Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 22/12/2016 - 1º Sección

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

1

a
2016 - 2017 Año Brocheriano
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

Que consta en autos solicitud de renovación del permiso de explotación que le fuera conferido por Resolución N 099/2013 del entonces Ministerio de Transporte y Servicios Públicos.
Que la Dirección de Jurisdicción de Planificación y Control y la Dirección de Jurisdicción de Organización y Gestión, informan que el requirente ha cumplimentado con las exigencias a verificar por las áreas bajo su jurisdicción para prestar el citado servicio, correspondiendo autorizar el permiso de que se trata.
Que por su parte la Dirección General de Transporte expresa que se encuentran reunidos todos los presupuestos para la viabilidad del pedido y se ha seguido el procedimiento pertinente con la documentación respaldatoria del caso, opinando que puede hacerse lugar al pedido formulado.
Que el servicio de transporte Especial Restringido se encuentra normado en el Artículo 9, incisos D, E y F de la Ley N 8669 y correlativos del Decreto Reglamentario N 254/2003 y Artículo 37 del Anexo A del decreto precitado.
Que el Artículo 40 incisos D, E y F de la Ley N 8669 y correlativos del Decreto N 254/2003, faculta a esta Secretaría, a otorgar el presente permiso por el término de DOS 2 años a partir del dictado de la Resolución.
Que en virtud de lo establecido en el Artículo 37 inciso 3 del Anexo A
del Decreto N 254/2003 el tiempo máximo que las unidades pueden ser afectadas a esta modalidad de servicio será establecida por la Autoridad de Aplicación.
Que por imperio de la normativa citada, el servicio a prestar por esta modalidad debe transponer las zonas urbanizadas de jurisdicción municipal
AÑO CIII - TOMO DCXXIV - Nº 253
CORDOBA, R.A., JUEVES 22 DE DICIEMBRE DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

o comunal de la localidad donde tiene su centro. A su vez debe resaltarse que la Ley de Transporte Provincial define al servicio especial como aquel que se realiza mediante contratación previa en cada caso pactándose las condiciones del viaje, sin recorrido permanente, es decir teniendo como objeto contractual la realización de viajes ocasionales que no sean efectuados con recorridos fijos, predeterminados como línea regular.
Que se trata de un permiso nominativo e intransferible por un plazo fijo pudiendo ser revocado mediante resolución fundada en cualquier momento.
Por ello, la normativa citada y lo dictaminado bajo el N 0936/2016, en uso de sus atribuciones, EL SECRETARIO DE TRANSPORTE
R E S U E L V E:
Artículo 1º.- AUTORÍCESE al señor Rubén Ariel ROMERO, D.N.I. N
22.795.530, C.U.I.T. Nº 23-22795530-9, Ingresos Brutos N 280750018, con domicilio en Bv. Guzmán N 169, Córdoba, para que preste por el término de DOS 2 años, un Servicio Especial, Obrero y Escolar, con centro en CORDOBA y bajo la denominación de R.A. VIAJES.
Artículo 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese, dese copia al Ente Regulador de los Servicios Públicos, pase a la Dirección General de Transporte de Pasajeros y archívese.
FDO.: GABRIEL BERMUDEZ, SECRETARIO DE TRANSPORTE

Resolución N 153
Córdoba, 21 de noviembre de 2016
VISTO: El expediente Nº 0048-000974/2015 mediante el cual el señor Javier Alejandro VARGAS solicita le sea aceptada la renuncia al permiso de explotación que le fuera concedido por Resolución N 745/2010 de la entonces Subsecretaría de Transporte, para prestar un Servicio Especial, Obrero y Escolar, con centro en CORDOBA y bajo la denominación de RIO GRANDE.
Y CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Jurisdicción de Organización y Gestión y la Dirección de Jurisdicción de Planificación y Control informan que el requirente ha cumplimentado con los requisitos propios del área, estimando que puede aceptarse la renuncia al permiso de explotación y proceder a la baja del parque móvil afectado a dicho servicio.
Que por su parte el señor Director General de Transporte considera que puede darse continuidad al trámite de autos.
Que conforme las constancias obrantes en autos, no existen objeciones legales para autorizar la renuncia al permiso de explotación, de conformidad a lo establecido por la Ley N 8669 y Decreto Reglamentario N 254/2003.

Resolución N 155

Por ello, la normativa citada y lo dictaminado bajo el N 0385/2016, en uso de sus atribuciones, EL SECRETARIO DE TRANSPORTE
R E S U E L V E:
Artículo 1º.- DEJAR sin efecto, a mérito de la renuncia presentada por el señor Javier Alejandro VARGAS D.N.I. N 29.476.383-, el permiso de explotación que le fuera conferido por Resolución N 745/2010 de la entonces Subsecretaría de Transporte, para que prestara un Servicio Especial, Obrero y Escolar con centro en CORDOBA, bajo la denominación de RIO
GRANDE.
Artículo 2º.- AUTORIZAR la baja de la unidad Dominio N FXG 998, Placa Identificatoria N E 2282, que estuviera afectada al servicio que prestaba el señor Javier Alejandro VARGAS.
Artículo 3º.- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese, dese copia al Ente Regulador de Servicios Públicos, pase a la Dirección General de Transporte de Pasajeros y archívese.
FDO.: GABRIEL BERMUDEZ, SECRETARIO DE TRANSPORTE

Córdoba, 22 de noviembre de 2016

explotar un Servicio Especial, Obrero y Escolar de transporte de pasajeros, con centro en VILLA CARLOS PAZ y bajo la denominación de EL PUMA
EMPRESA DE TRANSPORTE.

VISTO: El expediente Nº 0048-001612/2016 mediante el cual el señor Ricardo Iván OCAÑA solicita se le otorgue la pertinente autorización para
Y CONSIDERANDO:
Que consta solicitud de renovación del permiso de explotación que le fuera
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

7

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 22/12/2016 - 1º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaysArgentine

Date22/12/2016

Page count12

Edition count4173

Première édition01/02/2006

Dernière édition05/07/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Diciembre 2016>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
25262728293031