Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 22/03/2006

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

10 de Abril del 2006

DECRETO Nº 1708
Viedma, 29 de diciembre del 2005.
VISTO, el expediente N 76.933-SSP-05, las Leyes N 4002, N 3886 y N 3186, los Decretos N 1737/98 y N
1569/04 y, CONSIDERANDO:
Que la Ley N 4002 en su Artículo 16 inc. 3 determina que al Ministerio de Hacienda, Obras y Servicios Públicos le compete entender en la administración financiera del sector público provincial a través de los sistemas de presupuesto, tesorería, contabilidad y crédito público, interviniendo en la aplicación de las políticas y en la administración presupuestaria y financiera del gasto público provincial;
Que la reciente promulgación de la Ley N 3886 de adhesión de la Provincia a la Ley Nacional N 25917, de Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal, establece la utilización de conversores homogéneos entre las clasificaciones provinciales y nacional a fin de homogeneizar la información del Sistema de Cuentas Nacionales;
Que la Ley N 3186 de Administración Financiera y Control Interno del Sector Público Provincial en el Artículo 12
reglamentado por el Decreto 1737/98 establece el uso de las técnicas más adecuadas para la presentación del Presupuesto de Gastos del Sector Público Provincial y las clasificaciones correspondientes para recursos y gastos;
Que el Manual de Clasificaciones Presupuestarias aprobado por Decreto N 1569/04 ha sufrido cambios, de acuerdo a las necesidades requeridas por las jurisdicciones y entidades que conforman el Sector Público Provincial originadas en los procesos de formulación y ejecución anual del presupuesto de los recursos y gastos;
Que estas modificaciones se encuentran dispersas en distintos decretos que aprobaron su creación;
Que resulta conveniente la sistematización de los Clasificadores Presupuestarios en un solo instrumento normativo;
Que la utilización de este Manual entrará en vigencia a partir del primer día hábil del próximo año en virtud de la puesta en ejecución de los créditos presupuestarios y sus financiamientos para el ejercicio 2006;
Que ha tomado intervención la Asesoría Legal del Ministerio de Hacienda, Obras y Servicios Públicos, la Contaduría General, la Secretaría Legal y Técnica y Asuntos Legislativos y la Fiscalía de Estado a fs. Vta;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas en el Artículo 181 inc. 5 de la Constitución Provincial.
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro D E C R E T A:
Artículo 1º.- Apruébase el Manual de Clasificadores Presupuestarios para uso del Sector Público Provincial de acuerdo al ordenamiento y detalle que figuran en el Anexo y que forma parte del presente Decreto.
Art. 2º.- Derógase el Decreto 1569/04 y toda otra norma que se oponga a la presente.
Art. 3º.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir del primer día hábil del año 2006.
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Ministro de Hacienda, Obras y Servicios Públicos.
Art. 5º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dése al Boletín Oficial y archívese.
SAIZ.- P. F. Verani

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 22/03/2006

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaysArgentine

Date22/03/2006

Page count68

Edition count1917

Première édition03/01/2002

Dernière édition04/07/2024

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