Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 28/05/2021 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba AÑO CVIII - TOMO DCLXXVII - Nº 104
CORDOBA, R.A. VIERNES 28 DE MAYO DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

QUE en el orden local, el Poder Ejecutivo Provincial emitió también los De-cretos aludidos, a través de los cuales dispuso diversas medidas tanto de índole sanitario como así también administrativo, tales como la adhesión a los instrumentos dictados en el orden nacional, las restricciones a la circulación y permanencia de las personas en la vía pública, el receso administrativo y la consecuente suspensión de plazos, entre otras, todas con arreglo a las medidas impartidas por el Gobierno Nacional;

QUE siguiendo tales lineamientos, desde EPEC se dictaron los resolutorios registrados a los Nº 83.045, 83.071, 83.075, 83.110 y 83.693, a través de los cuales este Directorio estableció diversas medidas pertinentes y concordantes a las adoptadas por el Gobierno Local;
QUE en función de la coyuntura que actualmente atraviesa nuestro país a raíz de la pandemia por coronavirus, y más precisamente nuestra provincia, el Poder Ejecutivo Provincial ha emitido nuevas disposiciones plasmadas en el Decreto N 461/2021, que repercuten en el ámbito y actividad de la Empresa, imponiéndose en consecuencia la necesidad de instrumentar un nuevo dispositivo que refleje y armonice con tales medidas;
QUE en ese marco, la medida ha de resguardar aquellas actividades que hacen al objeto de la Empresa previsto en su Estatuto Orgánico aprobado por Ley N 9.087, esto es la generación, transmisión y distribución de energía eléctrica, el mantenimiento del servicio eléctrico, de las telecomunicaciones, de internet fija y móvil y de los servicios digitales, en consonancia con lo dispuesto en la Ley Nacional N 25.877 y Ley Provincial N 10.461, meritando a su vez aquellos aspectos vinculados a los procedimientos contratación de ejecución de obras públicas y de provisión de servicios y suministros, los diagramas y esquemas de trabajo y los trabajadores de la Empresa, entre otros;

Por todo ello, en función de las disposiciones contenidas a los Artículos 5º, 17º y concordantes del Estatuto Orgánico de EPEC, aprobado por Ley Nº 9.087 y sus modificatorias,
firmeza, y de los que sean declarados como tales a través de la pertinente autorización por parte de Gerencia General. ART. 3º - Suspender los procedimientos de contratación de servicios, de bienes y de obras públicas, que al 22 de mayo de 2021 no hayan verificado aún recepción de ofertas, quedando exceptuadas de dicha medida, los vinculados a insumos y prestaciones indispensables para garantizar, mantener y/o asegurar los servicios de mantenimiento, transporte, distribución y generación de energía eléctrica, de internet fija y móvil, telecomunicaciones y servicios digitales, definidos como críticos y/o esenciales por la normativa nacional y/o provincial, según corresponda, encomendando a Gerencia General la definición de la excepción que se establece en el presente. ART. 4º - Establecer que los esquemas y diagramas de trabajo y de turnos, como así también la jornada normal y habitual de la totalidad de los trabajadores de EPEC, ya sea los que desempeñan tareas administrativas, de oficina, comerciales, ejecutivas, operativas u otras, tanto de manera presencial como así también no presencial, y que se hallen o no con afectación al servicio, continuarán de la misma forma ya definida por sus respectivas Gerencias y Unidades Asesoras y tal y como lo desempeñaran con anterioridad al 22 de mayo de 2021, sin perjuicio de las eventuales modificaciones que dispongan los Gerentes y Jefes de Unidades Asesoras, ambos con autorización de Gerencia General, a cuyo fin priorizarán la prestación de tareas de manera no presencial de acuerdo a las posibilidades de mantenimiento del servicio. ART. 5º - Comuníquese, dese copia al Ministerio de Servicios Públicos y a las dependencias que correspondiere, pase sucesivamente a las Gerencias Finanzas y Abastecimientos, y Recursos Humanos y Desarrollo Organizacional, y a la Unidad Asesora Relaciones Públicas a sus efectos, debiendo archivarse el original de la presente en Área Despacho.Fdo. Ing. Luis E. Giovine, Presidente Cr. Eduardo Jesús Gauna, Vocal Juan Grosso, Vocal.

EL DIRECTORIO
DE LA EMPRESA PROVINCIAL DE ENERGÍA DE CÓRDOBA
en su sesión del día de la fecha RESUELVE:
ART. 1º - Tomar razón del Decreto N 461/2021 emitido por el Poder Ejecutivo Provincial, instruyendo en consecuencia a la Gerencia General, a las Gerencias subordinadas y Unidades Asesores, a arbitrar las medidas conducentes en el ámbito de sus respectivas competencias, en orden al cumplimiento de lo allí dispuesto, de conformidad a lo dispuesto en la presente Resolución. ART. 2º - Disponer la suspensión de los términos que se hallaren corriendo en los procedimientos administrativos en el ámbito de la Empresa a partir de la presente Resolución, y declarar inhábiles en los términos del Artículo 2º del Decreto Nº 461/21, los días comprendidos entre el día 22
y hasta el día 30 inclusive, ambos del mes de mayo de 2021, sin perjuicio de la validez de los actos ya cumplidos y dictados, los que gozan de plena
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

PODER EJECUTIVO
FE DE ERRATA
Se hace saber que en la edición N 99 del Boletín Oficial del día 21 de mayo de 2021, primera sección, página 1, se publicó el Decreto N 798 en donde por un error material en el artículo 1 donde dice:
DESÍGNANSE como Procurador Fiscal al siguiente abogado:
1.- OLMOS KUTSCHERAUER, Javier Alejandro M.I. N 26.322.589
debió decir:
DESÍGNANSE como Procurador Fiscal al siguiente abogado: Delegación Cruz del Eje Departamento Cruz del Eje:
1.- OLMOS KUTSCHERAUER, Javier Alejandro M.I. N 26.322.589
Dejamos salvado de esta manera dicho error. Ab. Juan Emilio Giménez, Jefe de Área Legales, Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales, Ministerio de Finanzas
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 28/05/2021 - 1º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaysArgentine

Date28/05/2021

Page count7

Edition count4173

Première édition01/02/2006

Dernière édition05/07/2024

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