Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 26/04/2007

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 26 de Abril del 2007
dispuesto por el art. 580 del CPC y C. Las deudas por impuestos, tasas y contribuciones que pesaren sobre el inmueble originadas con posterioridad a la constitución de la hipoteca y las que se devenguen hasta la toma de posesión, serán soportadas exclusivamente por el Vendedor deudor, pesando en cambio sobre el comprador las originadas con posterioridad a ese acto.- Con respecto a los gastos de escrituración se estará a lo que las partes convengan y a lo dispuesto por el art. 587 del CPC y C. Ofertas Bajo Sobre: De conformidad con lo previsto en el art. 570 del CPC y C, el Tribunal autorizó la recepción de ofertas bajo sobre, procedimiento que se regirá por las siguientes reglas: 1 La oferta deberá ser formulada por medio de una nota que expresará la carátula del expediente, el bien que se pretende adquirir y la postura que se efectúa. Deberá acompañar cheque certificado a la orden del Juez por el importe de la seña, más la comisión del Martillero y el sellado del boleto. La nota deberá además contener nombre y apellido del oferente, domicilio real y especial constituido dentro del radio del Juzgado, N de Documento Nacional de Identidad y estado civil. Tratándose de personas jurídicas deberá acompañar copia autenticada del estatuto o, en caso de sociedades comerciales, del contrato social, así como de los documentos que acrediten que el firmante es su representante legal. Las posturas que no cumplan todos los recaudos aludidos serán automáticamente descartadas. 2 La oferta será colocada dentro de un sobre cuyas características impidan la lectura de su contenido, el que se entregará cerrado en el Tribunal, haciendo mención en su exterior al remate al que se refiere, carátula del expediente y juzgado interviniente, debiendo el interesado cruzar su firma en la solapa posterior, en la que se insertará el cargo de recepción en la Secretaría del Tribunal. 3 El sobre deberá entegarse en el Juzgado actuante con una anticipación mínima de 24 horas a la hora y fecha fijada para celebrar el remate. 4 El martillero interviniente recibirá del juzgado actuante las ofertas bajo sobre en audiencia privada que se celebrará en el Tribunal y ante la Actuaria a las 12 horas del día anterior al fijado para celebrar la subasta y en la cual se procederá a la apertura de los sobres, dejando constancia en el acta del contenido de la oferta, datos del ofertarte y características del cheque certificado adjuntado monto, banco girado, etc., así como del cargo de recepción puesto en el sobre abierto.
Constatado el contenido, las ofertas serán suscriptas por el Secretario y luego, nuevamente colocadas en sus sobres originales, y éstos en un nuevo sobre que se cerrará en ese acto, cruzando la Actuaria y el martillero interviniente su rúbrica en la solapa posterior, los que serán entregados al martillero, de todo lo cual se dejará constancia en el acta. 5 El acta será reservada en Caja de Seguridad del Tribunal, dejándose en el expediente solamente una certificación de la Actuaria de haberse celebrado la audiencia, y de haberse reservado el acta en Caja de Seguridad; ella será agregada por la Actuaria al expediente en el momento en que se agregue por el martillero el acta de remate. 6 El martillero procederá a abrir los sobres en presencia del público que asista al acto, 15 minutos antes de la hora fijada para el comienzo del remate -de lo que se dejará constancia expresa en el edictoprocediendo el martillero a la lectura en voz alta de las ofertas formuladas por ese medio. Las ofertas serán agregadas al expediente junto al acta del remate. 7 La adjudicación recaerá siempre sobre la oferta de precio más alta, sea originada en el acto de subasta o mediante oferta bajo sobre. En caso de que no se registre entre los asistentes ofertas que superen las realizadas bajo sobre, el bien se adjudicará a la más alta de estas. En caso de empate entre dos o más ofertas bajo sobre, si se encontraren presentes todos los ofertantes que coincidieron en el empate, el martillero llamará a mejorar ofertas; en caso contrario -si alguno de los ofertantes que coincidieron en el empate no se encontrare presenteo no existiendo otra oferta mayor en el acto, se
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adjudicará el bien al oferente en primer término, según surja del cargo de presentación de la oferta en el Tribunal puesto en el sobre. 8 La devolución de las señas a los oferentes cuyas posturas hayan sido superadas por otra, se realizará a través del Tribunal y en forma documentada. Lugar y Fecha del Remate: Calle Tucumán n 1985 Gral. Roca el día 04 de Mayo de 2007 a las 12 hs.
Subasta Sucesiva: Conforme el art. 585 del CPCC, en caso de fracasar la subasta por la base indicada, el día 28 de Mayo de 2007 a las 12 hs. en el mismo lugar, se llevará a cabo un segundo con una base de $18.750, manteniéndose todas las demás condiciones. En este caso el plazo para formular ofertas bajo sobre art. 570
CPCC vence el día 16/05/07 a las 12 hs. Visitas al Inmueble previa comunicación con el Martillero Tel.
425244/422915 o en la Sucursal Villa Regina del B.N.A.
461547. Publíquese por Dos días en el Boletín Oficial de Río Negro y Diario Río Negro. General Roca, 17 de Abril de 2.007. Micaela Mercedes Mantegna, Secretaria Federal.
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ESTATUTOS SOCIALES, CONTRATOS ETC.

MARAN-ATHA
S.R.L.
El Dr. Javier Mesa, Inspector Regional de Personas Jurídicas, sito en Calle Onelli Nº 1450, Bariloche, Titular del Registro Público de Comercio de S. C. de Bariloche, ordena la publicación, por un día 1 y por un plazo do diez días 10 para presentar oposición, en el Boletín Oficial y en los términos del Art. 10 y modificatorias de la Ley 19.550 del edicto respecto de la constitución de la sociedad Maran-Atha S.R.L..
Carátula: Maran-Atha S.R.L. s/Inscripción de Contrato, Expte N: 5098-IGPJR-06.- Fecha de Contrato Social: 21
de setiembre de 2006.- Denominación y Domicilio: La sociedad se denomina Maran-Atha S.R.L., tiene su domicilio, legal en Monteverde 769 de la ciudad de San Carlos de Bariloche, Río Negro.- Socios: Vidal Susana Mabel, D.N.I. 14.954.814, fecha de nacimiento 09/07/
1962, argentina, casada, con domicilio en Albarracín 1232 de San Carlos de Bariloche, comerciante; Miguel David Yamel, D.N.I. 33.658.567, fecha de nacimiento 19/05/1.988, argentino, soltero, con domicilio en Albarracín 1232 de San Carlos de Bariloche, Estudiante.
Duración: Su duración será de noventa y nueve años.
Objeto: La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia y/o terceros y/o asociada a ellos, las siguientes actividades: A Comerciales: Producción, compra, venta y distribución de productos alimentos en general. B
Inmobiliaria: Compra, venta, alquiler y consignación de inmuebles propios y de terceros.- Capital: El capital social es de Pesos Doce Mil $ 12.000 divididos en ciento treinta cuotas de capital de Pesos Cien $ 100
cada una, las que son suscriptas e integradas de la siguiente forma: Vidal Susana Mabel suecribe ciento ocho cuotas por un valor de Pesos diez mil ochocientos $ 10.800 e integra en este acto veintisiete cuotas por un valor de Pesos dos mil setecientos $ 2.700 y Miguel, David Yamel, suscribe doce cuotas por un valor de Pesos un mil doscientos $ 1.200 e integra en este acto tres cuotas por un valor de Pesos Trescientos $ 300.
Administración y Representación: La administración, representación legal y uso de la firma estará a cargo del Gerente Señora Vidal Susana, en forma individual o indistinta, socio o no, por el término de tres ejercicios siendo reelegibles. Cierre de Ejercicio: El ejercicio social cierra el 31 de agosto de cada año. Utilidades: Las utilidades líquidas se distribuirán: A el 5% al Fondo de Reserva Legal, hasta alcanzar el 20% del capital so-

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cial. B El importe que se establezca a la retribución de los gerentes.- C El remanente previa deducción de cualquier otra reserva que los socios dispusieran constituir entre los mismos en partes proporción al capital integrado. Se hace saber que las oposiciones deberán ser deducidas en el plazo de diez 10 días a partir de la publicación del edicto. Dr. Javier Mesa, Inspector Regional de Personas Jurídicas. San Carlos de Bariloche, 20 de Abril de 2.007. Dr. Javier Mesa, Inspector Regional de Personas Jurídicas - Bariloche.
oOo ALTEAR S.R.L.
El Dr. Alberto J. Mesa, Inspector Regional de la Dirección de Personas Jurídicas, titular del Registro Público de Comercio sito en la calle Onelli 1450 de la ciudad de San Carlo de Bariloche; ordena, de acuerdo con los términos del art. 10 y modificatorias de la Ley 19.550, la publicación en Boletín Oficial, por 1 un día la constitución de la Sociedad denominada.- Expte. Nº 5309-IGPJR -2007. Socios: Juan Pablo Fernández, nacido el 10 de junio de 1972, soltero, argentino, de profesión Comerciante, con domicilio en la calle Austria 365, DNI. 22.723.292 y Juan Ignacio Fernández, nacido el 07 de julio de 1974, casado, argentino, de profesión Analista de Sistemas domiciliado en la calle Austria 368, DNI. 23.970.352, ambos de esta ciudad.
Fecha de instrumento de Constitución: 22 de enero de 2007. Domicilio real y legal: Calle Austria Nº 368 - S. C.
de Bariloche, Río Negro. Objeto Social: Tiene por objeto dedicarse por cuenta propia de terceros o asociada a terceros a las siguientes actividades: Constructora:
Mediante la construcción, ejecución y dirección de todo tipo de obras públicas y privadas; civiles, hidráulicas, portuarias, sanitarias, eléctricas, pavimentos, edificios para viviendas, oficinas, locales, plantas industriales, galpones, obras viales, usinas, gasoductos, oleoductos, reparación y mantenimiento de las obras citadas y toda otra actividad relacionada con la industria de la construcción.- Inmobiliaria: Mediante la compra, venta, permuta, locación y arrendamiento, usufructo, administración, comodato, explotación, instalación y/o acondicionamiento de todo tipo de inmuebles y sus accesorios, sean inmuebles urbanos o rurales, comerciales o industriales, depósitos, escritorios y terrenos y su subdivisión; fraccionamiento de inmuebles y de tierras, urbanizaciones con fines de explotación, venta, permuta, cesión, locación, arrendamiento, comodato, usufructo, administración, inclusive dentro del régimen de propiedad horizontal.Consultora y Mandataria: Mediante el ejercicio de representaciones y mandatos comisiones, estudios, dictámenes, asesoramiento e investigaciones; estudio de mercado y todo tipo de intermediación, producción, organización y atención técnica, informe de estudios y desarrollo de programas, los que serán realizados por profesionales con títulos habilitantes cuando así lo exijan los entes correspondientes.- Importadora y Exportadora: Podrá realizar el comercio de importación y exportación en todos sus rubros, ajustándose a las normas, leyes y reglamentaciones vigentes en cada caso.- Financiera: Mediante operaciones que tengan por objeto el aporte de capitales o bienes a personas o a sociedades constituídas o a constituírse en el país o en el exterior; financiación de operaciones de préstamos con garantías reales, personales o sin garantía, a corto, mediano o largo plazo; compra, venta y negociación de títulos, acciones y demás valores mobiliarios y papeles de crédito, ya sean de origen nacional o extranjero.- Se excluyen expresamente las operaciones comprendidas en la ley de entidades financieras y cualquier otra que requiera el concurso público.- La entidad podrá realizar cualquier otra operación lícita de comercio, industria y/o servicios u otras representaciones o mandatos que los Socios resuelvan afrontar ajustándose a las normas legales vigentes.
Plazo de duración: El término de duración será de 50
cincuenta años, a contar de su inscripción en el

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 26/04/2007

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaysArgentine

Date26/04/2007

Page count48

Edition count1924

Première édition03/01/2002

Dernière édition29/07/2024

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