Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 06/09/2018 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria AÑO CV - TOMO DCXLV - Nº 169
CORDOBA, R.A. JUEVES 6 DE SETIEMBRE DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

realizaron las Pruebas de Oposición.

Que así las cosas, luego de producida la prueba de oposición, continuó el proceso con la recepción de las Entrevistas Personales, la corrección de dichas pruebas y la evaluación de los antecedentes de los concursantes inscriptos y acreditados, culminando la etapa evaluativa con la confección del Orden de Mérito Provisorio el que fuera notificado a los participantes.
Que durante los días 26 al 28 de octubre de 2015 se receptaron las observaciones al orden de mérito provisorio.
Que el Tribunal del Concurso o, en su caso, la Comisión Laboral de Concurso y Promoción receptaron, consideraron y respondieron, cuando las hubo, las presentaciones, requerimientos de información y reclamos efectuados por los concursantes, en los términos de las bases concursales y del artículo 78 de la Ley N 5350 T.O. Ley N 6658, tras lo cual se elaboró el Orden de Mérito Definitivo, el que fue notificado.
Que el primer lugar en dicho Orden de Mérito Definitivo, habiendo superado las puntuaciones mínimas exigidas por la ley para acceder al cargo vacante de la Jefatura de División Pagos de la Jefatura de Área Tesorería, actualmente en la órbita de la Secretaría de Gestión Administrativa del Ministerio de Educación, corresponde al señor Julio Benito Vega.
Que resulta necesario encomendar a la Dirección de Recursos Humanos de la citada cartera ministerial, la verificación del efectivo cumplimiento de los requisitos establecidos por los artículos 12 y 13 de la Ley N 7233
para el ingreso de personal a la Administración Pública Provincial.
Por ello, normas legales citadas, lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Legales del Ministerio de Educación con el N 29/2016, por Fiscalía de Estado bajo el N 762/2018 y en ejercicio de atribuciones constitucionales;

Decreto N 555
Córdoba, 13 de abril de 2018
VISTO: el Expediente Nº 0111-060656/2012, -tres 3 cuerposdel registro de la Dirección General de Institutos Privados de Enseñanza del Ministerio de Educación.
Y CONSIDERANDO: Que por las presentes actuaciones se tramita la ratificación de la Resolución N 873/2016 de la Dirección General de Institutos Privados de Enseñanza, por la cual se otorga la Adscripción a la Enseñanza Oficial de la Provincia, a partir del día 1 de marzo de 2013, al Instituto San Isidro
Nivel Inicial y Primariocon domicilio en calle Armada Argentina N 3660, Barrio Parque Futura de la Ciudad de Córdoba, propiedad de la señora María José Defazi, y se toma conocimiento de su planta funcional y de su representación legal, todo con efecto al ciclo lectivo 2013.
Que de las constancias documentales incorporadas en autos surge que han tomado debida participación los organismos técnicos y legales correspondientes, y que la decisión adoptada mediante el instrumento legal cuya ratificación se gestiona se ajusta a las prescripciones de rigor, encuadrando jurídicamente dentro de las disposiciones del artículo 7, 19, 20, 29 y concordantes de la Ley N 5326 y su Decreto Reglamentario N 12/1987.
Que conforme lo expuesto, corresponde en la instancia la ratificación de la Resolución N 873/2016 de la Dirección General de Institutos Privados de Enseñanza, estableciéndose que tal concesión no importará derecho adquirido alguno del propietario al aporte estatal, ni obligación de la Provincia a otorgarlo, conforme lo establecido por el artículo 2 del Decreto N 3875/1989, modificatorio y ampliatorio del Decreto N 12/1987, reglamentario del artículo 7 de la Ley N 5326.
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R ETA
Artículo 1º.- DESÍGNASE, a partir de la fecha del presente Decreto, al señor Julio Benito VEGA, D.N.I. N 13.535.758, en el cargo vacante de Jefe de División Pagos de la Jefatura de Área Tesorería, actualmente en la órbita de la Secretaría de Gestión Administrativa del Ministerio de Educación, por haber obtenido el primer lugar en el Orden de Mérito correspondiente al concurso de títulos, antecedentes y oposición, convocado por Resolución N 1075/2015 del citado Ministerio, en los términos del artículo 14, punto II, apartado A de la Ley N 9361.
Artículo 2º.- ESTABLÉCESE que la Dirección de Recursos Humanos del referido Ministerio, de corresponder, verificará el efectivo cumplimiento de los requisitos establecidos por los artículos 12 y 13 de la Ley N 7233
para el ingreso de personal a la Administración Pública Provincial.
Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Educación y Fiscal de Estado, y firmado por la señora Secretaria General de la Gobernación.
Artículo 4º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, notifíquese, dese a la Secretaría de Capital Humano de la Secretaría General de la Gobernación, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE
EDUCACIÓN - JORGE EDUARDO CÓRDOBA, FISCAL DE ESTADO SILVINA RIVERO, SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN.

Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por el Área Jurídica del Ministerio de Educación bajo el N 904/2017, por Fiscalía de Estado al N889/2017 y en uso de atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R ET A
Artículo 1º.-RATIFÍCASE la Resolución N 873/2016 de la Dirección General de Institutos Privados de Enseñanza del Ministerio de Educación, la que como Anexo Único, compuesta de una 1 foja útil, se acompaña y forma parte integrante del presente instrumento legal, por la cual se otorga la Adscripción a la Enseñanza Oficial de la Provincia, a partir del día 1 de marzo de 2013, al Instituto San Isidro Nivel Inicial y Primariocon domicilio en calle Armada Argentina N 3660, Barrio Parque Futura de la Ciudad de Córdoba, propiedad de la señora María José Defazi, y se toma conocimiento de su planta funcional y de su representación legal, todo con efecto al ciclo lectivo 2013, estableciéndose que tal concesión no importará derecho adquirido alguno del propietario al aporte estatal, ni obligación de la Provincia a concederlo.

Artículo 2º.-El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro
de Educación y Fiscal de Estado.
Artículo 3º.-PROTOCOLÍCESE, comuníquese, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE
EDUCACIÓN - JORGE EDUARDO CÓRDOBA, FISCAL DE ESTADO

ANEXO

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 06/09/2018 - 1º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaysArgentine

Date06/09/2018

Page count23

Edition count4191

Première édition01/02/2006

Dernière édition01/08/2024

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