Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 24/04/2012 - 3º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

Córdoba, 24 de Abril de 2012
disposiciones vigentes. CAPITAL: el capital social es de treinta mil pesos $.30.000, representado por trescientas acciones, clase B, de cien pesos $.100 valor nominal cada una, ordinarias nominativas no endosables con derecho a un voto por acción. Suscripción: a El Sr. Daniel Antonio PIERIGE suscribe ciento cincuenta 150 acciones ordinarias, clase B, nominativas no endosables, de cien pesos $.100 valor nominal cada una, lo que hace un total suscripto de pesos quince mil $.15.000.
b El Sr. Daniel Marcelo RÍOS suscribe ciento cincuenta 150 acciones ordinarias, clase B, nominativas no endosables, de cien pesos $.100
valor nominal cada una, lo que hace un total suscripto de pesos quince mil $.15.000.
ADMINISTRACIÓN: La administración de la sociedad estará a cargo de un directorio compuesto con el numero de miembros que fije la asamblea ordinaria entre un mínimo de uno y un máximo de cinco, electo/s por el término de tres ejercicios. La asamblea puede designar mayor, menor o igual número de suplentes por el mismo término, con el fin de llenar las vacantes que se produjeren en el orden de su elección. DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES:
se resuelve por unanimidad designar como Director titular y Presidente al Sr. Daniel Antonio PIERIGE, y Director suplente y Vicepresidente al Sr. Daniel Marcelo RÍOS. REPRESENTACIÓN
LEGAL Y USO DE LA FIRMA SOCIAL: la representación legal de la sociedad estará a cargo del presidente del directorio, y, en su caso, de quien legalmente lo sustituyere. El directorio delegará entre sus miembros el uso de la firma social en forma indistinta o conjunta, con pleno valor para realizar todas las operaciones sociales y bancarias que tendieren a cumplimiento de su objeto. FISCALIZACIÓN: de conformidad con lo prescripto por el Art. 284 de la Ley 19.550 los accionistas prescinden de la sindicatura, por lo que los mismos asumen el derecho de contralor que establece el Art. 55 del ordenamiento supra citado en este acto. Asimismo, en caso de quedar comprendida la sociedad en el supuesto previsto en el Art. 299 de la ley 19550, se elegirán síndicos titular y suplente por el termino de tres ejercicios.
EJERCICIO SOCIAL: el ejercicio social cierra el día treinta 30 de junio de cada año. Dpto.
Sociedades por acciones. Córdoba, de abril de 2012.
N 8414 - $ 264.A. y R. GIACOSA SOCIEDAD
ANONIMA
CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD
Acta de Constitución: 02-03-12. Denominación:
A. y R. GIACOSA SOCIEDAD ANONIMA.
Accionistas: Don AVERALDO SANTIAGO
GIACOSA, argentino, comerciante, nacido el 20/
10/1928, L.E: 6.403.806, casado, con domicilio en calle Rivadavia 934 de la localidad de Brinkmann; y el Sr. Don ROBERTO JOSE
GIACOSA, argentino, comerciante, nacido el 28/
04/1935, L.E: 6.419.119, casado, con domicilio en calle Rivadavia 934 de la localidad de Brinkmann, ambos del Departamento San Justo de esta provincia de Córdoba. Domicilio legal: Calle Rivadavia 934, en la localidad de Brinkmann, Departamento San Justo, en la Provincia de Córdoba, República Argentina. Duración: noventa y nueve años contados desde la inscripción en el R.P.C. Objeto: La Sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia, o de terceros o asociados a terceros, cualquiera fuera el carácter de ellos, en cualquier punto de la República o del Exterior, las siguientes actividades: A
AGROPECUARIAS: Mediante la explotación directa por sí o por terceros en establecimientos rurales, ganaderos, agrícolas, avícolas , apícolas, frutícolas y/o forestales ya sean de propiedad de
BOLETÍN OFICIAL
la Sociedad y/o de terceras personas, administración de campos propios y/o de terceros, instalación, organización y explotación de tambos, estancias, haras y cabañas, a la cría, invernación, mestización, venta, cruza de ganado, y hacienda de todo tipo, cultivos en general, compra, venta y acopio de cereales, incorporación y recuperación de tierras áridas, siembras, recolección y preparación de cosechas para el mercado; B
COMERCIALES: mediante la compra, venta, consignación, distribución, acopio, importación y exportación, de todos los productos y materias primas derivadas de la explotación agrícola y ganadera, como ser cereales, oleaginosas, forrajes, pasturas, alimentos balanceados, semillas, fertilizantes, herbicidas, plaguicidas, agroquímicos, leche, animales de cualquier tipo y especie, productos cárneos, subproductos y sus derivados, y todo otro tipo de productos que se relacionen con esta actividad, locación de maquinaria agrícola y útiles para el agro. También podrá accesoriamente actuar como corredor, comisionista, representante, y/o mandataria de empresas que comercialicen y/o industrialicen los artículos mencionados precedentemente. C INDUSTRIALES: Mediante la fabricación, industrialización primaria, transformación, elaboración de frutos, productos y subproductos de la ganadería y mercaderías relativas a la industria agropecuaria, de la alimentación, lácteos, forestales, como toda clase de servicios en plantas industriales propias o de terceros referidos a dichas actividades. D INMOBILIARIAS: Mediante la compra, venta y locación de bienes inmuebles, urbanos y rurales, loteos, con fines de explotación, construcción, administración, intermediación, locación, renta, fraccionamiento, y/o enajenación, inclusive por el régimen de propiedad horizontal.
La Sociedad también podrá accesoriamente y siempre que se relacione con su objeto realizar actividades financieras - excepto las operaciones comprendidas en la Ley de Entidades Financieras -, el ejercicio de mandatos, representaciones de empresas nacionales y/o extranjeras, actividades de exportación y/o importación, y la constitución de depósitos fiscales a estos efectos agropecuarios, comerciales, industriales e inmobiliarios. Capital:
$ 30.000 representado por 30.000 acciones ordinarias, nominativas no endosables, de $ 1, valor nominal cada una, de la clase A, con derecho a 1 voto por acción. Suscripción del capital: AVERALDO SANTIAGO GIACOSA, suscribe 15.000 acciones, que representan la suma de $15.000 y ROBERTO JOSE GIACOSA
suscribe 15.000 acciones, que representan la suma de $15.000. Administración: A cargo de un Directorio entre un mínimo de uno 1 y un máximo de cuatro 4 titulares. La Asamblea puede designar Suplentes en igual, o menor número que los titulares, con el fin de llenar las vacantes que se produjeren en el orden de su elección. Duración un 1 ejercicio. Si la sociedad prescindiera de la sindicatura, la elección de uno o más directores suplentes es obligatoria. Representación: La representación legal de la sociedad corresponde al Presidente, ó al Vicepresidente en su caso, quienes tienen el uso de la firma social obligando indistintamente a la sociedad, ó en su reemplazo los dos restantes Directores titulares quienes en forma conjunta obligan a la sociedad. Fiscalización:
Estará a cargo de un Síndico Titular y un Síndico Suplente. Duración: un ejercicio. La sociedad podrá prescindir de la sindicatura. Se prescinde de la sindicatura. Directorio: Presidente:
AVERALDO SANTIAGO GIACOSA, L.E:
6.403.806, Vicepresidente: ROBERTO JOSE
GIACOSA, L.E: 6.419.119, Directores Titulares:
ALBERTO ERCILIO ANDRÉS GIACOSA, DNI: 11.370.100; y SILVIA SUSANA
GIACOSA, DNI: 93.453.985; y como Directores Suplentes: DANIEL ABERALDO GIACOSA,
7

DNI: 14.158.463, casado; y a JAVIER CÉSAR
ANDRES GIACOSA, DNI: 93.407.589, casado.
Fecha de cierre del ejercicio: 30 de Junio de cada año.
N 8674 - $ 280.TARJETA NARANJA S.A.
Se hace saber por un día, en cumplimiento de lo establecido por el artículo 10 de la Ley N 23.576
y sus modificatorias, lo siguiente: a Mediante Asamblea General Ordinaria de Accionistas de fecha 8 de marzo de 2012 se decidió aumentar el monto del Programa Global de Emisión de Obligaciones Negociables a Corto, Mediano y/o Largo Plazo, en la suma de U$S 200.000.000 para elevarlo a la suma de U$S 650.000.000, el cual fuera creado por la Asamblea General de Accionistas de la Sociedad celebrada el 14 de julio de 2005 y, cuyos términos y condiciones fueran fijados en la reunión de Directorio de fecha 7 de septiembre de 2005 y autorizado por la Comisión Nacional de Valores mediante las Resoluciones N 15.220 de fecha 26 de octubre de 2005, cuyo monto original de US$ 50.000.000 fue aumentado en las Asambleas de fecha 3 de marzo de 2006 a US$ 150.000.000, 31 de octubre de 2007 a US$
350.000.000 y 24 de mayo de 2011 a U$S
450.000.000 y autorizado por la CNV mediante las Resoluciones N 15.361 y 15.785, de fechas 26 de marzo de 2006 y 16 de noviembre de 2007, respectivamente el Programa. La prórroga de la vigencia del Programa ha sido resuelta por asamblea General de Accionistas de la Sociedad de fecha 26 de marzo de 2010 y autorizada por Resolución N 16.319 de fecha 27 de abril de 2010
de la CNV. b El emisor es Tarjeta Naranja S.A., constituida como sociedad anónima el día 1 de septiembre de 1995 e inscripta ante el Registro Público de Comercio de la Provincia de Córdoba Número 1363, Folio Nº 5857, Tomo 24 del año 1995, el día 12 de diciembre de 1995, con un plazo de duración de 99 años a contar desde la referida fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio. La Sociedad tiene por objeto, por cuenta propia y/o de terceros y/o asociada a terceros:
crear, desarrollar, organizar, dirigir, administrar, comercializar, explotar y operar sistemas de tarjetas de crédito y/o débito y/o de compra y/o afines. La sede social de la Sociedad es Sucre 151, Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba. c El capital social de la Sociedad es de miles de $24.000
y su patrimonio neto al 31 de diciembre de 2011
es de miles de $1.225.637. d Las Obligaciones Negociables podrán emitirse en clases y/o series pudiendo re-emitirse cualesquiera de ellas. Cada Clase y/o Serie de las Obligaciones Negociables estará sujeta a un Suplemento de Precio que describirá las condiciones específicas aplicables a dicha Clase y/o Serie, otorgándose dentro de cada Clase y/o Serie los mismos derechos. Asimismo podrá resolverse la reapertura de aquellas clases y/o series en caso de que así lo decida el Emisor.
Las Obligaciones Negociables constituyen obligaciones negociables simples, no convertibles en acciones bajo la Ley de Obligaciones Negociables, y dan derecho a los beneficios establecidos en la misma, y están sujetas a los requisitos de procedimiento de la misma. Las Obligaciones Negociables podrán constituir Obligaciones Negociables sin Garantía u Obligaciones Negociables Garantizadas, y constituirán obligaciones no subordinadas del Emisor y, excepto en la medida que estén subordinadas de acuerdo con sus términos, calificarán pari-passu y sin ningún tipo de prioridad de pago. Las Obligaciones Negociables sin Garantía y no subordinadas constituirán obligaciones directas, incondicionales y no garantizadas del Emisor y tendrán en todo momento igual prioridad de pago entre sí, que
todas las demás obligaciones no garantizadas y no subordinadas, actuales o futuras, del Emisor, salvo las obligaciones con privilegio de conformidad con las disposiciones obligatorias de la ley. Las Obligaciones Negociables Garantizadas podrán emitirse con garantía común o, siempre y cuando ello sea posible en virtud de la normativa aplicable a la Sociedad, emitirse con garantía especial o flotante, o estar avaladas, afianzadas o garantizadas por cualquier medio que se especifique en el Suplemento de Precio aplicable. Las Obligaciones Negociables podrán estar denominadas en pesos, en dólares, o en cualquier otra moneda conforme se especifique en el Suplemento de Precio aplicable, sujeto al cumplimiento de todos los requisitos legales o reglamentarios aplicables a la emisión en dicha moneda. Asimismo, podrán estar denominadas en más de una moneda, según se especifique en el Suplemento de Precio aplicable.
Las Obligaciones Negociables podrán emitirse con vencimiento de 30 días o más contados a partir de su Fecha de Emisión, sujeto a todos los requisitos legales y regulatorios aplicables, según se establezca en el Suplemento de Precio correspondiente. Las Obligaciones Negociables podrán i devengar intereses a una tasa fija o a una tasa flotante o variable determinada mediante referencia a una o más tasas básicas, índices o fórmulas que se especifiquen en el Suplemento de Precio aplicable, ii emitirse sobre una base totalmente descontada y no devengar intereses, o iii cualquier combinación de las alternativas anteriores. Los pagos respecto del capital al vencimiento o de otro modo con relación a Obligaciones Negociables relacionadas con un índice se calcularán mediante referencia al índice y/o fórmula que el Emisor y el Colocador pudieren convenir conforme se especifique en el Suplemento de Precio aplicable. En cualquier Clase y/o Serie se podrá establecer un rendimiento creciente, decreciente, así como rendimientos máximos y/o mínimos. En cumplimiento de lo establecido por el artículo 36 de la Ley de Obligaciones Negociables, los fondos netos provenientes de la emisión de cada Clase y/o Serie de las Obligaciones Negociables bajo el Programa serán utilizados por el Emisor, para uno o más de los siguientes fines: i inversión en activos físicos situados en el país, ii integración de capital de trabajo en la Argentina, iii refinanciación de pasivos y/o iv aportes al capital de sociedades controladas o vinculadas, siempre que estas últimas apliquen los fondos provenientes de dichos aportes del modo estipulado en i, ii y iii precedentes.
d A la fecha del presente, se han cancelado íntegramente las distintas series de obligaciones negociables del programa autorizado por Resolución N 12.587 de fecha 11 de marzo de 1999 de la CNV de acuerdo con el siguiente cronograma: el 26 de octubre de 1999 la Serie I; el 22 de marzo de 2000 la Serie II; el 25 de abril de 2000 la Serie III; el 19 de septiembre de 2000 la Serie IV; el 24 de octubre de 2000 la Serie V; el 27
de diciembre de 2000 la Serie VI; el 19 de diciembre de 2000 la Serie VII; el 23 de enero de 2001 la Serie VIII; el 20 de marzo de 2001 la Serie IX; el 27 de marzo de 2001 la Serie X; el 24 de abril de 2001 la Serie XI; el 10 de mayo de 2001 la Serie XII; el 29
de mayo de 2001 la Serie XIII; el 17 de julio de 2001 la Serie XIV; el 8 de junio de 2001 la Serie XV; el 8 de agosto de 2001 la Serie XVI; el 28 de agosto de 2001 la Serie XVII; el 5 de diciembre de 200l la Serie XVIII; el 31 de agosto de 2001 la Serie XIX; el 9 de octubre de 2001 la Serie XX; el 30 de octubre de 2001 la Serie XXI; el 30 de octubre de 2001 la Serie XXII; el 11 de diciembre de 2001
la Serie XXIII; el 30 de enero de 2002 la Serie XXIV; el 5 de marzo de 2002 la Serie XXV; el 11
de enero de 2002 la Serie XXVI; el 27 de diciembre de 2002 la Serie XXVII; el 31 de mayo de 2002 la Serie XXVIII; el 28 de junio de 2002 la Serie

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 24/04/2012 - 3º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

PaysArgentine

Date24/04/2012

Page count9

Edition count3979

Première édition01/02/2006

Dernière édition18/07/2024

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