Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 06/04/2005

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 04 de Abril del 2005

Nº 4294

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 1,50 PUBLICACION BISEMANAL
AÑO XLVI
EDICION DE 32 PAGINAS

MINISTERIO
DE COORDINACION
Dirección de Boletín Oficial Tel. 02920 422862 - 423512 Fax 02920-430404
Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 32

SECCION ADMINISTRATIVA

DECRETO N 117
Viedma, 03 de marzo de 2005.Visto, la Ley N 3379, Artículo 19 inc. 5 y el Decreto N 1059/04, y;
CONSIDERANDO:
Que dentro de las competencias del Ministerio de Producción se encuentra, entender en todo lo referido al régimen de Tierras Fiscales de la Provincia, como así también en lo concerniente al ordenamiento de la ocupación y uso del suelo Artículo 19, inc. 5 Ley N 3779;
Que dichas funciones son asignadas a la Dirección de Tierras y Colonias la cual tiene su funcionamiento establecido por la Ley N 279 y sus modificatorias, Que por Decreto N 1059/04 se estableció la dependencia jerárquica y funcional de la Dirección de Tierras y Colonias, de la Jefatura de Área de Asesoramiento Técnico del Ministerio de Producción;
Que teniendo en cuenta las nuevas políticas adoptadas por el Gobierno Provincial sobre el manejo de tierras fiscales, con el objeto de jerarquizar dicha dirección y a su vez centralizar la actividad administrativa, se considera conveniente unificar en una misma persona la titularidad de la Dirección de Tierras y Colonias y la Jefatura de Área de Asesoramiento Técnico Institucional, la que deberá tener rango de Dirección General;
Que por tal motivo corresponde dejar sin efecto el Decreto N 1059/04;
Que el presente se dicta en uso de las facultades previstas en el Artículo 181 inciso 1 de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro D E C R E T A:
Artículo 1.- Deróguese el Decreto N 1059, de fecha 10 de Setiembre de 2004, por los motivos expuestos en los considerandos del presente.
Art. 2.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Producción Art. 3.- Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dése al Boletín Oficial y archívese.
SAIZ.- J. M. Accatino.oOo
DECRETO N 133
Viedma, 04 de marzo de 2005.Visto, el Expediente N 85.149-SCA-SP-2005, del registro del Ministerio de Coordinación; y CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado, se tramita la ratificación del Convenio firmado entre el Instituto Nacional de Estadística y Censos INDEC y la Dirección General de Estadística y Censos, celebrado con fecha 21 de Diciembre de 2004 que tendrá como finalidad realizar la "Encuesta Nacional Agropecuaria 2004" en la Provincia de Río Negro";
Que el INDEC se compromete a financiar el convenio citado por la suma total de PESOS TREINTA Y OCHO MIL $ 38.000,00;
Que la firma de este convenio, atento la materia en cuestión, importa el ejercicio de una exclusiva competencia del Poder Ejecutivo Provincial;
Que han tomado intervención los Organismos de Control, Asesoría Legal y Fiscalía de Estado mediante Vista N 96292;
Que el presente se dicta en uso de las facultades establecidas por el Artículo 181 Inciso 1 de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro D E C R E T A:
Artículo 1.- Ratifícase en todos sus términos el Convenio celebrado entre el Instituto Nacional de Estadística y Censos INDEC y la Dirección General de Estadística y Censos de la Provincia de Río Negro, que como anexo forma parte del presente Decreto, firmado con fecha 21 de Diciembre de 2004 por la suma de PESOS TREINTA Y OCHO MIL $ 38.000,00, que tiene como finalidad realizar la Encuesta Nacional Agropecuaria 2004 en la Provincia de Río Negro".
Art. 2.- Dése conocimiento de este Decreto a la Legislatura Provincial en virtud de lo normado en el Artículo 181, Inciso 14 de la Constitución Provincial.
Art. 3.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Coordinación.
Art. 4.- Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dése al Boletín Oficial y archívese.
SAIZ.- C. A. Barbeito.

DECRETO N 120
Viedma, 03 de marzo de 2005.Visto, las facultades conferidas por el Artículo 181 apartado 3 de la Constitución Provincial, Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro D E C R E T A:
Artículo 1.- Designar a partir de la fecha del presente Decreto en el cargo de Representante Titular de la Provincia de Río Negro ante el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria INTA, al Señor Ministro de Producción Agrim. Juan Manuel ACCATINO, DNI N 14.171.025 y como Representantes Suplentes a los Sres. Secretarios de Producción Ing. Ricardo DEL BARRIO DNI N 12.439.372, de Desarrollo Económico Ing. Agr.
Guillermo GROSVALD DNI 7.657.316 y de Fruticultura Sr. Jorge CHIOFALO DNI N 11.244.582 .
Art. 2.-El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Coordinación.
Art. 3.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.SAIZ.- C. A. Barbeito.-

Entre el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS, en su carácter de organismo que dirige el Sistema Estadístico Nacional, según las disposiciones de la Ley 17622 y su Decreto Reglamentario 3110/70, en adelante denominado "El INDEC" representado en este acto por su Director Dr. Lelio MÁRMORA con domicilio legal en Av. Julio A. Roca 609, Ciudad de Buenos Aires, por una parte, y por la otra, la DIRECCIÓN GENERAL DE
ESTADISTICA Y CENSOS de la Provincia de RIO NEGRO, en adelante denominada "LA DIRECCIÓN", en su carácter de Servicio integrante del aludido Sistema. representada en este acto por su Directora Lic. Stella Maris TORRES, con domicilio legal en Calle Gobernador Gallardo N 106, Piso 1, VIEDMA, convienen celebrar "ad-referéndum" del Señor Secretario de Política Económica de la Nación, el presente convenio con las mutuas obligaciones que surgen de las siguientes cláusulas:
PRIMERA: OBJETO: El presente convenio tiene por objeto establecer una cooperación técnica y financiera entre las partes firmantes a los efectos de desarrollar la realización de las diferentes etapas de la "Encuesta Nacional Agropecuaria 2004".
SEGUNDA: Las partes, en su común carácter de miembros del Sistema Estadístico Nacional, garantizan la observancia de las normas sobre "secreto estadístico" y la confidencialidad de la información, de conformidad con
DECRETOS

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 06/04/2005

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaysArgentine

Date06/04/2005

Page count32

Edition count1917

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