Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 04/09/2018 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria AÑO CV - TOMO DCXLV - Nº 167
CORDOBA, R.A. MARTES 4 DE SETIEMBRE DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

Que la contratista ha renunciado a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o supuestos perjuicios de cualquier naturaleza, en los términos del artículo 16 del Anexo al Decreto Nº 1231/2010, modificatorio de su similar Nº 1133/2010.

Que se agrega Documento Contable - Nota de Pedido N 2017/000078, que certifica la reserva presupuestaria para atender la erogación que lo gestionado implica.

Que se advierte que el monto del contrato de la obra de referencia fue readecuado por Resolución N 128/2017 de este Ministerio, mediante la cual se aprobaron las readecuaciones de los montos de los contratos de obras públicas abarcados por la exención del Impuesto a los Ingresos Brutos incorporada por Ley N 10411, en el artículo 215 Inciso 32 del Código Tributario Provincial Nº 6006 - T.O. por Decreto N 2015 y sus modificatorias, normativa de alcance general.
Que la Subsecretaría de Administración incorpora en estas actuaciones Planilla Resumen de Cálculo, en la que expresa que en relación a la aplicación de la exención del impuesto sobre los Ingresos Brutos previstos en la Ley N 10.411, obran en autos los cálculos pertinentes que fueron revisados en un todo de acuerdo a la fórmula aritmética prevista en el Decreto N 259/2017, habiéndose aplicado la alícuota correspondiente.
Que en consecuencia, verificada la existencia de los supuestos que tornan procedente la aplicación del citado régimen legal, la Secretaría de Arquitectura ha considerado conveniente la redeterminación del precio del contrato, por lo que suscribió con la contratista el Acta Acuerdo de Redeterminación de Precio por reconocimiento de la cuarta Variación de Costos correspondiente al mes de marzo de 2015, y el Acta Rectificatoria que incluye la exención del pago del impuesto a los Ingresos Brutos inciso 32
del artículo 215 del Código Tributario Provincial.
Que obra Dictamen N 325/2017 de la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio mediante el cual se expresa que, de conformidad a las constancias obrantes en autos, surgen acreditados y cumplimentados los extremos legales necesarios previstos por Decreto N
1133/2010 y su similar N 1231/2010 atento a que, de los informes técnicos y constancias de autos, se ha verificado la existencia de incrementos promedios en los costos de la contratación que resultan mayor al siete por ciento 7% en relación a los correspondientes al precio básico del contrato original.
Que dicha Asesoría manifiesta también, que la obra se encuentra alcanzada por las previsiones de la Ley 10.411 y enmarcada en las disposiciones del artículo 4º - incisos a y b y artículo 6º del Decreto Nº 259/2017
y en el artículo 215 inciso 32 del Código Tributario Provincial Nº 6006
T.O. por Decreto Nº 2015.
Que por lo expresado, la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio considera que puede emitirse el acto administrativo por el cual se apruebe el Acta Acuerdo de Redeterminación de Precio por Reconocimiento de Variación de Costos y su Acta Rectificatoria conforme se propicia, que incluye la exención tributaria regulada por la legislación citada, como también se apruebe la readecuación del nuevo monto del contrato para la ejecución de obra que contempla la exención del Impuesto a los Ingresos Brutos, incorporada por Ley Nº 10411y sus modificatorias, en la suma de $ 4.274.917,80, conforme planilla obrante en autos.
Que conforme las previsiones del artículo 103 de la Ley Nº 5350 T.O.
Ley 6658, corresponde disponer el retiro de la Resolución Nº 256/2016 de este Ministerio, la cual no ha sido visada por el Tribunal de Cuentas como tampoco publicada ni notificada.
Por ello, actuaciones cumplidas, normas legales citadas, lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio con el Nº 325/2017, BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

EL MINISTRO DE VIVIENDA, ARQUITECTURA Y OBRAS VIALES
R E S U E LV E :
Artículo 1º.- ORDÉNASE el Retiro de la Resolución Nº 256 de este Ministerio de fecha 16 de septiembre de 2016, por la cual se aprobó el Acta Acuerdo de Redeterminación de Precio por Reconocimiento de la Cuarta Variación de Costos, correspondiente al mes de marzo de 2015, suscripta con fecha 20/04/2016.
Artículo 2º.- APRUÉBANSE el Acta Acuerdo de Redeterminación de Precio por Reconocimiento de la Cuarta Variación de Costos correspondiente al mes de marzo de 2015, por trabajos faltantes de ejecutar en la obra: Estudio de Suelos, Desarrollo del Proyecto de Ingeniería de Detalles de Estructura y de la totalidad de las instalaciones y la ejecución de la obra: CONSTRUCCIÓN
EDIFICIO Tres aulas, grupo sanitario, administración, hall de ingreso y circulación para el I.P.E.M. Nº 118 ANEXO JUANA AZURDUY, ubicado en calle Los Crespones S/Nº - VILLA LOS AROMOS DEPARTAMENTO SANTA MARIA
PROVINCIA DE CÓRDOBA, suscripta con fecha 20 de abril de 2016 entre el señor Secretario de Arquitectura, Arquitecto Daniel REY, por una parte, y el Titular de la empresa BENEDETTI DIEGO MARTÍN, contratista de la obra, por la otra, y el Acta Rectificatoria, por la suma de Pesos Ciento Setenta y Cuatro Mil Setecientos Cincuenta y Uno con Ochenta Centavos $ 174.751,80
suscripta con fecha 15 de mayo de 2017 entre el Director de Jurisdicción de Obras, Licitaciones y Contrataciones de la Secretaría de Arquitectura, Ingeniero José Antonio MAIOCCO, por una parte, y el Titular de la empresa BENEDETTI DIEGO MARTIN, contratista de la obra, por la otra, que como Anexos I y II compuestos de tres 3 fojas cada uno, se acompañan y forman parte integrante el presente instrumento legal.
Artículo 3º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma total de Pesos Ciento Setenta y Cuatro Mil Setecientos Cincuenta y Uno con Ochenta Centavos $ 174.751,80, conforme lo indica la Dirección General de Administración del Ministerio de Educación en su Documento de Contabilidad Nota de Pedido N 2017/000078, con cargo a Jurisdicción 1.35, Programa 376-000, Partida 12.06.00.00 Obras - Ejecución por Terceros del P.V.
Artículo 4.- APRUÉBASE la readecuación del nuevo monto del contrato para la ejecución de la obra mencionada en el artículo primero, que contempla la exención del impuesto a los Ingresos Brutos, incorporada por Ley N 10.411
en el artículo 215 inciso 32 del Código Tributario de la Provincia de Córdoba Ley N 6006 T.O. por Decreto Nº 2015 y sus modificatorias, en la suma de Pesos Cuatro Millones Doscientos Setenta y Cuatro Mil Novecientos Diecisiete con Ochenta Centavos $ 4.274.917,80 conforme lo detallado en la Planilla que como Anexo III compuesto de una 1 foja, se acompaña y forma parte integrante el presente instrumento legal.
Artículo 5.- FACÚLTASE al señor Secretario de Arquitectura a suscribir la enmienda de contrato por redeterminación de precio, debiendo previamente la empresa BENEDETTI DIEGO MARTÍN, de corresponder, integrar el importe adicional de garantía de cumplimiento de contrato.
Artículo 6º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dése intervención a la Dirección General de Administración del Ministerio de Educación, al Tribunal de Cuentas de la Provincia, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Arquitectura a sus efectos y archívese.
FDO:JOSE GARCIA, MINISTRO DE VIVIENDA ARQUITECTURA Y OBRAS VIALES

ANEXO

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 04/09/2018 - 1º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaysArgentine

Date04/09/2018

Page count31

Edition count4190

Première édition01/02/2006

Dernière édition31/07/2024

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