Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 11/08/2003

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 11 de Agosto del 2003
5 Línea especial para la Prefinanciación de Exportaciones Es una Línea destinada a Proyectos Exportadores a fin de financiar el proceso productivo y de acondicionamiento de los productos a ser exportados.
Provee de recursos financieros al exportador para que esté en condiciones de atender las diversas fases del proceso de producción y comercialización de los bienes a ser exportados, constituyéndose en un incentivo a la exportación.
Beneficiarios:
Mipymes Rionegrinas que tengan un proyecto exportador aprobado, en las condiciones establecidas por el presente, en los rubros agropecuario, industrial y minero, y que requieran financiamiento para atender las diversas fases del proceso de producción y comercialización, bajo el concepto de capital de trabajo.
Se priorizaran los proyectos que cumplan las siguientes condiciones:
1. Proyectos de tipo asociativo, ya sea dentro de la misma línea de productos o bien cuyo objetivo sea la comercialización de productos complementarios.
2. Proyectos que tengan como meta la comercialización de nuevos productos en mercados tradicionales o bien productos tradicionales en nuevos mercados.
Condiciones que deben reunir los solicitantes:
1. Producir, extraer y/o industrializar en forma directa el producto exportable.
2. Solicitar una cobertura no mayor al 60% del valor FOB de los productos a exportar.
3. Poseer Acuerdo de Venta, Crédito documentario abierto, Contrato u Orden de Compra firmada o confirmación de la transacción por parte del comprador Monto:
1. Proyectos Exportadores Asociativos: Hasta U$S
35.000 dólares estadounidenses treinta y cinco mil 2. Proyectos Exportadores Individuales: Hasta U$S
20.000 dólares estadounidenses Veinte mil Plazo: Hasta 180 ciento ochenta días, el plazo podrá ser ampliado hasta 270 doscientos setenta días a los proyectos que acrediten esta ampliación en virtud del ciclo productivo o Industrial.
Desembolsos:
Los desembolsos del capital de trabajo deberán ser efectuados en base al cronograma de inversiones aprobado por la evaluación técnica, económica y financiera. Los desembolsos posteriores al primer desembolso se efectuarán previa certificación fehaciente de cumplimiento del avance en la ejecución del proyecto aprobado realizada por el profesional que efectuó la evaluación externa.
Garantías: La MIPyME solicitante deberá garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones emergentes de la aplicación de la presente línea de incentivos directos a través de:
1. Garantías provenientes de una Sociedad de Garantía Reciproca.
2. Cesión de los reembolsos de exportación, o de la carta de crédito si correspondiere.
3. Formalización de Garantías Reales Prenda o Hipoteca sobre bienes propios.
4. Otras garantías a satisfacción del Comité de Crédito.
6 Línea especial para el Financiamiento de Microempresas que se encuentren dentro del Programa de Fortalecimiento a Microempresas de la Agencia Provincial de Desarrollo Económico.

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BOLETIN OFICIAL N 4122
Línea especial destinada a financiar gastos provenientes de la implementación del Programa de Fortalecimiento a la Micro-empresa implementado por las Agencias de Desarrollo locales y/o Zonales y articulado por la Agencia Provincial.
El Programa podrá financiar adquisición de Bienes de Capital o Capital de Trabajo.
Se consideran Items Financiables:
1. Financiamiento para la asistencia a Ferias y/o Rondas de Negocios.
2. Adecuación de la Imagen de la Empresa.
3. Pago de los derechos de habilitación para establecimientos y/o productos.
4. Certificación de productos o procesos.
5. Elaboración del material promocional de los productos.
6. Implementación de mejoras en los procesos productivos.
7. Adquisición de materia prima e insumos.
8. Adecuaciones en el packaging.
La presente enumeración no es taxativa y su ampliación dependerá de las características del programa a implementar por cada Agencia.
Se consideran Items NO financiables:
1. Pago de servicios públicos 2. Remuneraciones al personal 3. Refinanciación de deudas 4. Pago de impuestos nacionales o provinciales Beneficiarios:
Micro-empresas Rionegrinas
2 Línea especial para el financiamiento de capital de trabajo.
3 Línea especial para consorcios, cooperativas o agrupaciones de colaboración empresaria en sus dos variantes: proyectos de inversión, financiamiento de capital de trabajo.
Condiciones Particulares para las líneas identificadas en el Punto Anterior 1 Línea especial para el financiamiento de proyectos de inversión Beneficiarios:
Micro, Pequeñas y Medianas Empresas que tengan un proyecto de inversión aprobado según los mecanismos establecidos por la presente y requieran financiamiento para la adquisición de bienes de capital.
Monto: Hasta $ 45.000 Pesos Cuarenta y cinco mil.
Plazo: De hasta cinco 5 años, con hasta dos 2
años de Gracia, período durante el cual deberán amortizarse los intereses correspondientes y hasta tres 3 años de Amortización.
2 Línea especial para el financiamiento de capital de trabajo Beneficiarios:
Micro, Pequeñas y Medianas Empresas que tengan un proyecto productivo o de servicios aprobado según los mecanismos establecidos por la presente y requieran financiamiento en concepto de capital de trabajo.
Monto: Hasta $ 20.000 Pesos Veinte Mil
Condiciones que deben reunir los solicitantes:
1. Producir/ extraer y/o industrializar en forma directa sus productos.
2. Ingresar en el Programa de Fortalecimiento a Microempresas de la Agencia de Desarrollo 3. No haber accedido en el término de un año a un financiamiento similar proveniente de esta misma línea 4. Si ya hubiere accedido a un financiamiento en el marco de esta línea, no debe registrar deuda alguna en concepto de capital e intereses y debe presentar una "Constancia de Cumplimiento Regular"
emitida por Río Negro Fiduciaria S.A. por los financiamientos anteriores.
Monto: Hasta U$S 1.000 Dólares estadounidenses Mil, por proyecto.
Plazo: de hasta Doce 12 meses, con hasta Dos 2
meses de Gracia y hasta Diez 10 meses de Amortización.
Desembolsos:
Los desembolsos se efectuarán contra la certificación de la Agencia Local o Zonal en cuya área se desarrolle la microempresa.
Garantías:
La MIPyME solicitante deberá garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones emergentes de la aplicación de la presente línea de incentivos directos a través de:
1. Garantía Personal, propia o de terceros.
2. Formalización de una prenda sobre bienes propios.
3. Cesión de un contrato de venta.
4. Otras garantías a satisfacción del Comité de Crédito.
Condiciones Particulares:
Cada Microemprendedor podrá acceder una sola vez por año a esta línea de financiamiento.

Plazo: De hasta tres 3 años, con hasta un 1 año de Gracia, período durante el cual deberán amortizarse los intereses correspondientes y hasta dos 2 años de Amortización.
Créditos que involucren un porcentaje destinado a bienes de capital y un porcentaje destinado a capital de trabajo En los casos en que un Proyecto aprobado según los mecanismos de la presente incluya el financiamiento de Bienes de Capital y de Capital de Trabajo, el Comité de Crédito establecerá los plazos de gracia, devolución, montos máximos, y garantías, de acuerdo a las recomendaciones efectuadas por las evaluaciones técnicas, económicas y financieras correspondientes.
3.- Línea especial para consorcios, cooperativas o agrupaciones de colaboración empresaria en sus dos variantes: Proyectos de inversión, financiamiento de capital de trabajo Beneficiarios:
Los consorcios conformados bajo cualquiera de las formas jurídicas establecidas por la legislación vigente y siempre que el objeto del mismo sea compatible con las actividades productivas o de servicios establecidas en el presente decreto, las Cooperativas cuyo objeto sea compatible con el desarrollo de actividades productivas o de servicios establecidas en el presente decreto, que posean un proyecto aprobado según los mecanismos establecidos por el presente y requieran financiamiento en concepto de bienes de capital y/o capital de trabajo.
Variante 1: Financiamiento de Bienes de Capital Monto: Hasta $ 115.000 Ciento Quince Mil
h Bis -Tipos de incentivos directos:- Línea Especial en PESOS
1 Línea especial para el financiamiento de proyectos de inversión.

Plazo: De hasta cinco 5 años, con hasta dos 2
años de Gracia, período durante el cual deberán amortizarse los intereses correspondientes y hasta tres 3 años de Amortización.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 11/08/2003

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaysArgentine

Date11/08/2003

Page count20

Edition count1919

Première édition03/01/2002

Dernière édition11/07/2024

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