Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 22/03/2021 - 5º Sección
Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.
Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)
Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba
5
LUNES 22 DE MARZO DE 2021
AÑO CVIII - TOMO DCLXXV - Nº 56
CORDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
MUNICIPALIDAD DE
a SECCION
COSQUÍN
DECRETO Nº 0001/2021
Cosquín, 04 de enero de 2021
VISTO: La facultad conferida al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 173 de la Ordenanza No 3861 Tarifaria Municipal, de fecha 28/12/2020, en relación a la posibilidad de establecer el importe destinado a cubrir los gastos administrativos generados por la emisión de cedulones.
Y CONSIDERANDO:
Que en ese sentido resulta necesario establecer dicho monto, al cual también se deben adicionar los gastos originados en concepto de impresión, franqueo para su distribución y otros que el propio movimiento administrativo requiere.
Que practicado el correspondiente análisis y la posterior evaluación de costos, la Dirección de Recursos Tributarios ha determinado el importe preciso que debe ser incorporado a los comprobantes de pago de los diferentes tributos municipales, en concepto de Tasa Administrativa.
Que asimismo, habiéndose implementado para el próximo ejercicio el mecanismo de Dirección Fiscal Electrónica, lo que implica una reducción en el gasto administrativo, resulta necesario determinar y atender esta nueva modalidad.
Por lo antes expuesto y en uso de atribuciones conferidas por Ley Provincial Nº 8102 - Orgánica Municipal, el señor Intendente Municipal, D E C R ETA
Artículo 1º.-FÍJASE en PESOS CIENTO CUARENTA Y CINCO
$145,00 la Tasa Administrativa prevista en el Artículo 173 de la Ordenanza No 3861, Tarifaria Municipal 2021, destinada a cubrir los gastos administrativos generados por la emisión de cedulones, cualquiera sea la contribución a liquidar.
LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y
OTRAS DE MUNICIPALIDADES
Y COMUNAS
SUMARIO
MUNICIPALIDAD DE COSQUÍN
Decreto N 01/2021 Pag. 1
Decreto N 02/2021 Pag. 1
Decreto N 03/2021 Pag. 2
Decreto N 04/2021 Pag. 2
Decreto N 05/2021 Pag. 3
MUNICIPALIDAD DE LA CUMBRE
Decreto N 12/2021 Pag. 4
Decreto N 08/2021 Pag. 5
Decreto N 10/2021 Pag. 5
Decreto N 11/2021 Pag. 5
Decreto N 13/2021 Pag. 5
Decreto N 15/2021 Pag. 6
Decreto N 16/2021 Pag. 6
Decreto N 90/2020 Pag. 6
MUNICIPALIDAD DE VILLA YACANTO
Ordenanza Municipal N 925/2021 Pag. 7
Ordenanza Municipal N 926/2021 Pag. 7
Resolución N 01/2021 Pag. 8
Resolución N 02/2021 Pag. 8
Resolución N 03/2021 Pag. 9
Resolución N 04/2021 Pag. 9
Resolución N 05/2021 Pag. 9
Resolución N 06/2021 Pag. 10
Resolución N 07/2021 Pag. 10
Resolución N 08/2021 Pag. 10
Resolución N 09/2021 Pag. 11
Resolución N 10/2021 Pag. 11
Resolución N 11/2021 Pag. 11
Resolución N 12/2021 Pag. 12
FDO: Lic. Natalia Andrea Espin, Secretaria de Gobierno;
Sr. Gabriel José Musso, Intendente Municipal.
1 día - Nº 300684 - s/c - 22/03/2021 - BOE
DECRETO N 0002/2021
Cosquín, 02 de enero de 2021
Artículo 2º.- DISPÓNGASE para aquellos contribuyentes que hayan adherido oportunamente a la Dirección Fiscal Electrónica y en el caso de la Tasa de Comercio e Industria a la Clave Fiscal Municipal, que la Tasa Administrativa fijada en el artículo precedente no sea aplicada.
Artículo 3º.-EL presente Decreto será refrendado por la Secretaria de Gobierno.
Artículo 4º.-PROTOCOLÍCESE, comuníquese y cumplido archívese.
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
VISTO: La necesidad de reforzar diversas partidas del Presupuesto de Gastos vigente para el desenvolvimiento normal de la Administración Municipal.
Y CONSIDERANDO:
Que de conformidad a lo dispuesto por Ordenanza No 3862 -Presupuesto General de la Administración Municipal, en su Artículo 6o, es facultad del Departamento Ejecutivo Municipal, mediante Decreto, la compensación de rubros presupuestarios dentro de la misma partida principal, en
1