cobre desnudo.
2.- Se instalarán dos 2 tomacorrientes con la asignación normalizada de N neutro, V vivo y T tierra.3. La Agencia deberá contar con una línea telefónica con acceso directo desde el exterior, no permitiéndose en la misma utilizar centrales privadas ni llaves conmutadoras. La punta de la línea deberá terminar en un conector tipo americano RJ-11.
4.- No se permitirá el uso de adaptadores y/o triples en los tomacorrientes.
5.- Una vez verificada la instalación eléctrica por el personal técnico autorizado por Lotería de Río Negro, se instalará un dispositivo de descarga gaseosa para proteger los equipos de sobretensiones que puedan provenir de la línea telefónica. Este adaptador será provisto por Lotería.
6.- Tanto la provisión de la jabalina indicada en 2 así como la realización de los trabajos necesarios para adecuar la instalación eléctrica serán a cargo del Agente.
ANEXO III
Resolución. Nro. 33/2010-I-L
INSCRIPCION DE POSTULANTES PARA
AGENTES OFICIALES DE LOTERIA
DE RIO NEGRO
1.- Los aspirantes a agentes oficiales para la comercialización de los Juegos de Azar que administra Lotería de Río Negro, deberán presentar la solicitud acompañada de la siguiente documentación:
a Fotocopia autenticada de escritura pública o boleto de compra venta o contrato de locación, de los que resulte que el solicitante cuenta con la disponibilidad del local para la atención al público.
b Constancia expedida por la Municipalidad que el local reúne las condiciones para la habilitación comercial.
c Croquis y medidas del local ofrecido, que en todos los casos deberá estar ubicado en planta baja al frente, con libre acceso al público en general, indicando dirección.
d Plano simple de la localidad donde se encuentra situado el local, con referencias que permitan su ubicación.
e Constancia de número de cuenta bancaria en el Banco Patagonia Sudameris S.A.
f Manifestación de bienes y deudas, con carácter de Declaración Jurada, indicándose los datos catastrales y de registro de los inmuebles y automotores.

BOLETIN OFICIAL N 4868
g Certificado de antecedentes expedido por la Policía de la provincia de Río Negro. En caso de sociedades, el de los socios administradores y directores, según corresponda al tipo de sociedad.
h Manifestación expresa en carácter de Declaración jurada, ante Escribano Público, que el solicitante no es empleado público Nacional, Provincial o Municipal o docente en actividad, ni desempeñar cargos políticos, no ser funcionario público, miembro de las Fuerzas Armadas o de seguridad en actividad, ni cónyuge de alguno de ellos, indicando su ocupación actual.
i Referencias comerciales.
j En caso de sociedades, copia de estatutos, contrato social y nómina de socios o directores.
k Número de inscripción en DGI y DGR, última DDJJ impuesto a las ganancias e ingresos brutos.
l Fotocopia Documento de Identidad.
Agregar Nota de Solicitud.
oOo Provincia de Río Negro Ministerio de Gobierno INSPECCIÓN GENERAL DE PERSONAS
JURÍDICAS
Resolución Nº 716
Viedma, 23 de septiembre de 2010.
Visto, el expediente N 8145-IGPJ-2010, caratulado Asociación Civil Alianza Viedma Viedma, s/Personería Jurídica, adjunta documentación;
y CONSIDERANDO:
Que a fojas 01 consta nota en la cual solicitan funcionar como personas jurídicas;
Que a fojas 02 a 03 obra acta constitutiva donde un grupo de personas auna ideas para el inicio de una asociación civil;
Que de fojas 04 a 09, se ha presentado Estatuto por el cual se regirá el funcionamiento de la misma;
Que a fojas 12 y 13 a 28 consta nómina de socios y aceptación de los distintos cargos institucionales;
Que a foja 36 obra nota solicitando documentación a completar para culminar el tramite;
Que a foja 37 por nota con fecha de ingreso 20/
09/2010 se realiza la presentación de la documentación solicitada;
Que habiéndose cumplido con los requisitos exigidos por Ley Provincial N 3.827, demás reglamentaciones vigentes y que su Estatuto Social se ajusta a los preceptos legales en vigor conforme a informes de los Departamentos de Asesoría Legal y Personería de este Organismo, fojas 63 y 66 en los cuales consta que no hay objeciones jurídicas para obtener la personería.
Por ello, La Inspección General de Personas Jurídicas RESUELVE:
Artículo 1º - Autorízase, para funcionar como persona jurídica a la asociación civil denominada:
Asociación Civil Alianza Viedma, constituida y con domicilio en Viedma, Departamento Adolfo Alsina, de esta Provincia, el día 24 de agosto de 2010 y apruébase su Estatuto Social obrante de foja cincuenta y seis 56 a sesenta y dos 62 del expediente aludido.
Art. 2º - Inscríbese a la misma bajo el número Dos Mil Seiscientos Setenta y Nueve Nº 2.679.
Art. 3º - Regístrese, comuníquese, tómese razón, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Dra. Virginia Francioni, Sub Inspectora General de Personas Jurídicas.

Viedma, 30 de Septiembre de 2010
Resolución Nº 718
Viedma, 24 de septiembre de 2010.
Visto, el expediente N 8154-IGPJ-2010, caratulado Viedma Ayuda y Lucha Contra el Cáncer Asociación Civil Viedma, s/Declarar Eficaz Asamblea y reforma del Estatuto Social, adjunta documentación; y CONSIDERANDO:
Que a fojas 1 consta nota en la cual solicitan autorización para realizar Asamblea General Ordinaria con fecha 30 de julio de 2010.
Que a fojas 3 obra Acta de Comisión Directiva convocando a los socios.
Que de fojas 45 a 47, consta Acta Asamblearia aprobando la reforma estatutaria por los socios.
Que a foja 67 y 69 obra informe y nota solicitando documentación a completar para culminar el tramite.
Que a foja 71 por nota con fecha de ingreso 7
de septiembre de 2010 se realiza la presentación de la documentación solicitada.
Que habiéndose cumplido con los requisitos exigidos por Ley Provincial N 3.827, demás reglamentaciones vigentes y que su Estatuto Social se ajusta a los preceptos legales en vigor conforme a informes de los Departamentos de Asesoría Legal y Personería de este Organismo, fojas 95 y 97 en los cuales consta que no hay objeciones jurídicas para obtener la personería.
Por ello, La Inspección General de Personas Jurídicas RESUELVE:
Artículo 1º - Declárase eficaz la Asamblea General Ordinaria celebrada con fecha 30 de julio de 2010 por la asociación civil denominada:
Viedma Ayuda y Lucha Contra el Cáncer Asociación Civil, con domicilio en Viedma, Departamento Adolfo Alsina, de esta Provincia y su Estatuto Social actualizado obrante de foja ochenta 80 a noventa y dos 92 del expediente aludido.
Art. 2º - Regístrese, comuníquese, tómese razón, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Dra. Natalia Paola Bordón, Inspectora General de Personas Jurídicas.
oOo Resolución Nº 719
Viedma, 24 de septiembre de 2010.
Visto, el Código Civil, la Ley N 3827 y su Decreto Reglamentario N 725/07, el expediente N 6905-IGPJ-2010, mediante el cual la asociación civil denominada: Asociación Civil Planeta Escuela, solicita la obtención de la personería jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que a fojas 1 consta nota de presentación de los Sres. Presidente y Secretario de la Asociación Civil denominada Asociación Civil Planeta Escuela; que los mismos se presentan ante este Organismo a efectos de tramitar la personería jurídica de la misma, en los términos del Art. 33 y 45 del Código Civil;
Que a tales efectos acompañan, acta constitutiva, estatuto suscrito por Presidente y Secretario fs.2 a 8 , Inventario patrimonial fs.
9, Nómina de socios fs. 11, Nómina de autoridades y aceptación de cargos fs. 10, y constancias de pago de tasa retributiva de servicios conforme Ley K N 4486, Inc. D, apartado 2.1 fs. 1;
Que a fojas 16 consta informe N 088/10 del Departamento de Individualización y Rúbrica de Libros, mediante el cual se informa que han sido debidamente habilitados los Libros de Acta de Asambleas, Libro de Actas de Reuniones de Comisión Directiva, Libro de Registro de Asistencia a Asambleas y Reuniones de Comisión Directiva, Libro de Registro de Asociados, Libro de Inventario y Balance, Libro Diario; de acuerdo al informe no existen impedimentos para su habilitación,

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 30/09/2010

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaysArgentine

Date30/09/2010

Page count20

Edition count1923

Première édition03/01/2002

Dernière édition25/07/2024

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