Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 03/08/2020 - 5º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

Año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad
del General Manuel Belgrano
LUNES 03 DE AGOSTO DE 2020
AÑO CVII - TOMO DCLXVIII - Nº 175
CORDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
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a SECCION

MUNICIPALIDAD DE

CORRAL DE BUSTOS IFFLINGER

LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y
OTRAS DE MUNICIPALIDADES
Y COMUNAS

SUMARIO
MUNICIPALIDAD DE CORRAL DE BUSTOS IFFLINGER
Concurso de Precios Pag 1
COMUNA DE LAS RABONAS
Resolución N 61/2020 Pag 1

Concurso de Precios La Municipalidad de Corral de Bustos Ifflinger LLAMA a CONCURSO DE PRECIOS, para el día viernes SIETE 07 de AGOSTO de 2020, a las DIEZ 10.00
horas en la Secretaría de Finanzas Municipal a los efectos de la COMPRA Y
COLOCACIÓN DE 128 TAPAS DE MARMOL DE NICHOS EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL conforme al Pliego de Bases y Condiciones respectivo.-FÍJA-

COMUNA DE

SE el valor del Pliego en la suma de PESOS QUINIENTOS $500, que podrán ser retirados en días hábiles y en horas de oficina, hasta el día 06 de Agosto inclusive, en la Mesa de Entradas Municipal, sita en Pje. Int. Dr. Juan Pérez Crespo Nº 127, de la Ciudad de Corral de Bustos Ifflinger.2 días - Nº 267072 - $ 1139,20 - 04/08/2020 - BOE

LAS RABONAS

RESOLUCION NRO. 61/020
Las Rabonas, Córdoba, 20 de Julio de 2020.VISTO: La prórroga de las medidas de distanciamientos social dispuesta por DNU 605 hasta el 02 de agosto del corriente año y la situación epidemiológica del Departamento San Alberto, la que se mantiene en fase 4;
CONSIDERANDO:
Que en el marco de la emergencia sanitaria dispuesta por el DNI
260/2020, el Poder Ejecutivo Nacional ha avanzado en las medidas sanitarias y flexibilizaciones de las actividades de acuerdo a la situación epidemiológica nacional. Que el DNU 520 diferenció y conceptualizó la instancia de distanciamiento y aislamiento, según regiones y registro de casos positivos de COVID-19 en las distintas provincias del país. Ahora el Decreto Necesidad y Urgencia 605 de fecha 18 de julio de 2020, mantiene estas distinciones conceptuales y estrictamente relacionadas a la propagación del virus que nos afecta, ampliando el distanciamiento para toda la provincia de Córdoba y estableciendo un plazo de vigencia para el mismo desde el 18 de julio al 02 de agosto.
Que estas disposiciones nacionales vienen siendo ratificadas por el Gobierno Provincial mediante decretos 190 y 195, y la prórroga mediante Decreto n235/2020 y Decretos 245/2020, 280/2020, 323/2020, 370, 405, 469 y el actual 520.

Que la administración pública comunal adhirió a los recesos administrativos vigentes hasta el 17 de julio del presente año, y durante esta etapa puso en práctica las medidas de seguridad dispuestas por los protocolos de bioseguridad, atención línea de cajas y protocolos de seguridad e higiene dispuestos la aseguradora de riesgos de trabajo, implementado paulatinamente sistema de atención con turnos predeterminados y gestiones on-line, todo ello, con el fin de preparar la transición a nuevas etapas de BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

apertura de actividades y atención al público en la administración pública.

En esta instancia la comuna cuenta con posibilidades reales de afrontar la apertura de sus sedes administrativas para la atención al público a fin de no resentir las necesidades de respuestas que demandan los ciudadanos y comenzar definitivamente con la nueva dinámica de atención.
Sin perjuicio de ello, tanto el DNU 576 y el Decreto Provincial 469, ratifican la abstención de concurrencia de los trabajadores y las trabajadoras mayores de SESENTA 60 años de edad, embarazadas o personas incluidas en los grupos en riesgo según fueran definidos por el MINISTERIO DE SALUD de la Nación y aquellas cuya presencia en el hogar resulte indispensable para el cuidado del niño, niña o adolescente resultando dispensados del deber de asistencia al lugar de trabajo en los términos de la Resolución N 207 del 16 de marzo de 2020, prorrogada por la Resolución del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social N 296 del 2 de abril de 2020, medida que seguirá siendo acompañada por esta comuna.
Por ello, en ejercicio del deber de la protección a la salud pública y las facultades conferidas por la Ley Orgánica 8102 y Constitución Provincial;

LA COMISION DE LA COMUNA DE LAS RABONAS
EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
RESUELVE
Art. 1º ADHERIR al Decreto de Necesidad y Urgencia Nro. 605/2020
de fecha 18 de julio del corriente año y Decreto Provincial 520 que dispone la vigencia del distanciamiento social preventivo y obligatorio para toda la provincia de Córdoba desde el 18 de julio al 02 de agosto del corriente año, con los mismos efectos y alcances, salvo en lo normado en los artículos siguientes.
Art. 2º DISPONER el fin de receso administrativo municipal a partir del da 20 de julio del corriente año y en consecuencia comenzar con la
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Acerca de esta edición

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PaysArgentine

Date03/08/2020

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