Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 16/03/2009

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 16 de Marzo de 2009

Nº 4707

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 2,00
PUBLICACION BISEMANAL
AÑO L
EDICION DE 20 PAGINAS

SECRETARIA GENERAL
DE LA GOBERNACION
Dirección de Boletín Oficial Tel. 02920 422862 - 423512 Fax 02920-430404
Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 20

DECRETOS

DECRETO Nº 1536
Viedma, 31 de diciembre de 2008.Visto, el Expediente N 151.078-ARN-DyR-2.004, del Registro de la Agencia Río Negro Deportes y Recreación, y;
CONSIDERANDO:
Que por el mismo se tramitó el Contrato de Locación de Servicios del Señor Joel Esteban CALMAN URRUTIA CUIL. N 20-92482961-4 Categoría 02, Agrupamiento Servicios Generales del Escalafón de la Ley L N 1.844, Jurisdicción 13, Programa 11, Actividad 01, como Instructor de Taekwondo en la Subagencia Alto Valle Este dependiente de la Agencia Río Negro Deportes y Recreación, últimamente prorrogado por resolución N 125/2.007 de la Secretaría General de la Gobernación;
Que la presente contratación se encuadra en lo establecido para el personal no permanente en el Anexo I, Capítulo IX de la Ley L N 3.487;
Que se han cumplimentado los requisitos establecidos por el Artículo 16 del Anexo I del Decreto N 1.774/98 y Artículo 12 de la Ley L N 3.238, para excepcionar esta contratación;
Que el Artículo 4 de la Ley L N 3.959, establece que al personal contratado una vez reubicado en el Régimen Retributivo Transitorio, a los fines remunerativos, se le otorgarán las promociones que le correspondan;
Que mediante Acta N 16/2.007, obrante a fojas 112/113, del Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado se facultó al Secretario Ejecutivo de dicho Consejo, a autorizar hasta el 31 de Diciembre de 2.008 la prorroga de los contratos de locación de servicios con vencimiento al 31 de Diciembre de 2.007, la cual obra a fojas 120 del presente expediente;
Que deberá reconocerse la diferencia de categoría, a partir del 1 de Mayo de 2.008 y hasta la firma del presente Decreto;
Que dada la urgencia de contar con sus servicios, se deberán reconocer los mismos, a partir del 1 de Enero de 2.008 y hasta la firma del presente Decreto;
Que de acuerdo a lo expresado y a los efectos de regularizar la situación administrativa, es necesario confeccionar la norma legal correspondiente;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado, Secretaría Legal, Técnica y de Asuntos Legislativos, y la Fiscalía de Estado a vuelta de fojas Nº 127;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferida por el Artículo 181 Inciso 1 de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro D E C R E T A:
Artículo 1.- Prorrogar el Contrato de Locación de Servicios del Señor Joel Esteban CALMAN URRUTIA CUIL. N 20-92482961-4, para realizar tareas de Instructor de Taekwondo en la Subagencia Alto Valle Este dependiente de la Agencia Río Negro Deportes y Recreación, Jurisdicción 13, Programa 11, Actividad 01, desde el 1 de Enero de 2.008 y hasta el 31 de Diciembre de 2.008.
Art. 2.- Reubicar al agente Joel Esteban CALMAN URRUTIA, a los fines remunerativos, a partir del 1 de Mayo de 2.008, en el equivalente a la Categoría 03, Agrupamiento Servicios Generales del Escalafón de la Ley L N 1.844, por aplicación del Artículo 4 de la Ley L N 3.959 y de acuerdo a la modificación del Contrato, que como Anexo forma parte del presente Decreto.
Art. 3.- Reconocer los servicios prestados por el agente Joel Esteban CALMAN
URRUTIA, desde el 1 de Enero de 2.008 y hasta la firma del presente Decreto.

Art. 4.- Reconocer la diferencia de Categoría a favor del agente Joel Esteban CALMAN URRUTIA, a partir del 1 de Mayo de 2.008 y hasta la firma del presente Decreto.
Art. 5.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Gobierno.
Art. 6.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.SAIZ.- J. L. Rodríguez.
ANEXO 1536
MODIFICACIÓN AL CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS
Entre la Provincia de Río Negro representada en este acto por el Señor Subsecretario de la Agencia Río Negro Deportes y Recreación, Don Ricardo Alberto VELEZ CUIL. N 20-11345831-4 con domicilio en calle Las Héras N 757 de la Ciudad de Viedma por una parte, y el Señor Joel Esteban CALMAN URRUTIA
DNI. N 92.482.961 - CUIL. N 20-92482961-4, con domicilio en la Calle Gelonch N 1.117 de la ciudad de General Roca de la Provincia de Río Negro, por la otra, se conviene en modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Locación de Servicios oportunamente celebrado, la cual quedará redactada de la siguiente forma:
SEGUNDA: La retribución a favor de EL CONTRATADO, será equivalente a la Categoría 03, Agrupamiento Servicios Generales del Escalafón de la Ley L 1.844, de acuerdo a los montos establecidos por la Ley de remuneración vigente, con Bonificaciones por Zona, Título, Antigedad, Salario Familiar y las demás que pudieran corresponderle, quedando estas, sujetas a los Descuentos de Ley correspondientes Obra Social Aporte Provisional Seguro.oOo DECRETO Nº 1537
Viedma, 31 de diciembre de 2008.Visto, el Expediente N 151.076-ARN-DyR-2.004, del Registro de la Agencia Río Negro Deportes y Recreación, y;
CONSIDERANDO:
Que por el mismo se tramitó el Contrato de Locación de Servicios del Señor Fabián David CASTRO JARAMILLO CUIL. N 20-92654387-4 Categoría 10, Agrupamiento Profesional del Escalafón de la Ley L N 1.844, Jurisdicción 13, Programa 11, Actividad 01, para realizar tareas de Referente Técnico de Disciplinas Deportivas en la Subagencia Zona Alto Valle Oeste con sede en Cipolletti, dependiente de la Agencia Río Negro Deportes y Recreación, últimamente prorrogado por resolución N 127/07 de la Secretaría General de la Gobernación;
Que la presente contratación se encuadra en lo establecido para el personal no permanente en el Anexo I, Capítulo IX de la Ley L N 3.487;
Que se han cumplimentado los requisitos establecidos por el Artículo 16 del Anexo I del Decreto N 1.774/98 y Artículo 12 de la Ley L N 3.238, para excepcionar esta contratación;
Que el Artículo 4 de la Ley L N 3.959, establece que al personal contratado una vez reubicado en el Régimen Retributivo Transitorio, a los fines remunerativos, se le otorgarán las promociones que le correspondan;
Que mediante Acta N 16/2.007, obrante a fojas 113/114 del Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado se facultó al Secretario Ejecutivo de dicho Consejo, a autorizar hasta el 31 de Diciembre de 2.008 la prorroga de los contratos de locación de servicios con vencimiento al 31 de Diciembre de 2.007, la cual obra a fojas 121 del presente expediente;
Que deberá reconocerse la diferencia de categoría, a partir del 1 de Mayo de 2.008 y hasta la firma del presente Decreto;
Que de acuerdo a lo expresado y a los efectos de regularizar la situación administrativa, es necesario confeccionar la norma legal correspondiente;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Secretaría Legal, Técnica y de Asuntos Legislativos, y la Fiscalía de Estado a vuelta fojas 128;

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 16/03/2009

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaysArgentine

Date16/03/2009

Page count20

Edition count1917

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Dernière édition04/07/2024

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