Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 12/08/2010 - 3º Sección
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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)
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REPRESENTACIÓN LEGAL Y USO DE
FIRMA SOCIAL: La representación de la sociedad estará a cargo del Presidente o de cualquiera de los directores titulares en forma indistinta, bajo cuya firma quedará obligada la sociedad. El directorio deberá actuar en forma conjunta en todo lo concerniente a adquisición y/o enajenación y/o constitución de gravámenes sobre bienes inmuebles.- En garantía del buen cumplimiento de sus funciones, los Directores depositarán en la Sociedad en efectivo o el equivalente en papeles privados, a la Suma de Pesos Trescientos $ 300
cada uno, lo que podrá modificarse por asamblea ordinaria, con el contralor de los mismos socios.
FISCALIZACIÓN: La sociedad prescinde de la sindicatura conforme a lo dispuesto por el art.
284 Ley 19.550 y en tanto no se den los supuesto del artículo 299, la fiscalización de los actos sociales estará a cargo de los socios en los términos del art.
55 de la ley 19.550, prescindiéndose en consecuencia de la sindicatura, salvo que la asamblea ordinaria resolviera designar un sindico el cual, en su caso, durará en sus funciones por un ejercicio a partir del momento de su elección. En tal sentido deberá designar también un suplente. Los síndicos deben reunir las condiciones y tendrán las funciones, derechos y obligaciones establecidos por la Ley 19.550.-EJERCICIO SOCIAL: El ejercicio social cierra el 31 de diciembre de cada año, a cuya fecha se confeccionaran los estados contables de acuerdo a las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas en vigencia.N 17123 - $348
BOLETÍN OFICIAL
Córdoba, 12 de Agosto de 2010