Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 23/02/2009

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 23 de Febrero de 2009
Que con fecha 03/06/08 la Escuela Especial Nº 1
envía telegrama intimando a la docente a presentarse en el término de 24 hs. para regularizar la situación fs.
27;
Que analizado el documental obrante en el Expediente de marras esta Junta de Disciplina Docente meritúa investigar la presunta situación irregular de la docente Oviedo, Paola Karina del Valle garantizándole el constitucional derecho a defensa que le asiste;
Que la presente se ajusta a las facultades otorgadadas por la Ley 391 - Estatuto del Docente y Resolución Nº 2288/93 - Reglamento de Sumarios.
Por ello:
La Junta de Disciplina RESUELVE:
Artículo 1: Instruir Sumario Administrativo Pedagógico a la docente Oviedo, Paola Karina del Valle, CUIL N 27-26.300.543-6 - Maestra de Grupo en Discapacidad Mental - Escuela Especial N 1
de General Roca -, por los considerandos expuestos.
Artículo 2: Designar al Sumariante Zonal, Sr, Juan Ernesto Pavón para que lleve a cabo la sustanciación del presente sumario, quedando facultado para designar secretario Ad-hoc.
Artículo 3º : Notificar fehacientemente a la interesada por medio de la Supervisión de Educación Especial correspondiente, cumplido vuelva con firma, aclaración, fecha y número de CUIL.
Artículo 4: Registrar, comunicar y archivar.
Mirta Adriana Venchi, Presidente Junta de Disciplina Doscente CPE.
oOo COLEGIO NOTARIAL DE LA PROVINCIA
DE RIO NEGRO
Resolución Nº 298/08
General Roca, 20 de Octubre de 2008.VISTO: El Cuerpo de Notificadores del Colegio Notarial de la Provincia de Río Negro; y CONSIDERANDO:
Que es necesario incorporar dos Notificadores a dicho cuerpo;
Las facultades otorgadas por el Artículo 140 de la Ley N 4193 y Artículo N 15 del Estatuto del Colegio Notarial de la Provincia de Río Negro;
Por ello:
El Presidente del Consejo Directivo del Colegio Notarial de la Provincia de Río Negro RESUELVE
Artículo 1º.-. Designar a la señora María Marta Sabatini, D.N.I. N 23.243.423 Notificador Notarial que actuará en la ciudad de General Roca.
Artículo 2.- Designar a la señora María Andrea Pérez Catan, D.N.I. N 13.988.314 Notificador Notarial que actuará en la ciudad de San Carlos de Bariloche.
Artículo 3º.- Los Notificadores procederán en su cometido a lo dispuesto por los artículos 133 a 149 bis del Código Procesal Civil y Comercial en cuanto no se oponga o sea incompatible con la Ley 4193 y su Reglamento Notarial.
Artículo 4.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro por tres 3 días, Regístrese, Comuníquese, Archívese.Not. Carlos Alberto Matus, Presidente.
oOo Provincia de Río Negro Ministerio de Gobierno INSPECCIÓN GENERAL
DE PERSONAS JURÍDICAS
Resolución Nº 34
Viedma, 09 de Febrero del 2009.
Visto, el Expte. Nº 5591-IGPJ-2008, mediante el cual la asociación civil denominada: Asociación Civil Jorge Bowdler, solicita la concesión de la personería jurídica;
y
BOLETIN OFICIAL N 4701
CONSIDERANDO:
Que los fines que se propone dicha institución se hallan comprendidos en la disposición del Art. 33, Inc.
1º Segunda Parte del Código Civil;
Que en la constitución de la recurrente se han cumplido los requisitos exigidos por la Ley Nº 3.827, demás reglamentaciones vigentes y que su estatuto social se ajusta a los preceptos legales en vigor.
Que a fojas 36 y 37 obran informes de los Departamentos de Asesoría Legal y Personería de este Organismo en los cuales consta que estaría en condiciones de ser aprobada la documentación presentada y que no hay objeciones jurídicas para obtener la personería.
Por ello, La Inspección General de Personas Jurídicas RESUELVE:
Artículo 1º - Autorízase para funcionar como persona jurídica a la Fundación denominada: Asociación Civil Jorge Bowdler, constituida y con domicilio en Cipolletti, Departamento General Roca de esta Provincia, el día 28 de Julio de 2007, y apruébase su estatuto social obrante de foja veintiocho 28 a treinta y cinco 35 del expediente aludido.
Art. 2º - Inscríbese a la misma bajo el número Dos mil cuatrocientos ochenta y seis Nº 2.486.
Art. 3º - Regístrese, comuníquese, tómese razón, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Dra. Natalia Paola Bordón, Inspectora General de Personas Jurídicas.

Resolución Nº 37
Viedma, 09 de Febrero del 2009.
Visto, el Expte. Nº 5620-IGPJ-2008, mediante el cual la asociación civil denominada: Asociación Civil Bienestar, solicita la concesión de la personería jurídica; y CONSIDERANDO:
Que los fines que se propone dicha institución se hallan comprendidos en la disposición del Art. 33, Inc.
1º Segunda Parte del Código Civil;
Que en la constitución de la recurrente se han cumplido los requisitos exigidos por la Ley Nº 3.827, demás reglamentaciones vigentes y que su estatuto social se ajusta a los preceptos legales en vigor.
Que a fojas 26 y 27 obran informes de los Departamentos de Asesoría Legal y Personería de este Organismo en los cuales consta que estaría en condiciones de ser aprobada la documentación presentada y que no hay objeciones jurídicas para obtener la personería.
Por ello, La Inspección General de Personas Jurídicas RESUELVE:
Artículo 1º - Autorízase para funcionar como persona jurídica a la Fundación denominada: Asociación Civil Bienestar, constituida y con domicilio en El Bolsón, Departamento Bariloche de esta Provincia, el día 02 de Agosto de 2008, y apruébase su estatuto social obrante de foja veintiuno 21 a veinticuatro 24
Vta. del expediente aludido.
Art. 2º - Inscríbese a la misma bajo el número Dos mil cuatrocientos ochenta y siete Nº 2.487.
Art. 3º - Regístrese, comuníquese, tómese razón, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Dra. Natalia Paola Bordón, Inspectora General de Personas Jurídicas.

Resolución Nº 55
Viedma, 12 de Febrero del 2009.
Visto, el Expte. Nº 5569-IGPJ-2008, mediante el cual la asociación civil denominada: Asociación Civil Mujeres en Acción, solicita la concesión de la personería jurídica; y CONSIDERANDO:
Que los fines que se propone dicha institución se hallan comprendidos en la disposición del Art. 33, Inc.
1º Segunda Parte del Código Civil;

3
Que en la constitución de la recurrente se han cumplido los requisitos exigidos por la Ley Nº 3.827, demás reglamentaciones vigentes y que su estatuto social se ajusta a los preceptos legales en vigor.
Que a fojas 54 y 55 obran informes de los Departamentos de Asesoría Legal y Personería de este Organismo en los cuales consta que estaría en condiciones de ser aprobada la documentación presentada y que no hay objeciones jurídicas para obtener la personería.
Por ello, La Inspección General de Personas Jurídicas RESUELVE:
Artículo 1º - Autorízase para funcionar como persona jurídica a la Fundación denominada: Asociación Civil Mujeres en Acción, constituida y con domicilio en San Carlos de Bariloche, Departamento Bariloche de esta Provincia, el día 20 de Abril de 2007, y apruébase su estatuto social obrante de foja cuarenta y siete 47
a cincuenta y tres 53 del expediente aludido.
Art. 2º - Inscríbese a la misma bajo el número Dos mil cuatrocientos ochenta y ocho Nº 2.488.
Art. 3º - Regístrese, comuníquese, tómese razón, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Dra. Natalia Paola Bordón, Inspectora General de Personas Jurídicas.
oOo Provincia de Río Negro DIRECCION GENERAL DE RENTAS
Resolución Nº 239
Viedma, 13 de Febrero de 2.009.
Visto el régimen de percepción para las operaciones de importación definitiva de bienes a consumo en materia del Impuesto sobre los Ingresos Brutos establecido mediante la Resolución N 1228/2003; y CONSIDERANDO
Que la Dirección General de Aduanas actúa como Agente de Percepción al momento de la importación de las mercaderías alcanzadas por el régimen.
Que la Administración Federal de Ingresos Públicos mediante la Resolución General AFIP N 2238/2007 creó el Certificado de Validación de Datos de Importadores C.V.D.I. para los sujetos inscriptos o que se inscriban en el Registro de Importadores de la Dirección General de Aduanas.
Que para un adecuado control de los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que intervienen resulta necesario exigir el cumplimiento de la presentación del Certificado señalado en párrafo precedente.
Que los sujetos pasivos que no acrediten la existencia del citado documento fiscal ante el Agente de Percepción serán objeto de un incremento en la alícuota a aplicar sobre el monto sujeto a percepción.
Que la Comisión Arbitral-Convenio Multilateral del 18/8/77, en su calidad de signataria -en representación de las jurisdicciones adheridasdel Convenio celebrado con la Administración Federal de Ingresos Públicos el 30 de abril de 2003, actúa en la coordinación de la implementación de las modificaciones que los Fiscos realicen en el régimen.
Por ello:
El Subsecretario de Ingresos Públicos a/c de la Dirección General de Rentas RESUELVE:
Artículo 1º.- Establecer que a los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que no presenten ante la Dirección General de Aduanas, que en su calidad de Agente de Percepción, el Certificado de Validación de Datos de Importadores expedido por la Administración Federal de Ingresos Públicos, se les aplicará la alícuota del tres por ciento 3% sobre el monto sujeto a percepción.
Art. 2. En el caso de los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos Locales la presente será de aplicación a partir del primer día del

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 23/02/2009

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaysArgentine

Date23/02/2009

Page count12

Edition count1926

Première édition03/01/2002

Dernière édition05/08/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Febrero 2009>>>
DLMMJVS
1234567
891011121314
15161718192021
22232425262728